01/Sep/11 17:52
ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Buen dia a todos, tengo una duda al enviar un alta de trabajador ante el imss de un menor de edad, tengo que presentar algun documento adicional al I.M.S.S., donde se le haga saber que el trabajador es menor de edad y que su padre o tutor esta de acuerdo en que su hijo labore para la empresa o patron, o solamente con el Alta del trabajador es suficiente.
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patricia123
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01/Sep/11 19:02
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
tengo que presentar algun documento adicional al I.M.S.S., donde se le haga saber que el trabajador es menor de edad y que su padre o tutor esta de acuerdo
EN TERMINOS GENERALES......SI
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
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lobozac
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01/Sep/11 19:07
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Que es lo que debo de presentar ante el I.M.S.S., Claro aparte de el acta de nacimiento, fotografia, carta responsiva del padre o tutor para la preafiliacion, una vez obtenido el numero de afiliaicon mi duda es al enviar el aviso de alta al seguro tengo que acudir al IMSS a presentar algun documento
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patricia123
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01/Sep/11 21:25
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Buenas noches. Para efectos laborales-seguridad social, un menor de edad que requiere del consentimiento de sus padres y de la autoridad para laborar, es un chico/a menor de 16 años. Mayor de 16 ya se puede contratar libremente.
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pepesoto
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01/Sep/11 21:31
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Mande..?? Fundamento..?? Ah si, ud perdone: 22 y 23 de la LFT.
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pepesoto
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01/Sep/11 22:59
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Para la LFT de trabajo existen 3 minorías de edad.
1.- Los menores a 14. No se les permite su trabajo cuando sea material (que implique esfuerzos físicos, se sobre entiende que no ha logrado su desarrollo emocional y físico, por eso se le buscaría proteger con esta medida. Pero, ademas debieran ser algo fuera de no común como por ejemplo se es un artista, actor, técnico profesional y siempre con la supervición y la autorización de los padres o tutores
2.- Los mayores a 14 pero menores de 16, simplemente se les protege por mantener jornadas laborales mas apropiada a sus aptitudes físicas y reponsabilidades.
3.- los mayores a 16 pero menores de 18 (En esta edad la LFT los considera equiparables a los que mantienen la mayoría de edad 18 años, tendría el patrón por sus colaboradores muy pocas restricciones, pero prácticamente seria la mismas obligaciones que para con los mayores de edad. Que algunas personas opinarían que todavía debiesen permanecer con la protección como los del punto anterior. En lo particular, los padres siempre desean que sus vástagos vallan al trabajo y se toreen, nada de protecciones, en especial si se trata de épocas de antaño. De ahí, que la LFT se busque difuminar o degradar este proteccionismo de alguna manera plasmada así en el texto de la ley, debido a que se mitifica las costumbre de todas estas personas.
Para lograr una documentación más sólida, además de ver los artículos ya señalados, podrían consultarse, el capítulo relativo a los menores de edad que abarca la colección de artículos del 173 al 180 de la LFT
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
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enrique9727
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01/Sep/11 23:14
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Para los efectos del seguro social, no existen protocolos por la inscripcion del trabajador (menor de edad) simplemente una vez que se atiende el procedimiento de la LFT. Por añadidura se presenta el aviso de alta
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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02/Sep/11 22:34
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Buenas noches. Dado que el menor no cuenta con NSS, al tramitar la preafiliación y llevar después los documentos que prueben la edad, el imss pedirá, si es el caso, el consentimiento de los padres, avalado por la autoridad laboral.
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pepesoto
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03/Sep/11 13:41
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
Hola Paty, bonito sábado
En relación a su pregunta la respuesta es sólo una: no requiere ningún trámite o documentación adicional, ni en términos generales ni en términos particulares. Contando Ud con el NSS puede realizar el trámite por IDSE sin mayor complicación.
Pero me llama mucho la atención su pregunta, menor de edad dice, ¿Cuántos años tiene el menor?
Lo anterior podría ser muy delicado y habría que considerarlo aunque sea un asunto de carácter meramente laboral, excluyendo ya el aspecto de seguridad social sobre el cual me he pronunciado en mi segundo párrafo.
He leído un comentario que señala que – para efectos laborales - menor de edad es el “chico/a menor de 16 años”, lo cual me parece impreciso
Leo otro que señala que a 'los menores a 14 años no se les permite su trabajo cuando sea material' y aquí no podría decir si es igualmente impreciso, incierto o ambas cosas.
Los menores de edad – para efectos laborales – únicamente son los mayores de 14 años y menores de 16, insisto, nada más.
La mayoría de edad, laboralmente, se alcanza a los 16 años (23LFT) pues de estos se indica que pueden prestar libremente sus servicios con las limitaciones establecidas en la ley y que realmente sólo se refieren a prohibir el trabajo de los y las jóvenes entre 16 – 18 años fuera de México excepto si se trata de técnicos, profesionales, artistas, deportistas y trabajadores especializados (29LFT) y trabajos nocturnos industriales (175 Fracc II LFT)
Transcribo:
Artículo 23 Los mayores de dieciséis años pueden prestar libremente sus servicios, con las limitaciones establecidas en esta Ley.
Artículo 29 Queda prohibida la utilización de menores de dieciocho años para la prestación de servicios fuera de la República, salvo que se trate de técnicos, profesionales, artistas, deportistas y, en general, de trabajadores especializados.
Artículo 175 Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores:
II. De dieciocho años, en:
Trabajos nocturnos industriales.
Por tanto se conceptualiza como menores de edad – reitero: para efectos laborales – a los menores de 16 que tengan hasta 14 años pues de los menores de esta edad (14), conforme a nuestra H Constitución Política, está prohibida la utilización de su trabajo:
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:
A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:
III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años.
Yo lo subrayé
Esta misma norma, tal cual, es retomada por LFT y en su articulado dispone:
Artículo 22 Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años
No obstante, si de manera anti constitucional un empleador llegara a contratar como trabajadores a menores de 14 años, independientemente de las sanciones a que se haría acreedor por esa violación, tiene que cumplir todas las obligaciones de ley.
Queda claro pues, que si Ud se refiere a la contratación de un menor para que le preste un servicio personal subordinado, este deberá tener entre 14 y 16 años de edad, menos de 14 no debiera contratarlo y más de 16 ya cuenta con la mayoría.
¿De que edad es su trabajador?
Tenga un buen Fin de Semana
vcaspe
Editado: Septiembre 03, 2011 13:45:04
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
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vcaspe
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06/Sep/11 11:28
Re: ALTA IMSS EMPLEADO MENOR DE EDAD
¿Y no trabajan los niños?
Y la preciosa niña: Graciela Mauri, no trabajo en Televisa con la telenovela 'Mundo de Juguete'
O el Carlitos Espejel, ¿tenia 16 años? cuando hizo su labor con sus personajes 'Chiquidracula' y el 'Carlinflas'
Los grupos musicales de antaño como Timbiriche, que hasta conciertos realizaban
En otros lados del mundo. El golfista Tiger Woods laboro en torneos de golf desde los 4 años de edad. Motzart tambien lo hizo a una muy pequeña edad dando conciertos a nivel profesional.
Todos ellos tuvieron contratos laborales o civiles, bajo la autorizacion de los padres o tutores.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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