29/May/11 13:33
Re: Anexo 'A' o Anexo 'F' para PTU
Hola Epifanioherrera:
En el cálculo anual, la PTU independientemente si aplicas cualquiera de los artículos mencionados por los compañeros, que en estricto sentido debe ser el 16 LISR, pero suponiendo que tu criterio varíe. Sin embargo, si debes manifestar el resultado de dicho càlculo en màs de un campo, obvio, este debe ser el mismo importe porque sólo hiciste un cálculo no dos.
Ahora desde mi punto de vista, puede que varíe por lo siguiente:
En la conciliación va la PTU del ejercicio y en el anexo que mencionas tal vez lo que se estè indicando es la PTU por pagar, es decir, el total de PTU que se va a pagar, que no necesariamente debe coincidir con la determinda en el cálculo del ejercicio, ya que en el anexo A se tienen los siguientes campos:
PTU del ejercicio
PTU no cobrada en el ejercicio anterior.
La suma de lo anterior es la PTU que se pagará y que no hay un campo para poner dicha suma, solo se colocan los importes correspondientes.
Es decir, suponiendo que no se separaron los conceptos anteriores y se presentó en un solo importe, entonces esto puede ser lo que esté originando la diferencia que comentas.
Saludos.
Editado: Mayo 29, 2011 13:38:02
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo