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10/Oct/11 17:30
Duda respecto a Dictamen Fiscal

Que tal, antes que nada me da mucho gusto poder ser parte de este excelente foro, es difícil encontrar comunidades de este tipo por la red. Trabajo para un despacho de auditoria y espero también aportar ideas y algunas de mis cedulas ya que me gusta automatizar todo mi trabajo con Excel.

Bueno, mi duda es con respecto a un Dictamen Fiscal que no se presentó, este dictamen es de una persona física que está bajo el régimen de arrendamiento y servicios profesionales. En la declaración anual de esta persona se especificó que iba a optar por dictaminarse, de hecho van como 3 o 4 años que la dictaminamos.

La causa por la que no se presento es porque el contador de esa empresa renovó la firma electrónica y a final de cuentas no pudo encontrar la clave para firmarla, total que estuvo buscándola como dos semanas antes del vencimiento del plazo y nunca la encontró. Para variar la persona esta fuera y llega mañana. Por lo que no se pudo revocar ni nada por el estilo.

Sabemos de las multas a las que podría hacerse acreedor por no presentar el dictamen.

Me gustaría sabe cuál es su opinión, con respecto a si podríamos presentarlo de manera extemporánea, aunque el R.C.F.F. en el artículo 66 establece que quedaría sin efectos. Según lo que he leído pues hay quien dice que no se presente para no alertar a la autoridad y jugársela, por otro lado hay quien dice que si se presente de manera espontánea para evitar la multa, tambien encontré una tesis del Tribunal Judicial de la Federación de 2006 que dice que dicho párrafo del artículo 66 es anticonstitucional, por lo que la multa quedaría sin efectos, pero pues meterse en esos pleitos generan gastos y demoras.

Ojala puedan darme su opinión, lo tomare en cuenta para ahondar un poco y poder hacerle saber persona de su situación y de cómo solucionarla de la mejor manera para ella. Gracias por tomarse un tiempo en leer esto. Saludos!
 
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mrpumpkin
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11/Oct/11 10:01
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Como profesionales y auditores no podriamos estar dando consejos que no nos constan y siempre conducir a los contribuyentes por el buen camino del cumplimiento.

1.- La ley marca la obligacion de presentar el dictamen. Ya si se hace dentro del plazo o fuera de él pasa a segundo termino. Sugiero presentarlo fuera de plazo, aun en el caso de que no surtirá efectos o de que si surta a juicio de la autoridad.

2.- La multa no pudiera evitarla el contribuyente, pues el cumplimiento espontaneo no cabe para efectos de la presentacion extemporanea y espontanea del dictamen. Ante un juicio, la multa procedera, asi que ni pelearla. Sin embargo, se ratificar la presentacion del dictamen y si surte efectos el dictamen seria a juicio de la autoridad.

3.- Si no se encontraba obligado el contribuyente, pudiere cambiar su declaracion complementaria 'corrigiendo la opcion' y no presentar el dictamen. Aduciendo que en este año por 'error' que no pensaban dictaminarse se opto por inercia la eleccion.

4.- La autoridad dificilmente multa por la no presentacion del dictamen. Si lo hace ahora la multa ya no es muy representativa, tampoco se sabe la razon de como es que la imponen, pues siempre eligen un monto arriba de la media del rango, si es que aplican la multa.

5.- Si bien la multa no la pudiere evitar, considero que si se presenta el dictamen, primero cumple la ley, segundo seria un atenuante para la imposicion de la multa, pues la falta existio, pero tambien debiese haber un plazo en donde la autoridad debiese de actuar. Si no se presenta esa obligacion el plazo esta abierto siempre, hasta que las facultades queden caducas.

6.- Correspondera por su cuenta aplicar los consejos que mejor le plazcan, pero eso de las inconstitucionalidades que le comentaron, practicamente serian materia de abogados, no de auditores, no los pudiere retomar en su favor por el desconocimiento del tema y de que no es materia del contador, sino de un litigante, de ahi de tomar medidas mas mesuradas y acordes al buen conducirse de conformidad a lo que se expresa en la ley.
Al contador no le corresponde defender al contribuyente, sino cuidarlo a que actue bien, si aun asi, no lo desea el contribuyente. Ya que recurra a su abogado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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11/Oct/11 10:10
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

si nos comparte de esa tesis. (no es jurisprudencia) de cualquier manera seria interesante comprenderla y analizarla.

Hay que tomar en cuenta que cada litigio es aplicacion particular y dificilmente, (no imposible) pero muy dificilmente se pudiere 'coaccionar' a un juez a que aplique una resolucion de ese modo, a nuestro caso. De esto depende en gran parte del abogado que nos toque elegir. Los contadores no damos esta prerrogativa. Pero, el abogado tampoco es un mago, se debieron haberse generado los mismos hechos y la conformacion de los mismos acontecimientos, de manera casi casi similar a los del juicio ya decretado.

Y todavia faltaria haber si el juez considera pruedente toda esas mociones del abogado para que queden con la misma resolucion. Tambien el abogado de la contraparte, no esta manco y tambien contaria con argumentos para buscar otro tipo de resolucion y esto haria que una tesis aun configurada de manera similar a nuestro caso, no se llegue a los mismos resultados resolutorios.

