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22/Jun/11 16:27
devolucion de iva

REQUISITOS PARA SOLICITAR DEV IVA


1 Forma oficial 32 “Solicitud de Devolución” (por duplicado).

2 Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 “Origen del saldo a favor” F3241.

3 Anexo 7 de las formas oficiales 32 y 41 “Determinación del saldo a favor de IVA” F3241.
X
4 Anexo 7-A “Integración del Impuesto al Valor Agregado retenido” F3241.

5 Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa
diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento
(Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante
legal que promueve.

6 Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la
autoridad, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del poder notarial
que acredite la personalidad del firmante de la promoción.

7 Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal
(Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula
profesional).

8 Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable, retenido, o pagado.
(Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta
bancarios, etc.).
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar
traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos
Civiles.

9 La información en Unidad de Memoria Extraíble (USB),con la relación de proveedores,
prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones y
la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, se recibirá únicamente para
ser capturada en el subsistema.

10 En su caso, Declaratoria de contador público registrado; tratándose de ejercicios respecto de
los cuales se haya presentado Dictamen o haya vencido el plazo para la presentación del
mismo, deberá indicar en la Declaratoria la fecha de presentación y folio de aceptación del
dictamen correspondiente al mismo ejercicio.


11 Papeles de trabajo (duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a
reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el
Artículo 5 y 5-A de la Ley del IVA. (Aplica para saldos a favor de periodos 2005 en adelante),
cuando en el anexo No. 7 de las formas oficiales 32 y 41 se indiquen importes en los renglones
“c” (del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO) y “f” (del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
Nota:
Para efectos de ejercicio 2005 y anteriores, aplica cuando haya elegido la mecánica establecida
en los Artículos 4 y 4-A de la Ley del IVA, vigente en dichos ejercicios.
12 Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que
hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75
“Aviso de destino del saldo a favor de IVA”.


13 Tratándose de actos o actividades derivados por fideicomisos, copia del contrato de
fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así
como del representante legal de la institución fiduciaria y en su caso:
 Documento mediante el cual los fideicomisarios o el fideicomitente manifiesta su
voluntad de ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA.
 Documento mediante el cual la institución fiduciaria acepta la responsabilidad
solidaria para ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA.

14
Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal
bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la
cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de
cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.

15
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos
los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con
importes iguales o superiores a $11,510.00. [quote][/quote]



[b][/b] EN QUE CASOS ES OBLIGATORIO PRESENTAR DECLARATORIA DE IVA POR CPR ???

SALUDOS

Editado: Junio 22, 2011 16:28:34
 
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ricardoso18
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22/Jun/11 20:10
Re: devolucion de iva

PUES..........EN EL CASO DE QUE ESTES OBLIGADO A DICTAMINARTE

SALUDOS
 
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lobozac
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22/Jun/11 23:40
Re: devolucion de iva

Cuando el contribuyente desea solicitar devoluciones mediante una declaratoria de algun CPR, es que habra de realizarse un dictamen o ya existe un dictamen.

El CPR que emitio ese dictamen o lo emitira, es quien realizaria las declaratorias.

Si se esta obligado, el tramite de la declaratoria lo pudiese optar el contribuyente. O en su caso solicitar la devolucion mediante la forma tradicional

Si no se esta obligado, al realizar una declaratoria aunque sea por un solo mes, un dictamen fiscal debe entregarse de manera obligatoria (quizas no este obligado conforme al art 32 CFF, pero entonces quedara obligado a realizar un dictamen voluntario)
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Jun/11 12:50
Re: devolucion de iva

PUES..........EN EL CASO DE QUE ESTES OBLIGADO A DICTAMINARTE


y si optas por el dictamen????

Saludos.
 
La verdad es absoluta o es relativa
 
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El_Juez_de_Hierro
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