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22/Ago/11 15:42
Infonavit

Buenas tardes!! A todos

Dudas respecto a Infonavit.

A partir de de que tiempo de cotizar en Infonavit se puede solicitar el crédito para la vivienda?

En caso de cotizar y no usar el crédito infonavit, que pasa con esas cotizaciones??


Gracias.
 
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Bettyhq
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22/Ago/11 20:38
Re: Infonavit

El patron debe inscribir en el IMSS desde el primer dia de trabajo, con un plazo maximo de 5 dias habiles a partir de ese momento. En automatico se registraria en el INFONAVIT.
Por lo que el patron habra de cubrir COP y Afores (de vivienda, SAR y CV) desde el primer dia trabajo de conformidad a las leyes de seguridad social (LSS, LINFONAVIT, LSAR y sus reglamentos) Art 15 LSS

Si el patron no realiza esta inscripcion el trabajador mismo pudiese hacer por cuenta propia su inscripcion, solamente acudiendo a la subdelegacion mas proxima y enterar informacion correspondiente de su patron y su salario, el tramite pudiese realizarse de manera anonima. De esta manera se autoprotegeria sus intereses laborales, de él y su familia. Art 18 LSS

Un trabajador de inmediato no se hace acreedor a ser sujeto de un credito hipotecario por el INFONAVIT. Debe generar cierta antiguedad y digamos generar puntuajes de calificacion y al llegar a un valor minimo de puntos, pudiese proseguir por la tramitacion de un credito, pues existen diversos aspectos para conseguir la calificacion crediticia, que incluso al responder sencillas preguntas el propio trabajador en el portal de internet, pudiese ver el progreso de esta calificacion con fechas tentativas para obtener una calificacion satisfactoria.

Dejo una liga del portal para su estudio correspondiente:

http://portal.infonavit.org.mx/wps/portal/TRABAJADORES/Menu%20de%20apoyo/Servicios%20en%20linea/slPrecaTradicional
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Ago/11 22:39
Re: Infonavit

:neutral: Buenas noches. Para ser sujeto de crédito hay que seguir las 'reglas para el otorgamiento de crédito' que dicta el infamevit. Hay que cumplir con una puntuación mínima, así que un tiempo definido no lo hay, ya que influyen varios factores, pero lo común es 1 año de estar afiliado al imss-infonavit.

Las aportaciones que el patrón hace en su nombre y que estén en su cuenta individual, se devuelven al trabajador cuando este es sujeto de pensión de cesantía o vejez. Use o no el crédito de vivienda.

El Lic.

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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23/Ago/11 16:27
Re: Infonavit

x

Editado: Agosto 24, 2011 02:54:05
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Ago/11 23:16
Re: Infonavit

:neutral: Buenas noches. El mensaje que se encuentra precisamente arriba de este, no tiene nada que ver con el infamevit. No hay problema, fue un error sin importancia.

Si tiene más dudas Betty, nos comenta.

El Lic.


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pepesoto
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24/Ago/11 23:18
Re: Infonavit

Hola Betty, buenas noches

Para el otorgamiento de un crédito deberán cumplirse tres aspectos en igual número de momentos.

a) Puntuación mínima
b) Monto límite de crédito
c) Momento de su otorgamiento

a) PUNTUACION MINIMA: Es la cantidad menor de puntos con que el trabajador debe contar para poder aspirar a solicitar uno, el importe es por lo regular de 116. Este sistema aplicará independientemente de la línea de crédito que decida solicitarse y constituye la primera etapa del proceso mejor conocida como pre – calificación. El Instituto tiene el simulador en su sitio, cuya dirección ya le enseñaron.

