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16/Jun/11 10:26
Devolución NO depositada después de 40 días

Buen día
Les menciono lo siguiente a manera de explicación del caso que tengo.

El caso en comento es de una persona física del régimen de salarios y cuenta con su FIEL (tramitada este año).

El SAT me comunica el por qué no se realizó la devolución automática:

Concepto ISR
Período DEL EJERCICIO
Ejercicio 2009
Fecha de Presentación 28/04/2010
Estado NO AUTORIZADO
Fecha de Resolución 10/05/2010
Fecha de Autorización
Medio de Pago
Banco
Fecha de Pago
ALAFF 15
Fecha de Notificación 18/06/2010

También me indica cuales fueron las inconsistencias en la declaración anual:

MOTIVO (S)
12 ---- Por el monto del saldo a favor solicitado, esta Autoridad verificó que no existe el registro de su Firma Electrónica Avanzada, por lo que su declaración no se consideró dentro del Programa de Devoluciones Automáticas.
Acción Correctiva: Deberá tramitar su certificado de Firma Electrónica en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente. Posteriormente realice una de las siguientes acciones: 1.-Presentar declaración complementaria para que ingrese al Programa de Devoluciones Automáticas 2009, o bien 2.- Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).

Yo opté por solicitar la devolución de acuerdo con la acción correctiva del numeral 2, por lo que presento la solicitud de devolución el 6 de mayo de 2011 vía internet, en “Mi portal” consulto el status del aviso de devolución y esto es lo que mencionan hasta el día de hoy:

Número de control 15000000000
ALR NAUCALPAN
Fecha de presentación 2011-05-06
Impuesto ISR
Estado de la devolución En revisión
Tipo de pago
Banco SANTANDER
Fecha de pago o cobro
Fecha de Notificación
Detalle Ninguno

Hasta el día de ayer han transcurrido 40 días, sin que la autoridad me haya requerido por existir errores en los datos de la solicitud de devolución (el SAT tenía 10 días para hacerlo), tampoco me han requerido para verificar la procedencia de la devolución (el SAT tenía 20 días para hacerlo) y tampoco me han devuelto la solicitud de devolución, por lo que se consideraría que fue negada en su totalidad.

Ahora bien ¿Qué sigue?

1. ¿Presento de nuevo la solicitud de devolución?
2. ¿Presento recurso de revocación? NUNCA he presentado este recurso.
3. ¿Presento escrito ante el SAT a manera de consulta el por qué no han hecho la devolución?
4. ¿Espero más tiempo para ver si realizan el depósito?

Estimadas y estimados foristas, espero puedan ayudarme y que tengan un excelente día.

Saludos
 
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CALPIXQUI
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16/Jun/11 10:59
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Buenos días, punto principal, son 40 días HÁBILES, y no días naturales, échale cuentas y todavía falta.

Saludos.....
 
Joel.
 
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JOELMORA
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16/Jun/11 14:59
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Fecha de presentación 2011-05-06
Impuesto ISR
Estado de la devolución En revisión



Checa lo rojo y de pasada el 22 del CFF.


saludos
 
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CPhugoocejo
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16/Jun/11 15:05
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Ni modo, mejor suerte para la proxima.

Debe sacar la FIEL y ahora meter un aviso de devolucion. Pues al programa de devolucion automatica, ya perdio su oportunidad, por no cumplir con los requisitos prestablecidos para este programa.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Jun/11 15:06
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Hola JOELMORA, CPhugoocejo y enrique9727

Pues el art. 22 sexto parrafo del CFF menciona lo siguiente:

Artículo 22.- ..................................
Cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente....

Y con relacion al art. 22 sexto parrafo del CFF, el art. 12 del CFF menciona:

Artículo 12. En los plazos fijados en días no se contarán los sábados, los domingos ni el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. y 5 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1o. de diciembre de cada 6 años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo y el 25 de diciembre.

Si, tienes razon en cuanto al plazo mi buen JOELMORA, gracias por la observacion.
Efectivamente CPhugoocejo, el status del aviso de devolucion es: En revision.
enrique9727: ya se cuenta con la FIEL desde febrero de este año.

Pues tendre que esperar a que se aproxime el fin del plazo, sino es que hacen el deposito antes.....jejeje

Saludos y agradezco sus comentarios.

Editado: Junio 16, 2011 15:12:05

Editado: Junio 16, 2011 15:15:58
 
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CALPIXQUI
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16/Jun/11 15:10
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Enrique, el colega si presentó la forma 32.

o bien 2.- Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).

Yo opté por solicitar la devolución de acuerdo con la acción correctiva del numeral 2, por lo que presento la solicitud de devolución el 6 de mayo de 2011 vía internet, en “Mi portal” consulto el status del aviso de devolución y esto es lo que mencionan hasta el día de hoy:


saludos
 
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CPhugoocejo
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16/Jun/11 15:40
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Ese deposito, jamas llegara, ya le declinaron el tramite automatico, porque en automatico, no cumplio con los requisitos del CFF. De contar con FIEL.

Asi que de inmediato debe tramitar su aviso de compensacion, pues en el programa de devolucion automatica, ya no trabajara el SAT. Se han quitado trabajo, gracias al contribuyente que no cumple con las leyes fiscales.

Por lo que unicamente, le queda ponerlos a trabajar, mediante un aviso, debidamente requisitado, esperando que los del SAT tenga los elementos para verificar el saldo a favor. Si no los tienen, deben requerir, si no lo hacen, deben entregar el cheque
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Jun/11 16:30
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Ups, el contribuyente si cuenta con la FIEL


El caso en comento es de una persona física del régimen de salarios y cuenta con su FIEL (tramitada este año).



Enrique, otra precisión, comentas que primero debe interponer una devolución, al final dices compensacion....tons?



Sugerencia al autor del tema....No batalles, acude al sat a ver el status de dicha devolución, así ya sales de dudas...de ahi partes...



saludos

Editado: Junio 16, 2011 16:31:48
 
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CPhugoocejo
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16/Jun/11 23:56
Re: Devolución NO depositada después de 40 días

Pues tendre que esperar a que se aproxime el fin del plazo, sino es que hacen el deposito antes.....jejeje


Compañeros, creo que desde hace un buen rato el autor del topico encontro la solucion....


Saludos
 
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juancarm
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