07/Sep/11 22:16
Re: CFDI y CBB emitidos en forma similtanea con ingreso anual <$4millones?
Muchas gracias por sus gentiles comentarios, me fueron muy útiles.
Comparto: Concretando todo lo que antes ya había leído, releyendo las ligas que me dieron, hice también una consulta por internet al SAT, chat uno a uno, y me cometaron lo siguiente (se las transcribo igual como me llegó la transcripción a mi mail): La pregunta que puse en el título fue que si pueden emitirse simultáneamente CBB's y CFDI's para quienes tienen ingresos menores a 4millones anuales:
'Lic. Ana Villarreal (18:11): Buena tarde, le atiende la Licenciada Ana Villarreal, respecto a su consulta, sí es posible.
Usuario (18:12): ¿no se limita el monto de los CBB''s?
Lic. Ana Villarreal (18:12): No, solamente se limita cuando el ingresos es superior a 4 millones anuales.
Usuario (18:13): He encontrado algunas publicaciones en pag del SAT que habla de que éstas no deben ser mayores a 2mil pesos antes de IVA para quienes ganan más de 4millones al año, pero no encuentro alguna aclaración para quienes ganan menos de eso
Usuario (18:13): y los CFDI tampoco tiene límite alguno en su monto mínimo o máximo?
Usuario (18:13): me refiero al emitirlos simultáneamente..
Lic. Ana Villarreal (18:15): No hay una regla que lo expese textualmente la posibilidad de emitirlo simultáneamente, pero tampoco se encuentra prohibido.
Lic. Ana Villarreal (18:15): La regla que menciona que no hay límite es I.2.9.3.3. de la Resolución de Miscelánea Fiscal para 2011. '
Después de eso vuelto a checar las referencias que me dan y me parece que hasta este momento no hay algo que lo prohiba. Me doy cuenta que yo estaba buscando una prohibición explícita, creyendo que podría existir. Pero al no exisitir expresamente bajo la condición de ingresos menores a 4millones, me remito a lo expuesto reiteradamente: que lo no prohibido, está permitido.
Gracias a todos por sus comentarios. Éxito a todos, Dios les bendiga.
Lobozac: NO entiendo qué de mis exposiciones escritas pudo haberte dado algún 'tono' de enojo, o en qué parte lo oiste así, no tenían tono en lo absoluto, solo expresaban una duda y ampliaban informacion que un colaborador pidió, es todo. Lo pido gentilmente y con respeto a todos, porque se merecen mi respecto. Y si, ya había buscado y leído en revistas PAF el tema y en articulos de Fiscalia, no creas me lancé como el borras, al trancaso. Creo que compartiendo las conclusiones a las que llegué, para que no se quede el tema abierto, como sugieres, 'cierro el ciclo' de esta duda. Pedí información para eliminar la ignorancia que del tema tenía. Gracias a todos mi ignorancia va disminuyendo.
LCF Erika González
'Yo sólo sé que no sé nada, pero creo saber más que aquel, que ignorando su ignoracia, cree saber más que yo.'