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11/May/11 20:17
Correccion tipo de declaracion

Buenas tardes

Tengo presentadas declaraciones mensuales de ISR, estas se declararon como complementarias, pero tenian que ser normales, quiero corregir pero no hay correccion al tipo de declaracion, la pregunta es si declaro una como normal? en el entendido de que el SAT toma en cuenta la ultima presentada. Y si esto afecta en algo, ya que primero hay una complementaria y luego una normal, y esto deberia de ser al revez, no es asi?

Ojala alguien me ayude.
 
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SABUMAFU
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11/May/11 22:33
Re: Correccion tipo de declaracion

Buenas noches Sabumafu:

Pero para presentar complementarias, tuviste que relacionar en la misma datos de la declaración normal, ejemplo:

Fecha de la declaración inmediata anterior.


¿Qué fecha pusiste?


Es para 'valorar' y ver si puedo opinarte sobre alguna posible solución.

Saludos.
 
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ngm
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11/May/11 23:01
Re: Correccion tipo de declaracion

Buenas noches ngm

Ah mira, este es el problema que no lo habia mencionado, esta complementaria dice que es por el ISR actividad empresarial y profesional. Este concepto es correcto, y en la complementaria el dato que me comentas es la fecha en que se presento en el portal bancario pero ISR retenido por sueldo. Como ves nada que ver con los impuestos, por ello necesito cambiar lo que dice complementaria a normal.

Gracias
 
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SABUMAFU
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12/May/11 09:25
Re: Correccion tipo de declaracion

hola buenos dias....


me paso un caso similar al tuyo, con un saldo a favor de IVA, tenia una declaracion COMPLEMENTARIA pero sin haber presentado una NORMAL, esto lo comente con el 'asesor' del sat y me dijo que presentara una nueva declaracion pero COMO NORMAL, esto me paso por un requerimiento de devolucion en la cual me pedia dicha declaracion, total presente una nueva declaracion NORMAL en ceros y despues una declaracion COMPLEMENTARIA con el dato del saldo a favor, al final autorizadon la devolucion..

saludos espero te sirva mi comentario.
gerardo ornelas
 
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DINAFISC
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12/May/11 13:20
Re: Correccion tipo de declaracion

Hola Sabumafu:

Dinafisc comenta una opción de solución, puede ser, ya que comenta fue recomendado y aceptado por el SAT.

Otra solución, podría ser:

Por ejemplo, presentar una Declaración de Corrección de Datos y ver si es posible dejar tu declaración complementaria finalmente como de ISR Ret. por Salarios.

Y una vez hecho lo anterior, entonces presentas ahora la declaración NORMAL de Act. empresarial.

Pero claro, depende cuanto varie una declaración de la otra, necesitaría saber como presentaste la Decl de ISR ret. por salarios y la de Act. empresarial, si son en ceros o con impuesto a cargo.

Lo anterior, para efectos de poder opinarte más en concreto.



Saludos, buena suerte y espero en algo te ayude mi comentario.
 
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ngm
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12/May/11 16:47
Re: Correccion tipo de declaracion

Saludos ngm y Dinafisc

Gracias y aqui les les dejo lo que la gente del SAT me dice:

No es necesario corregir el tipo de declaración, la autoridad considera como válida la útima declaración presentada por el contribuyente.
Usuario (9:45): aun y que diga complementaria? por que en estricta teoria me esta faltando la normal del periodo
Lic. Juana López (9:48): Es correcto que falta la declaración normal, no hay una aplicación para corregir este concepto, por tal motivo autoridad considera como válida la útima declaración presentada por el contribuyente

Y me lo fundamenta con lo siguiente:
(9:49): No hay un fundamento específico.
Artículo 56 segundo párrafo del reglamento del código fiscal de la federación

A mi parecer no aplica este articulo porque precisamente habla de que la complementaria es una correcion a una anterior, pero en mi caso no hay anterior.

Aqui lo que aplica es esperar hasta ver si me requieren o no y si si, pues ver como lo solicita la autoridad y presentarlo. De cualquier forma la autorida toma en cuenta la ultima presentada.

Gracias
 
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SABUMAFU
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12/May/11 20:08
Re: Correccion tipo de declaracion

Solo se haria una declaracion complementaria cuando deba de ser modificado algun dato.

La declaracion normal ya no la puede operar pues ya la envio de manera equivocada el status. Segun el CFF debe de aplicarse declaraciones complementarias cuando deba corregirse algun dato. Resulta que no habria dato que corregir, asi que asi se quedaria la declaracion presentada.

La normal ya no puede presentarse de nuevo. Por lo que de nuevo debiese enviar una complementaria de nuevo, solo en el caso de que exista algun dato por corregir.

Asi que si le aplica la disposicion señalada, debe ponerle atencion cuando procede.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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