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12/Sep/11 17:08
indemnizacion

una empresa me puso una una indemnizacion y me dio una factura la cual esta pagando la empresa es deducible para efectos de I.S.R.
 
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EESTRADA
Sargento Primero

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13/Sep/11 00:02
Re: indemnizacion

No sabemos si fuese indispensable esa erogacion para la empresa. Se denota mucha importancia para Usted, pero debe ser estrictamente indispensable para la empresa, conforme el art 31 LISR F-I
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Sep/11 08:32
Re: indemnizacion

Buen día EESTRADA:
...me puso una una indemnizacion....

....es deducible para efectos de I.S.R....

Verifica si 'encuadra' en lo siguiente:

LISR

Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

…………………

VI.Las sanciones, las indemnizaciones por daños y perjuicios o las penas convencionales. Las indemnizaciones por daños y perjuicios y las penas convencionales, podrán deducirse cuando la Ley imponga la obligación de pagarlas por provenir de riesgos creados, responsabilidad objetiva, caso fortuito, fuerza mayor o por actos de terceros, salvo que los daños y los perjuicios o la causa que dio origen a la pena convencional, se hayan originado por culpa imputable al contribuyente.


Saludos




Editado: Septiembre 13, 2011 08:33:55
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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13/Sep/11 09:49
Re: indemnizacion

Mi muy estimado CHAVALON,

Al ver tu respuesta, veo que entendiste bien el planteamiento inicial.
(Yo no lo habia entendido).

Ojala que regrese el iniciador del topico, para concluir y saber si la informacion le sirvio.

Dudo que regrese, ya que de de sus 74 participaciones, en niguna llega a ninguna conclusion; y tampoco sabemos, si le sirve la informacion
 
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vabdo
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13/Sep/11 10:05
Re: indemnizacion

Hola mi apreciable vabdo:
....de sus 74 participaciones, en niguna llega a ninguna conclusion; y tampoco sabemos, si le sirve la informacion...

No me había percatado de ese 'defectito', pero ya que lo dices tampoco saluda ni agradece los comentrarios que los compañeros le proporcionan.

Habrá que tomarlo en cuenta para futuras ocasiones.




Saludos afectuosos
 
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CHAVALON
General de Brigada

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13/Sep/11 10:54
Re: indemnizacion

Mi muy estimado CHAVALON,

Al ver tu respuesta, veo que entendiste bien el planteamiento inicial.
(Yo no lo habia entendido).

jejejeje, yo tampopco, por eso no opinè

Saludos
 
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lobozac
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