Desafortunada e injustamente SI es un ingreso para IETU y NO seria deducible, ya que el IETU es un impuesto de flujo y tu erogación fue efectuada en 2006
nop, de debiese deducir la adquision de ese terreno, pero si acumular su ingreso
le convendria ampararse y defenderse ante esta arbitrariedad de la ley
como apenas se le presenta este caso problema
pudiese ampararse pero el plazo de meter ampara es agotable
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?