La puntuación mencionada se determina en función a tres variables mismas que deberán cuantificarse de la manera en que las mismas reglas lo señalan

i) EDAD – SALARIO: deberá dividir el salario diario integrado entre el SMGDF y ubicar el cociente en la celda donde concurren la columna y fila cociente – edad del trabajador de una tabla publicada por el Instituto para conocer los puntos otorgados bajo esta mecánica. Por ejemplo, si el trabajador tiene un SDI de $1,000.00 y tiene una edad de 35 años la relación EDAD – SALARIO ES 16.72 – 35, y los puntos otorgados según esta fórmula es de 73. La tabla puede descargarla del sitio de INFONAVIT

ii) BIMESTRES CONTINUOS.- Si el trabajador tiene entre seis y doce bimestres de cotización continua se otorgarán dieciséis puntos; entre trece y quince bimestres se otorgarán veintitrés puntos, y si tiene dieciséis bimestres o más se otorgarán treinta y ocho puntos. Ejemplo: El trabajador anterior tiene 5 años (30bimestres) cotizando continuamente lo cual le otorga 38 puntos

iii) SUB CUENTA DE VIVIENDA – SBC. Deberá dividir el saldo de la subcuenta de vivienda entre el SBC elevado al mes y el cociente ubicarlo en otra tabla para saber cuantos puntos recibe por esta mecánica. Continuando con el ejemplo anterior, el trabajador tiene en la sub cuenta de vivienda $230,000.00 mismos que divididos entre 30.400 da un importe de 7.57 mismos que en función a la tabla otorgan 39 puntos. La mencionada tabla también podrá descargarla del sitio del instituto

Concluidos los tres cálculos sólo deberá sumar, en nuestro caso: 73+38+39=150

Como la puntuación mínima requerida es de 116 entonces este trabajador tiene derecho a obtener un crédito

Se lo traduzco:

Si el trabajador tiene entre 21 - 42 años de edad y su SDI es superior a 665.00 bastará con que cotice ininterrumpidamente durante un año para llegar a los 116 mínimos, aún y cuando no tenga nada acumulado en su sub cuenta de vivienda. Si tiene un salario menor deberá cotizar más de dos años sin interrupción o tener en su subcuenta de vivienda más de 25,000.00

b) MONTO LIMITE DE CREDITO: No tiene nada que ver con los puntos acumulados, el importe del crédito otorgado estará en función a la relación EDAD – SALARIO, nada más

c) MOMENTO DE SU OTORGAMIENTO: Deberá tener relación laboral, sin importar si su patrón actual lo acaba de contratar


Respecto a su última pregunta la respuesta es muy simple: Si el trabajador nunca ejerció su derecho al crédito no pierde lo acumulado en su sub cuenta de vivienda lo puede recuperar de la siguiente manera:

El saldo acumulado del 72 – 92 basta con que el trabajador tenga 50 años de edad y un año de desempleo para que pueda solicitar y recuperarlo

El saldo acumulado del 92 – 3er bim de 97 (el que administra la AFORE) se recupera en el momento en que se pensione sea por Cesantía o Vejez

El saldo acumulado a partir del 4to bim de 97 y que no se solicite dentro de los 15 días hábiles posteriores al momento en que elija régimen de pensión sólo vía amparo en donde por cierto tiene todo a su favor



Deseo que mi respuesta satisfaga su inquietud

Un saludo

vcaspe
 
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vcaspe
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25/Ago/11 22:57
Re: Infonavit

Hola que tal

Me gustaría saber si alguien tiene información de los tramites y procedimientos que tengo que realizar cuando quiera ejercer mi crédito infonavit, pero en lugar de adquirir un inmueble nuevo comprar uno usado, es decir adquisición de vivienda usada.

Gracias
 
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felipesr
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26/Ago/11 13:23
Re: Infonavit

xq no acude al portal del INFONAVIT, Don Felipe. Ahi lográ obtener lo que necesite, con creces... Suerte y gracias.
 
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enrique9727
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26/Ago/11 13:37
Re: Infonavit

Tanto para betty como felipe en la pagina del INFONAVIT hay mucha y muy buena informaciòn, y si quiere hacer uso de su crèdito como menciono el compañero enrique hay que acudir directamente no hay de otra saludos.
 
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
 
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karinacastro
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