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10/Jul/11 13:52
CAMBIAR OPCIÓN

PARA QUIEN LE INTERESE........SIGO EN LA OBVIEDAD..........PUES SI, COPIO Y PEGO......

NI MODO QUE ME 'AGARRE2 COMO BA OSO ESCRIBE Y ESCRIBE

SALUDOS

DECLARACIÓN ANUAL


Índice

1. En la declaración anual de persona física obtuve saldo a favor y opte por solicitar compensación, quiero cambiar de opción a devolución ¿puedo hacerlo?

Sí puede hacerlo. Deberá presentar declaración anual complementaria cambiando la opción de compensación a devolución, manifestando su clave a 18 dígitos y si su saldo a favor es mayor a $11,510.00, deberá presentar la declaración utilizando su firma electrónica (FIEL).

Fundamento legal: Reglas ( 1.56 mB) I.2.5.1 y I.2.5.2. de la RMF 2010

2. Al enviar la declaración anual de las personas físicas, aparece el error 07 y no puede enviarse, ¿a qué se debe si se generó con el programa DeclaraSAT?

El error 07 'el nombre del archivo no es correcto', se presenta cuando se utiliza una versión incorrecta, por lo que le sugerimos descargar la versión del DeclaraSAT liberada el 11 de mayo de 2011, disponible en esta ruta. http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual_2006/133_9322.html

Fundamento legal: Portal de internet del SAT.

Editado: Julio 10, 2011 13:53:21
 
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lobozac
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10/Jul/11 15:58
Re: CAMBIAR OPCIÓN

En el caso del cambio de opciones, no existe la inhabilitación en la ley de que no se pudiese hacerse. El requisito indispensable que el cambio o la opción tomada, debe efectuarse para todo el ejercicio.

Por ejemplo, la depreciación fiscal, pudiese considerar tomar la opción de depreciarla de manera acelerada Art. 220 LISR. Posteriormente decido realizar una complementaria, la opción la preferencia sobre una depreciación tradicional.

Pero también en lugar de haber considerado la opción del Art. 220 LISR, pudiese argumentar que nunca la ejercí, ya que determiné equivocadamente la opción del depreciar conforme de los Arts. 47, 48 y 49 LISR, pero de manera que equivoque los calculo. De alguna manera no la habría variado la opción y la autoridad todavía debiese conseguir pruebas para poder desestimarla, en el caso de que decida desestimarla.

Esta ventaja pudiese presentarse en opciones que han de afectarse en un ocasión durante todo el ejercicio, pudiendo argumentarse que la opción considerada previamente se aplico de manera errada, que mediante una complementaria se subsanaría el error.

Ademas consideraría que este Art. 6 del CFF, no tendría la intensión de estar quitando derechos por las complementarias, si no mas bien buscaría que por parte del contribuyente sea mas transparente y se defina por 1 sola opción, y no estar tomándose distintas opciones en los distintos meses del ejercicio. Consideraría que las opciones únicas tomadas en el 1 mismo ejercicio, pudiesen cambiarse, pues no habría manera de confusiones ante una fiscalización o verificación.

Paso a presentar la disposición relativa a esta regulación.

Último párrafo del Art. 6 CFF

Cuando las disposiciones fiscales establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variarla respecto al mismo ejercicio.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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