09/Jul/11 13:09
Re: Multas por requerimiento del IMSS
TODO CRÉDITO FISCAL DETERMINADO POR LA AUTORIDAD, SI NO SE PAGA EN EL TIEMPO PREVISTO PARA ELLO, OBVIO QUE GENERARÁ ACCESORIOS
Una disculpa, tal vez ocasioné alguna confusión... recargos, actualización, multas, accesorios. CONTRIBUYENTE, AUTORIDAD, etc...
Los recargos NO generarían más recargos... solo el principal (no los accesorios)
Ni la actualización NO generaría más actualización... solo el principal (no los accesorios)
La multa es un accesorio, mientras se pague a tiempo. Se convierte en crédito fiscal al no liquidarse en su oportunidad. O en el caso de no pagarse pero NO se logro impugnarse. Quedaría EN FIRME, el principal o el crédito fiscal.
De lograrse su cancelación, procedió la impugnación de la multa, ya no pasaría ser crédito fiscal. Se elimino el principal.
El principal viene siendo todos las contribuciones Art 2 CFF (impuestos, derechos, aprovechamientos, aportaciones, etc). Luego estos se convertirán en créditos fiscales cuando son requeridos y no son impuganados y tampoco son liquidados en su momento.
En el caso de las multas, si bien son accesorios se convertirian en créditos fiscales, mientras no se liquiden. Dejan de ser accesorios y pasan a ser el principal
Cuando existen créditos fiscales el SAT, el IMSS, el INFONAVIT, etc (LA AUTORIDAD) realizaría las determinaciones por actualizacion y de recargos. NO EL CONTRIBUYENTE.
¿Por qué en la ley, se concede esta obligación a la autoridad en lugar de contribuyente? Ya se había dado la oportunidad para hacerlo al contribuyente de inicio, pero no la aceptó o no lo hizo en su momento.
Y es que la confusión, radica que ¿SI EL CONTRIBUYENTE, calcularía recargos y actualizaciones POR MULTAS?
Pues NO, puesto que en la ley, NO se señala esta obligación para la persona del CONTRIBUYENTE.
Más sin embargo, si se marca la obligación a LAS AUTORIDADES, que deba hacerlo.
Me faltó pronunciarme por esta última parte remarcada. Que el buen Lobozac dejó bien establecido, sin tanto rollo como el mío.
Editado: Julio 09, 2011 13:18:05
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?