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08/May/11 03:26
Declaracion Anual de un CONDOMINIO

Buenos 'días' a todos,

Por Favor ayúdenme, no encuentro información:

Le llegó al administrador de el condominio donde vivo un requerimiento por no haber presentado 'Declaración informativa anual remanente distribuible. Régimen de personas morales con fines no lucrativos. Impuesto sobre la Renta'

Por ningún lado en el Portal del SAT he encontrado en que formato debe presentarse esta declaración. Recuerdo que antiguamente había una Forma 71 ó 73 en que se presentaba esta información.

Nunca se ha presentado esa declaración en 30 años y no había sido requerida!

Este condominio tiene RFC, como razòn social solo aparece la palabra 'Condominio calle y número'

Actualmente no tiene empleados y presenta declaración mensual por la retención que se hace al administrador bajo el régimen de asimilados y pago del IETU sobre dicho pago sin deducción alguna.

Los copropietarios pagan mensualmente una cuota de mantenimiento y de allí se pagan los gastos respectivos, no hay remanente distribuible, ya que lo que va sobrando se queda para gastos futuros.

Les mando un saludote y les agradezco de antemano la orientación que puedan darme,

LM
 
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08/May/11 10:30
Re: Declaracion Anual de un CONDOMINIO

Buen día:

Artículo 95. Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no lucrativos, además de las señaladas en el artículo 102 de la misma, las siguientes:

[…]

XVIII. Asociaciones civiles de colonos y las asociaciones civiles que se dediquen exclusivamente a la administración de un inmueble de propiedad en condominio.

[…]

Así pues, la fracción III del artículo 101 de la LISR, en relación con la obligación de las Personas Morales con Fines no Lucrativos, señala lo siguiente:

III. Presentar en las oficinas autorizadas a más tardar el día 15 de febrero de cada año, declaración en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada integrante.

A su vez, el penúltimo párrafo del artículo en comento, dispone lo siguiente:

Las personas a que se refieren las fracciones V a XIX del artículo 95 de esta Ley, así como las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos y las sociedades de inversión a que se refiere este Título, presentarán declaración anual en la que informarán a las autoridades fiscales de los ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas. Dicha declaración deberá presentarse a más tardar el día 15 de febrero de cada año.

Entonces, la declaración anual en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de dicho remanente corresponda a cada integrante, se deberá presentar a través del programa DEM y mediante el formato electrónico 21, a más tardar el 15 de febrero de cada año.

Cabe comentar que de acuerdo con el quinto párrafo del artículo 101 de la LISR que fue derogado el 07 de diciembre de 2009, Las asociaciones civiles que no tenían empleados y que únicamente prestaban servicios a sus asociados, no tenían obligación alguna.

Saludos y espero que esto sea de tu ayuda.





Editado: Mayo 08, 2011 10:33:07
 

 
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a_cano
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08/May/11 11:17
Re: Declaracion Anual de un CONDOMINIO

Estimado a_cano,

Mil gracias por responderme, especialmente en domingo por la mañana!!!!

Lo medular de tu respuesta es en que anexo debo hacerlo, ya que afortunadamente si tengo claro lo inherente a sus obligaciones, pero no sabía como presentarla.

Una duda màs (perdon por la ignorancia), como llego hasta el anexo 21?

Gracias por comentarme lo del párrafo derogado, ya que precisamente en la Guía de Obligaciones del condominio que tengo impresa y en la Cedula del RFC que saqué en 2008, no aparecía esa obligación.

Entonces, la declaración anual en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de dicho remanente corresponda a cada integrante, se deberá presentar a través del programa DEM y mediante el formato electrónico 21, a más tardar el 15 de febrero de cada año.

Cabe comentar que de acuerdo con el quinto párrafo del artículo 101 de la LISR que fue derogado el 07 de diciembre de 2009, Las asociaciones civiles que no tenían empleados y que únicamente prestaban servicios a sus asociados, no tenían obligación alguna.

Saludos y espero que esto sea de tu ayuda.


Nuevamente mil gracias y buen domingo!!!

LM
 
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08/May/11 11:53
Re: Declaracion Anual de un CONDOMINIO

Hola, sigue la duda...

Tengo instalado el DEM_10 y trae: DIOT completa, IETU y Multiple..

Dentro de esta solo me da opciones de anexos 1 a 10

¿como llego al anexo 21?

Gracias,

LM
 
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08/May/11 12:22
Re: Declaracion Anual de un CONDOMINIO

Buena tarde:

En relación con el archivo DEM_2011.exe, que incluye el sistema DEM, así como los formularios 18, 19, 20 y 21.

Te sugiero ingresar al siguiente enlace:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_9019.html

Saludos



Editado: Mayo 08, 2011 12:22:59
 

 
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a_cano
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08/May/11 12:28
Re: Declaracion Anual de un CONDOMINIO

Nuevamente GRACIAS, ¡ya se me hizo la luz! NO SE QUE HUBIERA HECO SIN LAS ORIENTACIONES QUE ME HAN BRINDADO.

Me pongo a trabajar

Buen día,

LM
 
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