Pero, bueno espero no ponga la liga y podamos apreciarla, tan solo para aprender de sus observaciones.
 
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enrique9727
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11/Oct/11 12:30
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Muchas gracias por sus respuestas, efectivamente olvide apuntar que el contribuyente no es obligado, por lo que comenta con respecto a la correccion de la declaracion anual se me hace una buena opcion.

Con respecto a lo de la tesis, solo la mencione para hacer pequeña una referencia, no con la intencion meterme en cuestiones que le corresponden a un abogado o especialista en esa materia, le hago un copy paste de esta tesis.


'Instancia: 2a. Sala Epoca: 9a. Epoca Localización Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XXIII, Abril de 2006 Tesis: 2a./J. 52/2006 Página: 202 Materia: Constitucional, Administrativa Jurisprudencia.
Rubro DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL
ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN CUANTO PREVÉ QUE SU PRESENTACIÓN EXTEMPORÁNEA NO SURTE EFECTOS, ESTABLECE UNA SANCIÓN QUE VIOLA EL ARTÍCULO 89, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, PORQUE EXCEDE A LA SANCIÓN QUE PARA TAL SUPUESTO FIJA EL ARTÍCULO 84, FRACCIÓN IX, DEL CÓDIGO MENCIONADO.
Texto El artículo 49, último párrafo, del Reglamento del Código Fiscal Federal, a partir de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2002, dispone que la presentación extemporánea del dictamen de estados financieros no surte efecto legal alguno. Ahora bien, de los artículos 32-A, 52, 83, fracción X y 84, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se concluye que el precepto reglamentario referido viola el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al establecer una sanción nueva y mayor a la prevista en el Código que reglamenta, catalogando como más grave la infracción de la presentación extemporánea de dictámenes de estados financieros, ya que sancionar tal conducta con el no surtimiento de efectos legales, excede a la sanción que para tal infracción prevé el indicado artículo 84, fracción IX, consistente en una multa.'

Aqui el link:

http://www.juridicas.unam.mx/infjur/leg/jrs/jrsVer.htm?idt=18186

Muchas gracias por sus comentarios, me seran de mucha ayuda y espero poder aportar algo en este gran foro. Saludos.
 
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mrpumpkin
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11/Oct/11 13:00
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Trabajo para un despacho de auditoria y espero también aportar ideas y algunas de mis cedulas ya que me gusta automatizar todo mi trabajo con Excel.


Pues bienvenido, y si puedes coordinarte con Fiscalia a fin de hacerle llegar tus archivos Y LOS PUEDA OFRECER EN EL AREA DE DESCARGAS

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Feedback

Saludos
 
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lobozac
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11/Oct/11 13:47
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Duda

si presentan complementaria
y no presentan dictamen

entonces no cobrarian?
 
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11/Oct/11 14:00
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Pues bienvenido, y si puedes coordinarte con Fiscalia a fin de hacerle llegar tus archivos Y LOS PUEDA OFRECER EN EL AREA DE DESCARGAS

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Feedback

Gracias, me pondre en contacto. Saludos!

Duda

si presentan complementaria
y no presentan dictamen

entonces no cobrarian?


Pues yo creo que si, se hizo todo el trabajo, se hizo el estudio del control interno, se corrigieron algunas desviaciones en cuanto a los calculos fiscales, en resumen estuvo el dictamen listo, no se presento esto por causas no imputables a nosotros, es un caso especifico, lo hablariamos con nuestro cliente, sabemos que la firma es parte muy importante en este tipo de servicio, pero hay mucho trabajo detras. Mañana tendremos una platica, esperemos llegar a un buen termino. Saludos!
 
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mrpumpkin
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11/Oct/11 16:30
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Se podria realizar una revision fiscal sin entrega del dictamen. Como no hay dictamen de por medio, el costo debiera ser menor.

Con respecto a la tesis, clamente se señala que el dictamen no surtiria efecto, y es muy logico, asi lo expresa el CFF. No pudiere contrariarse con alguna resolucion.

Con respecto a la incostitucionalidad de la multa, jamas se señala que asi lo sea. Solamente se expresa que no se aplica la multa apropiada.
 
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enrique9727
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11/Oct/11 17:06
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

Me gustaría sabe cuál es su opinión, con respecto a si podríamos presentarlo de manera extemporánea, aunque el R.C.F.F. en el artículo 66 establece que quedaría sin efectos. ..........EN ESTRICTO, ASI ES.......Y COMO LA LEY NO SE DISTINGUE ........


Según lo que he leído pues hay quien dice que no se presente para no alertar a la autoridad y jugársela....ESO SOLO LO DECIDE EL CONTRIBUYENTE EN RAZON DE LA ASESORIA DE LOS PROS Y LOS CONTRAS QUE LE OTORGUE EL ASESOR-CONTADOR

SALUDOS
 
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lobozac
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11/Oct/11 17:11
Re: Duda respecto a Dictamen Fiscal

INDEPENDIENTEMENTE QUE ESTE OBLIGADO O NO.......SE LE DIJO A LA AUTORIDAD QUE .....En la declaración anual de esta persona se especificó que iba a optar por dictaminarse


Saludos
 
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