14/Oct/11 11:50
Compensacion: se presenta complementaria del origen del saldo
Hola buenos días colegas, ojala me puedan ayudar con lo siguiete:
- En declaración anual normal de PM resulta un saldo a favor de ISR
- El saldo a favor se compensa contra los pp de marzo y subsecuentes (aun hay remanente)
- En septiembre se presenta el dictamen fiscal y una complementaria de la declaracion anual para modificar datos contables no para modificar el resultado fiscal ni el saldo a favor.
- En la determiancion del pago provissional de septimbre se va utilizar el remanente que queda del slado a favor.
Las dudas que surge es la siguiente:
¿En el progama3241 y en el formato de declaraciones y pagos que fecha debo poner como origen del saldo a favor el de la normal o la complementaria?
¿que pasa con los avisos y declaraciones presentados anteriormente ?
¿la actualizacion es correcta desde la presentacion de la normal o cambia con la presentacion de la complementaria?
Entiendo que la declaración complementaria sustituye en la forma a la normal mas no en el fondo, ya que el aticulo 32 del CFF establece:
Artículo 32.- Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente hasta en tres ocasiones, siempre que no se haya iniciado el ejercicio de las facultades de comprobación.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el contribuyente
podrá modificar en más de tres ocasiones las declaraciones correspondientes, aún cuando se hayan iniciado las facultades de comprobación, en los siguientes casos:
...
La modificación de las declaraciones a que se refiere este artículo
se efectuará mediante la presentación de declaración que sustituya a la anterior,
debiendo contener todos los datos que requiera la declaración aun cuando sólo se modifique alguno de ellos.
Segun entiendo la declaracion complementaria sustituye a la normal, pero solo en cuanto a los datos que se modifican, aun y cuando se presenten nuevamente todos los datos. Por lo que quizas solo debo hacer referencia a la complementaria en esta nueva compensación y las demas dejarlas igual, y seguir actualizando el saldo a favor desede cuando se presento la normal, es su caso preentar un escrito en donde explique porque en esta compesación se hace referencia a una declaracion complementaria y en los anteriores a una normal; pero me queda la duda.
Ustedes que opinan a alguien le ha tocado una situcion similar.
Agradezco su retroalimentacion.
elmo