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17/Ago/11 11:32
ayuda sobre cancelacion de cheques persona moral

buen dia alguien podria ayudarme tengo unos cheques del 2010 persona moral por pago de sueldos y salarios, los cuales fueron entregados pero no fueron cobrados por estos trabajadores; mi duda es si debo cancelarlos ya que los cheques no los tengo en mi poder y al cancelarlos que efecto fiscal tendra..ya que la deduccion de isr si la aplique aunque no aplique en ietu...

estos cheques ya no pueden ser cobrados por la fecha de expediencion son de junio de 2010.


gracias por la ayuda.
 
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myna25
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17/Ago/11 12:27
Re: ayuda sobre cancelacion de cheques persona moral

Envia una carta al banco, para que no los paguen.

Y cancela los cheque en la contabilidad, cancleando los movimientos originales.


Parece un movimiento muy simple.
Pero no es asi.
Ya que tendrias que hacer declaraciones complementarias.
 
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vabdo
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17/Ago/11 13:27
Re: ayuda sobre cancelacion de cheques persona moral

Los derechos por cobros de salarios prescriben al año, conforme a la LFT
Por tanto, no debiesen cancelarse cheques aun.

Por otra parte, los cheques tienen una vigencia, como aun estan en poder del girador, no hay necesidad de cancelarlos y menos que si esta de manera nominativa. Pero, si por seguridad se desea pudiesen cancelarse y tenerlos que realizarse de nuevo cuando los reclame el beneficiario.

Al no haber sido reclamados antes de la fecha de la prescripcion, entonces procedería NO tenerse que acumular en los ingresos dichos pasivos, ya que representara esto una modificacion al capital del contribuyente, pues sus pasivos se habrian cancelados. Y le indico mas adelante porque.

Estos pasivos, en su momento, via conciliacion debieron haberse aplicados como no deducibles para efectos del ISR, puesto jamas fueron pagados con un plazo maximo de la presentacion de la declaracion anual, aun cubriendose el IMSS y Afores, resulto que las erogaciones jamas se efectuaron, entonces no hubo gasto. Por lo tanto, aunque en contabilidad se reflejen como tal, no debieron haberse deducido.

Si gusta pudiese observar el reglon de PASIVOS que no se deducen dentro de la conciliacion de una conciliacion contable-fiscal de la declaracion anual por ISR.

Como no habria hecho gastos, ahora en un nuevo ejercicio para efectos contables les representara un ingreso, pero no debera tener efectos acumulativos para ISR, otra vez debiese considerarse UN INGRESOS CONTABLE NO FISCAL, de tal modo que ya no se acumularia.

Por lo que ha comentado en el foro, SI DEBIESE realizarse una declaracion complementaria por estos salarios no pagados
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Ago/11 13:33
Re: ayuda sobre cancelacion de cheques persona moral

ok muchas gracias por despejarme la duda saludos
 
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myna25
Soldado

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