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14/Jun/11 17:52
Subcuenta de Vivienda

Saludos compañeros y colegas!

Un extrabajador tiene saldo en su subcuenta de vivienda debido a que nunca utilizo su credito en estos momentos ya no le interesa tanto tramitar su casa y quiere saber que otros beneficios tiene puesto que perdio su trabajo hace mas de 15 años, es sujeto a la ley de 1973 y no reune los requisitos del articulo 138.
 
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santosm
Cabo

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14/Jun/11 22:47
Re: Subcuenta de Vivienda

:neutral: Buenas noches. El 138 de la LSS...??

Code:
DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y AYUDA ASISTENCIAL
Artículo 138. Las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar y se concederá a los beneficiarios del pensionado por invalidez, de acuerdo con las reglas siguientes:
I. Para la esposa o concubina del pensionado, el quince por ciento de la cuantía de la pensión;
II. Para cada uno de los hijos menores de dieciséis años del pensionado, el diez por ciento de lacuantía de la pensión;
III. Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos menores de dieciséis años se...


De la Ley del Infoavit son 70 articulos.... Me ayuda x favor..??

El Lic.

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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14/Jun/11 22:48
Re: Subcuenta de Vivienda

Para recuperar sus derechos de conservacion debera acatar lo señalado en los art 150 y 151 LSS

Debe leer los requisitos del art 154, 162 por ultimo el 170 LSS. Que sirve este ultimo para obtener una pension minima garantizada

No se de donde saca el art 138, no tiene nada que ver con el topico. ¿Sera por la LSS viejita?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Jun/11 22:50
Re: Subcuenta de Vivienda

:neutral: Hola de nuevo. La ley del ´73..?? Es posible... vamos a verla... Pero de todos modos no aplica ya que no está vigente.

El Lic.

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pepesoto
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15/Jun/11 00:33
Re: Subcuenta de Vivienda

Sigue vigente la LSS viejita, mediante articulo transitorio.

Solo sirve para efectos de pensiones. De ahi que los requisitos en lugar de 1250 semanas de cotizaciones, continuen siendo 500, la LSS 1973, estaria vigente aún.

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ARTICULO 183 LSS(1973).- Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen del Seguro Social y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:

I.- Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerán todas sus cotizaciones;

II.- Si la interrupción excediera de tres años pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones;

III.- Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento; y

IV.- En los casos de pensionados previstos por el artículo 123, las cotizaciones generadas durante su reingreso al régimen del Seguro social se le tomarán en cuenta para incrementar la pensión, cuando deje nuevamente de pertenecer al régimen; pero si durante el reingreso hubiese cotizado cien o más semanas y generado derechos al disfrute de pensión distinta de la anterior, se le otorgará sólo la más favorable.

En los casos de las fracciones II y III, si el reingreso del asegurado ocurriera antes de expirar el periodo de conservación de derechos establecido en el artículo anterior, se le reconocerán de inmediato todas sus cotizaciones anteriores.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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15/Jun/11 09:30
Re: Subcuenta de Vivienda

Gracias por sus comentarios pero,

reiterando la pregunta compañeros, el caso es que el trabajador esta sujeto al la ley de 1973 LSS tal como lo mencionas Enrique al decir que no reune los reuquisitos del art 138 es para hacerse acreedor de sus recursos en cuanto a su subcuenta de afore anteriormente ya tramito su pension por desempleo, y ahora lo que nos interesa saber es si tambien puede hacerse acreedor de sus recursos en su subcuenta de vivenda en estos momentos??


espero ahora si haberme explicado mejor...
 
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santosm
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15/Jun/11 10:29
Re: Subcuenta de Vivienda

En este topico se comento algo referente

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=42483&idCat=11


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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