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05/Jul/11 14:22
CÉDULAS PROFESIONALES

Hola foro, como sabe uno cosas buscando, buscando y buscando.........Y TE ENCUENTRAS CON CAAAAADA SORPRESA.......DIGO, AUNQUE HAYA QUE PARECER.....TAMBIEN ........HAY QUE SER

Y ES QUE,


CÓDIGO PENAL FEDERAL

CAPITULO VII

Usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones,
uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y siglas

Artículo 250.- Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien:

I.- Al que, sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal;

II.- Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias
del artículo 5 constitucional.

a).- Se atribuya el carácter del profesionista

b).- Realice actos propios de una actividad profesional, con excepción de lo previsto en el 3er. párrafo del artículo 26 de la Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. Constitucionales.

c).- Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista.

d).- Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello.

e).- Con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio
profesional o administre alguna asociación profesional.

III.- Al extranjero que ejerza una profesión reglamentada sin tener autorización de autoridad
competente o después de vencido el plazo que aquella le hubiere concedido.
IV.- Al que usare credenciales de servidor público, condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos,
divisas, insignias o siglas a las que no tenga derecho. Podrá aumentarse la pena hasta la mitad de su
duración y cuantía, cuando sean de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas Mexicanas o de alguna
corporación policial.

IJUESU,........QUE 'FEYOTE' QUE LO VENTANEEN A 'UNO' ASI..........Y TANTOS QUE HAY !!!!!!!!

http://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/indexAvanzada.action

DIGO, .........ALGUIEN HA ALEGADO.......QUE NO LOS ESPANTEN CON LA MORTAJA DEL MUERTO........

AQUI LA HERRAMIENTA PARA QUE DESENMASCAREN A FARSANTES


jojojojo, ya se algunas de las respuestas a esto..........

Saludos
 
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lobozac
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05/Jul/11 14:45
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

Y los títulos expedidos por la Universidad De Santo Domingo en el DF?
 
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CP_PACO
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05/Jul/11 14:50
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

jajajajajaja, es cierto, se le olvidaban !!!!!!!!!!!

Saludos
 
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lobozac
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05/Jul/11 14:56
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

Lobo: Es que de la Universidad De Santo Domingo es la fuente más importante de egresados en el país.... y no se si recuerdes pero hasta hace poco tiempo en el gobierno se estaba haciendo una auditoría a los funcionarios y cacharon a uno que otro que no tenía título profesional, ojalá y se retomara esta acción.

Saludos.
 
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CP_PACO
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05/Jul/11 17:05
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

jajajajajaj....................pura letra muerta, ya no achutes con el petate del muerto compañero porque se me hace que medio pais estuviera demandado o en la carcel.

Y de aqui del foro uuuuuuuuuu mejor ni le muevo jejejej
 
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karinacastro
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05/Jul/11 18:53
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

jajajajajaj....................pura letra muerta, ya no achutes con el petate del muerto compañero porque se me hace que medio pais estuviera demandado o en la carcel




jejejejejejejejejejejejejejejejejejejejejejejejejejjeje, buen chascarillo...jejejejejejejejejeje


un saludo Karina
 
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CPhugoocejo
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05/Jul/11 20:15
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

SI, karina, SOLO QUE CUANDO NOS DAMOS CUENTA QUIEN QUIERE SHUTAR CON EL BUUUU,.......PUES AL MENOS DE MI PARTE, LOS MANDO A...POR ALLÁ......SOLO ESPERO QUE LOS QUE QUIEREN ASHUTAR, NO 'SE LES ACTUALICE LA HIPÓTESIS'......SINO KARINA........LOS ASHUTADOS SERÁN ELLOS.....ME CONSTA

SALUDOS
 
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lobozac
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06/Jul/11 00:58
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

Y eso de que sea ley muerta. Quien sabe, el caso es que esta en la ley. Solo falta aplicar una denuncia y ahora si quien debe probar su profesion seria el servidor.

Debe de aplicarse el Codigo Penal de cada estado de la republica donde corresponda haberse efectuado el delito. De cualquier manera, supletoriamente se aplicaria este otro codigo penal. En cuanto a esta disposicion, no ha de variar demasiado a lo que en cada Estado se establezca
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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06/Jul/11 09:58
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

Solo falta aplicar una denuncia ...........ASI ES, EN SU MOMENTO YO SI LO HARIA.(LO HE HECHO EN LITIGIOS), EN CONTRA DE FARSANTES QUE SE QUIEREN PASAR DE VIVOS Y CLARO QUE HAN PROCEDIDO........LETRA MUERTA .....SERA ?

Saludos
 
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lobozac
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06/Jul/11 10:13
Re: CÉDULAS PROFESIONALES

Nunca falta alguien que se quiera pasar de listo....
 
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CP_PACO
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