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10/Sep/11 12:40
DUDA ART 154 LISR

Buen dia

Tengo la siguiente duda:

Una PF que va a realizar que se ubica en el Capitulo IV del Titulo IV de la LISR, va a realizar el pago provisional de una enajenacion de un inmueble, pero las tablas que utilizo para el calculo son la mensual o es la mensual elevada al mes en que se realiza la enajenacion?¿

Art. 154 LISR ... La tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar en los términos de este artículo, se determinará tomando como base la tarifa del artículo 113 de esta Ley, sumando las cantidades correspondientes a las columnas relativas al límite inferior, límite superior y cuota fija, que en los términos de dicho artículo resulten para cada uno de los meses del año en que se efectúe la enajenación y que correspondan al mismo renglón identificado por el por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior. Tratándose de los meses del mismo año, posteriores a aquél en que se efectúe la enajenación, la tarifa mensual que se considerará para los efectos de este párrafo, será igual a la del mes en que se efectúe la enajenación. Las autoridades fiscales mensualmente realizarán las operaciones aritméticas previstas en este párrafo para calcular la tarifa aplicable en dicho mes, la cual publicará en el Diario Oficial de la Federación.

De hecho si comparo el parrafo anterior con el art 127 tercer parrafo, es casi lo mismo excepto por lo siguiente: 'Tratándose de los meses del mismo año, posteriores a aquél en que se efectúe la enajenación, la tarifa mensual que se considerará para los efectos de este párrafo, será igual a la del mes en que se efectúe la enajenación.'

Cual tabla utilizo al mensual o la mensual elevada al numero de meses o la anualizada ?¿

Gracias por sus comentarios




Editado: Septiembre 10, 2011 12:51:33
 
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JHSR
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12/Sep/11 09:36
Re: DUDA ART 154 LISR

pero las tablas que utilizo para el calculo son la mensual o es la mensual elevada al mes en que se realiza la enajenacion?¿


IJUESU NO ALCANZO A COMPRENDER, SIENTO QUE EL ARTICULO ES CLARO EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO

AHORA BIEN, SI TIENES DUDAS AL RESPECTO, PORQUE NO UTILIZAS UN PROGRAMA PARA CALCULO ?


SALUDOS

Editado: Septiembre 12, 2011 09:39:56
 
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lobozac
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12/Sep/11 15:40
Re: DUDA ART 154 LISR

Buena tarde JHRS:

A ver,mmm

1.- ¿Eres una persona física con actividad empresarial o sin actividad empresarial?




Cuando se enajena un bien inmueble estando en el Capítulo a que haces referencia, el que hace el cálculo es el Notario, asimismo entera la retención que te efectúa al SAT y te da tu constancia de Retenciones.

Fund. Art. 154 LISR

Tercer párrafo:

' En operaciones consignadas en escrituras públicas, el pago provisional se hará mediante declaración que se presentará dentro de los quince días siguientes a aquél en que se firme la escritura o minuta. Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios, que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y lo enterarán en las oficinas autorizadas; ...'

Lo anterior debe ser así, salvo que la enajenación que mencionas sea propia de tu actividad empresarial.


Espero te sirva de algo mi comentario.

Saludos y buena suerte.

Editado: Septiembre 12, 2011 15:41:39
 
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12/Sep/11 15:44
Re: DUDA ART 154 LISR

JHSR


No batalle colega, el notario le da constancia de la operación....


saludos
 
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12/Sep/11 16:12
Re: DUDA ART 154 LISR

Buen dia

Gracias a todos por sus respuestas

En efecto CPHugocejo, el notario me da la constancia de la operacion, pero me gustaria saber 'el como'

Ngm, el calculo es para una PF sin actividad empresarial

Lobozac, disculpe si para mi no es claro en cuanto al procedimiento, y tiene razon puedo bajar algun programa para el calculo y ahi ver cual tabla es la que utilizan.

Gracias a todos por su tiempo y por sus comentarios, haciendo lo que me aconsejo lobozac es la tabla anualizada.

Una vez mas gracias por sus respuestas me ayudan a crecer ¡¡¡
 
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JHSR
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13/Sep/11 10:59
Re: DUDA ART 154 LISR

GRACIAS A TI, POR AGRADECER Y CERRAR EL CANAL DE COMUNICACION


SALUDOS
 
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13/Sep/11 11:01
Re: DUDA ART 154 LISR

..el notario me da la constancia de la operacion, pero me gustaria saber 'el como'


Y FELICIDADES POR ESTO


Aludos
 
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13/Sep/11 14:44
Re: DUDA ART 154 LISR

En efecto CPHugocejo, el notario me da la constancia de la operacion, pero me gustaria saber 'el como'



Bien colega, aparte le comento que en la anual, si es PF, declarasat, ese calculo hay que hacerlo manual, porque el mismo no lo calcula...


le enviaré un MP...


saludos
 
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