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11/Oct/11 12:57
prog primer empleo

que obligaciones tengo si me voy a dar de alta como patron en el imss, y mi trabajador tambien es la primera vez que se unscribe en el imss
 
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grijul
Soldado

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11/Oct/11 13:17
Re: prog primer empleo

HOLA...........HOLA PRIMERO.........DESPUES, TU PRIMERA 'OBLIGACION', ES ...........CONTRATAR UN CONTADOR, Para que te apoye, NO ES SOLO el alta en el imss.........es tooooooooooodo el cumulo de obligaciones que son inherentes ........y QUE SOLO UN PROFESIONAL EN LA MATERIA LO SABE

Saludos y suerte
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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11/Oct/11 14:57
Re: prog primer empleo

y cual era la duda con el programa de primer empleo?
 
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
 
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LC.GONZALEZ
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11/Oct/11 16:35
Re: prog primer empleo

Primero debe leer la LFT. Luego las leyes de seguridad social (LSS, LINFONAVIT, LSAR y sus reglamentos)
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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11/Oct/11 20:08
Re: prog primer empleo

:neutral: Buenas noches. El programa de primer empleo concluyó en agosto de este año.

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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11/Oct/11 20:29
Re: prog primer empleo

Muchas gracias. Si necesitaba saber si estaba vigente el programa, pero ademas como patron quisiera orientarme que otras obligaciones tendria?
 
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grijul
Soldado

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12/Oct/11 09:37
Re: prog primer empleo

Hola gr buen día

Mi respuesta es en torno a su segunda participación.

De antemano debe quedar en claro que la inscripción de un trabajador ante el IMSS no es a voluntad de alguna de las partes que intervienen - patrón o trabajador - sino de carácter obligatorio. Esto es, si se configura conforme al 20 - 21 de la LFT una relacíon laboral - SUBORDINACION - la inscripción o afiliación es obligatoria

Quedando claro lo anterior, pasemos a comentar las principales obligaciones en materia de Seguridad Social

El artículo 15 de la Ley del Seguro Social vigente señala:

Los patrones están obligados a:

I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles;

II. Llevar registros, tales como nóminas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores, además de otros datos que exijan la presente Ley y sus reglamentos. Es obligatorio conservar estos registros durante los cinco años siguientes al de su fecha;

III. Determinar las cuotas obrero patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto;

IV. Proporcionar al Instituto los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas por esta Ley y los reglamentos que correspondan;

V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto, las que se sujetarán a lo establecido por esta Ley, el Código y los reglamentos respectivos;

VIII. Cumplir con las demás disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, y

IX. Expedir y entregar, tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del campo,
constancia de los días laborados de acuerdo a lo que establezcan los reglamentos
respectivos.

La información a que se refieren las fracciones I, II, III y IV, deberá proporcionarse al Instituto en documento impreso, o en medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos.


Aunado a lo anterior deberá cumplir lo que manda la Ley de INFONAVIT en su numeral 29:

II.- Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los
trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.

III.- Hacer los descuentos a sus trabajadores en sus salarios, conforme a lo previsto en los
artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo, que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, así como enterar el importe de dichos descuentos en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, en la forma y términos que establece esta Ley y sus disposiciones reglamentarias. La integración y cálculo de la base salarial para efectos de los descuentos será la contenida en la fracción II del presente artículo.


Lo elemental, SOLO LO ELEMENTAL

¿Complicado? En realidad no una vez agarrado el paso

Si desea abundamiento al respecto estoy a sus órdenes

Un saludo

vcaspe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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12/Oct/11 11:53
Re: prog primer empleo

El compañero Lobozac sugirio que recurra a un contador. Lo cual es el mejor consejo vertido en el presente. Pero si el patron se considera autodidacta, que comience con las leyes antes referidas y asi lograr cumplir con todas sus obligaciones, no tan solo con lo elemental. Hay diversos detalles tecnicos por cubrirse y no es algo tan sencillo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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12/Oct/11 21:28
Re: prog primer empleo

Hola, gracias a todos, pero sobre todo a vcaspe y a pepesoto, sí tengo que contratar a un contador, pero tambien queria orientarme de lo que tenias que hacer. creo que esto tambien es uno de los objetivos de este portal. De cualquier manera gracias a todos.
 
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grijul
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13/Oct/11 10:10
Re: prog primer empleo

Grrrrrrrrrrrrrrrrr

Eso es todo, que bueno que anduvimos en el mismo canal:

pero tambien queria orientarme de lo que tenias que hacer,

esa fué mi intención.

Si tiene alguna otra duda estoy a sus órdenes, si no desea publicarla aquí, en mi perfil está mi dirección electrónica

Bonita su tierra, la próxima semana me daré el gran gusto de brisear a su luz,,,, ajúúúúúúaaaaaa

Hasta la que sigue entonces

vcaspe

PD. Sr Gato, felicidades por la goliza a los irreconocibles dorados,,,,,,,,,,, será lo que sea, pero no me convencen para la corona.
 
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vcaspe
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