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13/Ago/11 11:08
Credito fiscal por pago de IMSS

Hola, antes que todo. Gracias a los Grandes contadores que comparten sus conocimientos.
Una pregunta.
¿Hay posibilidad de que yo aplique el credito fiscal de mis pagos de Seguro Social contra el IETU, si el pago de IMSS fue realizado en efectivo?

Es decir, tengo un comprobante de pago del banco, pero el egreso no está en el estado de cuenta de la empresa.

Gracias y Saludos!!!
 
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Marilu0086
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13/Ago/11 13:55
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

Si prevalesce la posiblidad del acreditamiento
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Ago/11 13:17
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

Hola Marilu:
.....¿Hay posibilidad de que yo aplique el credito fiscal de mis pagos de Seguro Social contra el IETU....

La LIETU no condiciona que las Aportaciones de Seguridad Social deban ser pagadas por medios distintos del efectivo, por lo tanto si procede su aplicación.


Saludos




Editado: Agosto 14, 2011 13:23:45
 
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CHAVALON
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15/Ago/11 01:07
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

La regla en LIETU señala:

Si para ISR la deduccion es deducible. Tambien lo sera para el IETU.
Si es deducible proporcionalmente en ISR. Para IETU tambien sera proporcional su deduccion.

Pero la prerrogativa que difieren en ISR e IETU, en cuanto a la deduccion, para este ultimo impuesto debe darse por pagado a su entera satisfaccion el acreedor
 
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enrique9727
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15/Ago/11 09:28
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

¿Hay posibilidad de que yo aplique el credito fiscal de mis pagos de Seguro Social contra el IETU, si el pago de IMSS fue realizado en efectivo?

Sin ningun problema

Saludos
 
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lobozac
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15/Ago/11 09:37
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

LIETU

Artículo 8. Los contribuyentes podrán acreditar contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio calculado en los términos del último párrafo del artículo 1 de esta Ley, el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la misma, hasta por el monto del impuesto empresarial a tasa única calculado en el ejercicio de que se trate

...

Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el ejercicio fiscal de que se trate y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo ejercicio, por el factor de 0.175. El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del segundo párrafo de este artículo


Artículo 10. Los contribuyentes podrán acreditar contra el pago provisional calculado en los términos del artículo 9 de esta Ley el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la misma

...

Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el periodo al que corresponda el pago provisional y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que se paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo periodo, por el factor de 0.175. El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del tercer párrafo de este artículo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior, será aplicable siempre que los contribuyentes cumplan con la obligación de enterar las retenciones a que se refiere el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta o tratándose de trabajadores que tengan derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio corresponda a los trabajadores.


ESTA ES LA ÚNICA CONDICIONANTE

SALUDOS
 
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lobozac
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15/Ago/11 11:41
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

Como lo señaló el compañero Chavalon, la LISR no se marca el pago de contribuciones que debiese hacerse con transferencia o con cheque, cuando menos de manera expresa o directa. Aunque pudiéramos que entre los requisitos se señalan erogaciones superiores a $ 2,000 ahí quedarían encuadrados.

En el caso, particular de las erogaciones por contribuciones resultarían un poco distinto, si se trata de contribuciones propias como en el caso del ISR y IETU, páguese como pague, en efectivo o cheque, siempre serán no deducibles, así se marca el Art. 32 LISR.

Si se trata de impuestos traslados y causados como el IVA y el IESP, serían no deducibles a menos que no se pudieren en su caso acreditarse conforme a sus leyes. Considero prudente acatar el pago con cheque o transferencia, simplemente este requisito es indispensable con el fin de obtener la certeza de que sería una erogación real y no una ficta. Este es el fin de que las erogaciones superiores a $ 2,000 se apliquen con cheque o transferencia

Regresando a las contribuciones como IMSS, INFONAVIT, de alguna manera aunque no se respete el pago en cheque o transferencia por montos superiores a dos mil, la autoridad de cada dependencia, emite un sello de pagado que hace las veces casi casi de un certificado de pago. Pudiéramos argumentar que ese pago recibido por la autoridad sería mucho más fácil de verificar su efectiva realización, que el corroborar el de un tercero cualquiera. Que es lo que necesitaría el SAT para poder ratificar alguna deducción.
 
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enrique9727
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15/Ago/11 23:22
Re: Credito fiscal por pago de IMSS

Exactamente Lobozac...esa es la condicionante...ya que al tratarse de un ACREDITAMIENTO, no de una deducción, por ende y propiamente no está sujeta a reunir requisitos del 6 del IETU, sino el ultimo párrafo que citas.......


saludos
 
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CPhugoocejo
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