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31/Oct/11 10:54
CBB

Hola, buen dia


En la siguiente direccion mencionan que el CBB debe tener un tamaño de 2.75 cm por 2.75 cm.

Que pasa si el codigo es de 2 cm por 2 cm.¿ Ustedes consideran que existe algun problema con el que emita o el que reciba el comprobante?


Por su tiempo, gracias.


http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19207.html

3.Una vez que cuente con folios y código de barras, puede imprimir sus facturas a través de sus propios recursos (computadora e impresora) o bien a través de un impresor.
En todo caso deberá asegurarse que sus facturas contengan la siguiente información:


•Nombre, denominación o razón social del emisor.
•Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.
•Domicilio fiscal de quien los expida.
•Lugar y fecha de expedición.
El código de barras proporcionado por el SAT, en un tamaño de 2.75 cm. por 2.75 cm., y con resolución mínima de 200/200 dpi. •El número de aprobación y número de folio asignados.
•La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, con letra no menor de 5 puntos.
•La leyenda 'Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, la cual es dd/mm/aaaa', misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.
 

 
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LOVS
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31/Oct/11 11:42
Re: CBB

Buen dìa LOVS una pregunta ya las tienes impresas?

Digo es que no veo porque complicar la existencia en mi apreciaciòn se debe cumplir con los lineamientos y si no estan impresas aun por que no hacerlo?

Saludos
 
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karinacastro
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31/Oct/11 11:51
Re: CBB

Correcto Karina, para que complicarnos la existencia, gratis............tan sencillo que es obedecer la Ley


Saludos
 
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lobozac
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31/Oct/11 12:10
Re: CBB

Las facturas son de Proveedores, y les estoy soliictando su apoyo antes de pagarlas. Para verificar el no tener problema alguno en su deducibilidad.
 

 
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LOVS
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31/Oct/11 12:35
Re: CBB

Buen día LOVS:
...Las facturas son de Proveedores,

Pues los que pudiesen tener problemas son los proveedores, no tu.

Puedes consultar el Art. 29 primer párarfo y la Fracc. V del CFF, así como la Regla II.2.5.1.3., de la RMF 2011.



Saludos
 
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CHAVALON
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31/Oct/11 13:05
Re: CBB

cff

Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Los comprobantes fiscales digitales deberán contener el sello digital del contribuyente que lo expida, el cual deberá estar amparado por un certificado expedido por el referido órgano desconcentrado, cuyo titular sea la persona física o moral que expida los comprobantes. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce, o usen servicios deberán solicitar el comprobante fiscal digital respectivo.

...

Para poder deducir o acreditar fiscalmente con base en los comprobantes a que se refiere el quinto párrafo de este artículo, quien los utilice deberá cerciorarse de que el nombre, denominación o razón social y clave de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de quien aparece en los mismos son los correctos, así como comprobar la autenticidad del dispositivo de seguridad y la correspondencia con los datos del emisor del comprobante, en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria

Pues esto es lo que hay, en estricto, el problema seria para quien expide, PERO YA VES COMO SE LAS GASTA EL SAT EN SUS REVISIONES.....

Saludos
 
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lobozac
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31/Oct/11 14:57
Re: CBB

En el anexo 20 de RMF2011, dice claramente que minimo 2.75 cm. y si el problema seria para el proveedor, pero estoy de acuerdo con Lobozac respecto al SAT.


Mil gracias por su ayuda y por regalarme algo de su valioso tiempo.
 

 
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LOVS
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16/Nov/11 09:10
Re: CBB

Buen dia

Se le pregunto al SAT'Hemos recibido facturas cob todos los requisitos fiscales, por compra debienes, los cuales tienen impresos CBB con medidas inferiores a 2.75 cm por lado. Pregunta: Son deducibles para nosotros?.


El SAT contesta
'En relacion con su consulta le informo a manera de orientación que uno de los requisitos para los Comprobantes Fiscales Impresos con Código de Barras sean deducibles, es que el código de barras proporcionado por el SAT, sea de un tamañp de 2.75 cm. por 2.75cm., y con resolucion mínima de 200/200 dpi.

Esta informacion no crea derechos ni obligaciones distintas a las establecidas en las disposiciones fiscales.

No dan fundamento alguno, pero se cumple lo mencionado por Lobozac
 

 
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LOVS
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16/Nov/11 13:51
Re: CBB

LOVS

Sabes porque debe estar en ese tamaño y esa resolución??

Simplemente porque al tratar de leer el código no lo hace, prueba imprimiendolo en 2x2 y verás que no lo lee, personalmente lo hago con un Ipod, Iphone o Blackberry.

SALUDOS
 
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jerry_02600
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