24/Ago/11 23:18
Re: Infonavit
Hola Betty, buenas noches
Para el otorgamiento de un crédito deberán cumplirse tres aspectos en igual número de momentos.
a) Puntuación mínima
b) Monto límite de crédito
c) Momento de su otorgamiento
a) PUNTUACION MINIMA: Es la cantidad menor de puntos con que el trabajador debe contar para poder aspirar a solicitar uno, el importe es por lo regular de 116. Este sistema aplicará independientemente de la línea de crédito que decida solicitarse y constituye la primera etapa del proceso mejor conocida como pre – calificación. El Instituto tiene el simulador en su sitio, cuya dirección ya le enseñaron.
La puntuación mencionada se determina en función a tres variables mismas que deberán cuantificarse de la manera en que las mismas reglas lo señalan
i) EDAD – SALARIO: deberá dividir el salario diario integrado entre el SMGDF y ubicar el cociente en la celda donde concurren la columna y fila cociente – edad del trabajador de una tabla publicada por el Instituto para conocer los puntos otorgados bajo esta mecánica. Por ejemplo, si el trabajador tiene un SDI de $1,000.00 y tiene una edad de 35 años la relación EDAD – SALARIO ES 16.72 – 35, y los puntos otorgados según esta fórmula es de 73. La tabla puede descargarla del sitio de INFONAVIT
ii) BIMESTRES CONTINUOS.- Si el trabajador tiene entre seis y doce bimestres de cotización continua se otorgarán dieciséis puntos; entre trece y quince bimestres se otorgarán veintitrés puntos, y si tiene dieciséis bimestres o más se otorgarán treinta y ocho puntos. Ejemplo: El trabajador anterior tiene 5 años (30bimestres) cotizando continuamente lo cual le otorga 38 puntos
iii) SUB CUENTA DE VIVIENDA – SBC. Deberá dividir el saldo de la subcuenta de vivienda entre el SBC elevado al mes y el cociente ubicarlo en otra tabla para saber cuantos puntos recibe por esta mecánica. Continuando con el ejemplo anterior, el trabajador tiene en la sub cuenta de vivienda $230,000.00 mismos que divididos entre 30.400 da un importe de 7.57 mismos que en función a la tabla otorgan 39 puntos. La mencionada tabla también podrá descargarla del sitio del instituto
Concluidos los tres cálculos sólo deberá sumar, en nuestro caso: 73+38+39=150
Como la puntuación mínima requerida es de 116 entonces este trabajador tiene derecho a obtener un crédito
Se lo traduzco:
Si el trabajador tiene entre 21 - 42 años de edad y su SDI es superior a 665.00 bastará con que cotice ininterrumpidamente durante un año para llegar a los 116 mínimos, aún y cuando no tenga nada acumulado en su sub cuenta de vivienda. Si tiene un salario menor deberá cotizar más de dos años sin interrupción o tener en su subcuenta de vivienda más de 25,000.00
b) MONTO LIMITE DE CREDITO: No tiene nada que ver con los puntos acumulados, el importe del crédito otorgado
estará en función a la relación EDAD – SALARIO, nada más
c) MOMENTO DE SU OTORGAMIENTO:
Deberá tener relación laboral, sin importar si su patrón actual lo acaba de contratar
Respecto a su última pregunta la respuesta es muy simple: Si el trabajador nunca ejerció su derecho al crédito no pierde lo acumulado en su sub cuenta de vivienda lo puede recuperar de la siguiente manera:
El saldo acumulado del 72 – 92 basta con que el trabajador tenga 50 años de edad y un año de desempleo para que pueda solicitar y recuperarlo
El saldo acumulado del 92 – 3er bim de 97 (el que administra la AFORE) se recupera en el momento en que se pensione sea por Cesantía o Vejez
El saldo acumulado a partir del 4to bim de 97 y que no se solicite dentro de los 15 días hábiles posteriores al momento en que elija régimen de pensión sólo vía amparo en donde por cierto tiene todo a su favor
Deseo que mi respuesta satisfaga su inquietud
Un saludo
vcaspe
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!