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26/Sep/11 20:02
DEVOLUCION DE I.V.A. POR COMPRA MAQUINARIA AGRICOLA

!Que tal!, hojalà alguien pueda ayudarme y decirme cuales son los fundamentos legales y en que consiste la devoluciòn del iva por la compra de maquinaria y equipo agricola ya que en el campo tengo que dar de alta a un agricultor que adquiriò un tractor y una sembradora entre otras, ademas de herramientas (tiene facturas). Aprovechando que lo inscribirè al R.F.C., ademàs de solicitar apoyo para diessel agropeuario.

Saludos y gracias
 
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Quiñonez
Soldado

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26/Sep/11 20:28
Re: DEVOLUCION DE I.V.A. POR COMPRA MAQUINARIA AGRICOLA

CHISPAS......HOLA, ......TIENE FACTURAS ?..........CON TODOS LOS REQUISITOS FISCALES ?........PAGO CON MEDIOS DEL ARTICULO 31 F-II DE LISR ?....APENAS LO VAS A INSCRIBIR ?

SE ME HACE QUE NO VAS A PODER HACER ESO QUE PIENSAS

SALUDOS
 
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lobozac
General Brigadier

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27/Sep/11 10:36
Re: DEVOLUCION DE I.V.A. POR COMPRA MAQUINARIA AGRICOLA

Hola que tal:

Disculpa unas preguntas como es que vas a deducir una compra de un contribuyente que todavia no lo es???, es decir no esta dado de alta ante el SAT?? no tiene rfc, domicilio fiscal, etc, etc... además de q no se reuinirian los requicitos que el lic lobozac te marca en el numeral 31...... ademas va hacer persona moral o persona fisica??

si estubiese dado de alta...

1. Tendria que tener la obligacion de realizar pagos provisionales de IVA.
2. Ver si estaria en su derecho de solicitarlo porque sus ingresos estarian que estar englobados en art 2-a LIVA. y que sus ingresos provengan de actividad agricola.
3. el diese es por facilidad administrativa la regla 1.9 para el 2011 saludos.
4. ver el monto neto de la deducción. debido a que si aplicas el beneficio de los ingresos exentos tendrias que sacar un factor de deducibilidad y al resultado aplicar el 220 lisr.

esto es a groso modo, faltaria pulir muchas cosas.

saludos.

coincido con el lic. loboza, esta muy dificil que logre lo que desea.. a menos que, una vez inscrito el agricultor, el proveedor que le vendió la máquina acepte hacerle una sustitucion de factura ya con los datos correctos... digo puede ser un opcion...

entre otros puntos mas mi estimado.
 
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lsanchez
Capitán Segundo

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27/Sep/11 12:10
Re: DEVOLUCION DE I.V.A. POR COMPRA MAQUINARIA AGRICOLA

Buen día:

Para poder darle efecto fiscales a las inversiones realizadas en maquinaria y equipo agrícola, por una parte, es necesario que dichas partidas sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente, por otra, que hayan sido erogadas a partir de la fecha en que tribute en la opción elegida, y no con anterioridad de tributar en dicha opción.

Por lo tanto, dichas inversiones no serán deducibles y en consecuencia el IVA pagado tampoco será acreditable.

Saludos

Editado: Septiembre 27, 2011 12:13:11
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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27/Sep/11 14:10
Re: DEVOLUCION DE I.V.A. POR COMPRA MAQUINARIA AGRICOLA

Algo raro tu caso.

Dejando de lado que es un contribuyente que primero erogo y despues quiere 'darse de alta', me llama la atención que le haya trasladado IVA por dichas compras, a menos que le hayan solicitado comprobara que es 'agricultor'.

Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

e).- Tractores para accionar implementos agrícolas, a excepción de los de oruga, así como llantas para dichos tractores; motocultores para superficies reducidas; arados; rastras para desterronar la tierra arada; cultivadoras para esparcir y desyerbar; cosechadoras; aspersoras y espolvoreadoras para rociar o esparcir fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas; equipo mecánico, eléctrico o hidráulico para riego agricola; sembradoras; ensiladoras, cortadoras y empacadoras de forraje; desgranadoras; abonadoras y fertilizadoras de terrenos de cultivo; aviones fumigadores; motosierras manuales de cadena, así como embarcaciones para pesca comercial, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones que señale el Reglamento.

A la enajenación de la maquinaria y del equipo a que se refiere este inciso, se les aplicara la tasa señalada en este artículo, sólo que se enajenen completos.
 
 
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neonato
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28/Sep/11 09:48
Re: DEVOLUCION DE I.V.A. POR COMPRA MAQUINARIA AGRICOLA

Buenos días,

Según recuerdo, cuentas con 30 días para registrarte ante el SAT una vez que empiezas a realizar actividades, si ya tiene las facturas por la compra con el RFC correcto, puede solicitar la devolución.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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