tengo una duda en relacion como aplicar facilidades de comprobacion del serctor primario de una PM simplificada en relacion al 16% que a la letra dice: podrán deducir con documentación comprobatoria que al menos reúna los requisitos establecidos en la fracción III de la presente regla, la suma de las erogaciones que realicen por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo y gastos menores, hasta por el 16 por ciento del total de sus ingresos propios
PUES ASI........ podrán deducir con documentación comprobatoria que al menos reúna los requisitos establecidos en la fracción III de la presente regla, la suma de las erogaciones que realicen por concepto de mano de obra de trabajadores eventuales del campo y gastos menores, hasta por el 16 por ciento del total de sus ingresos propios
ASI SE SENCILLO
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'