31/Jul/11 01:52
Re: Pago Referenciado-Error en el RFC
A reserva que lo verifiques con el personal del SAT, considero que aplicar una declaracion de correccion de datos, solo procederia con declaraciones que NO tengan pagos referenciados, excepto anuales, de ejercicios 2010 y hacia atrás.
Es que un pago, cuando no eran referenciados, no se realizaban con la linea de captura, es decir, expresar la referencia. De ahi pagos referenciados.
Pudieses realizar una complementaria en el portal del SAT, pero su pago, continuaria siendo ligada a la misma declaracion y ahora pudiese liquidar esa nueva complementaria y si fuese en exceso, que quede como un pago de lo indebido el excedente. Pero, ya no se podra redireccionar a otro RFC, el pago.
Ahora que si el pago, tiene el RFC del banco de la sociedad, entonces no ha sido referenciado. Faltaria proceder a tener que aplicarse la declaracion en el SAT, luego mediante complementaria de otro pago en el banco, reasignarse o referenciarse de manera apropiada.
Reanaliza que se realizo en las declaraciones de ambas empresas, pero ahora segun por mi parte la declaracion de correccion de datos ya no procede. Pero, si se pudiesen aplicarse declaraciones complementarias, tanto en el SAT como en el banco, desgraciadamente debes considerar recargos, si no han quedado previamente bien pagados los valores, en el periodo y RFC correctos.
El tramite de aplicar una declaracion por correccion de datos, solo debe aplicar por declaraciones que no son aplicados los pagos referenciados.
Editado: Julio 31, 2011 01:53:16
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?