Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
07/May/11 12:54
IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

QUE TAL COLEGAS, QUIERO PEDIRLES UN ENORME FAVOR, SU CRITERIO RESPECTO A ESTE CASO EN PARTICULAR:

IDE 2008
IDE 2009
IDE 2010


EN LOS 3 AÑOS INCREIBLEMENTE NO SE TOCO EL IDE Y NO QUIERE DECIR QUE NO SE CAUSARON IMPUESTOS POR LOS QUE SE PUDO HABERSE ACREDITADO Y COMPENSADO SEGUN LA REGLAS, SI NO MAS BIEN SIMPLEMENTE EL CONTADOR EN SU MOMENTO NO LO CONSIDERO.

QUE DICEN? ESTOY EN MI DERECHO DE RECUPERARLO?

SALUDOS.



Editado: Mayo 07, 2011 12:55:20
 
Perfil

jlchan
Teniente

Mensajes: 345
Ingresó: Julio 03, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/May/11 13:02
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

Buenas tardes jlchan.

De acuerdo al 5to parrafo del Art. 7 LIDE, pierdes el derecho de poderlo recuperar hasta por el importe que pudiste haber acreditado en cada ejercicio.

Por consecuencia la devolucion de saldo a favor, se veria mermada por esos importes.

Evalua la situacion de hacer complementarias y ver la forma de dejar ese IDE limpio, para que procedas a solicitar la devolucion con los respectivos requisitos que esto conlleva.

Suerte.

Saludos.
 
La verdad es absoluta o es relativa
 
Perfil

El_Juez_de_Hierro
Capitán Segundo

Mensajes: 369
Ingresó: Febrero 11, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/May/11 13:06
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

Efectivamente mi estimado Juez de Hierro, el numeral 7 es muy claro.

Aunque tengo una pregunta al autor del tema....¿ tuviste ISR a pagar en esos ejercicios ?



saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/May/11 20:25
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

Mira el problema que si se pudo acreditar en su momento, en teoria solo debes recuperarse el remanente que no se habria podido recuperarse mediante el acreditamiento.

Para efectos de la devolucion debe existir un dictamen, si estas obligado al mismo, pues es sencilla tu recuperacion.

Pero, por lo general la compensacion es la mejor opcion de recuperarse, si el acreditamiento no es posible aplicarse.

De haberse podido recuperarse mediante el acreditamiento y no se hizo, ya no se podra recuperarse, a menos que se intente mediante complementarias, los pagos efectuados se sustituiran a pagos de lo indebido. El IDE acreditado sustituira al pago, el cual se convertiria en pago de los indebido, de esta manera ya podría solicitarse devolucion o compensacion pero con una fecha de 5 años a partir de presentada la declaracion complementaria.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/11 10:15
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

LES AGRADEZCO,

EN EFECTO CPHUGO EL CONTRIBUYENTE SI CAUSO ISR EN LOS 3 EJERCICIOS FISCALES,

ASI TAMBIEN SOLO PARA COMENTAR, EL NUMERAL 7 ESTABLESE QUE SE PERDERA EL DERECHO AL ACREDITAMIENTO EN LOS EJERCICIOS SIGUIENTES Y HASTA POR LA CANTIDAD POR LA QUE SE PUDO HABERLO EFECTUADO, ES ESTE TENOR NO HABLA DE PERDER EL SALDO PARA SOLICITARSE EN DEVOLUCION, SIN ENBARGO EL MISMO ARTICULO ES MUY CLARO Y DEFINE LA REGLA PARA LLEGAR AL REMANENTE PARA SOLICITARSE EN DEVOLUCION.

SALUDOS,
 
Perfil

jlchan
Teniente

Mensajes: 345
Ingresó: Julio 03, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/11 10:25
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

...ESTOY EN MI DERECHO DE RECUPERARLO?


Hola, claro que si, DEBES OBSERVAR COMO MOVISTE TUS 'NUMEROS' A FIN DE QUE AFECTES SOLO LOS MONTOS QUE ESTAN PERMITIDOS POR LEY Y NO LOS QUE 'PERDISTE' PUDIENDO HABERLOS APLICADO


Saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/11 10:36
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

1.- Cuál es el fundamento legal que no permite la devolución o compensación de los importes no acreditados.
a) Se pierde el derecho al ACREDITAMIENTO, y tambien el derecho a la DEVOLUCION y COMPENSACION.

Ojala den el fundamento legal ya que es importantísimo, y vaya que asi aprendemos algo nuevo.
 
Perfil

taxfiscalistas
Subteniente

Mensajes: 162
Ingresó: Abril 08, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/11 11:22
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

Será que esta regla fue derogada, reformada?.


LIDE 7, 8
Acreditamiento, compensación y devolución del IDE
I.11.27. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IDE, los contribuyentes que en el mes de que se trate no tengan ISR a su cargo contra el cual puedan acreditar el IDE efectivamente pagado en dicho mes, en virtud de haber realizado el pago provisional del ISR correspondiente, de encontrarse disminuyendo pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, o bien, de haber efectuado el acreditamiento de otras cantidades a que tengan derecho conforme a las disposiciones de la Ley del ISR, podrán considerar que el acreditamiento del IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, con lo cual la diferencia que subsista a su favor pueda ser susceptible de acreditarse contra el ISR retenido a terceros en dicho mes.
Del mismo modo, los contribuyentes que en el mes de que se trate no tengan ISR retenido a terceros, o bien, habiéndolo tenido hayan efectuado el entero correspondiente o hayan acreditado contra éste otras cantidades a que tengan derecho conforme a las disposiciones de la Ley del ISR, podrán considerar que el acreditamiento de la diferencia de IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, permitiendo así la generación de una diferencia susceptible de ser compensada contra otras contribuciones federales en términos del artículo 23 del CFF.
Si después de efectuar los acreditamientos a que se refiere el artículo 8 citado, subsistiere alguna diferencia susceptible de compensarse, los contribuyentes que no hayan causado otras contribuciones federales, o bien, que hayan extinguido sus obligaciones de pago por cualquier medio permitido por las leyes fiscales, podrán considerar que la compensación de dicha diferencia se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, generando una diferencia susceptible de solicitarse en devolución.
La opción anteriormente señalada no releva al contribuyente de dictaminar la solicitud de devolución del IDE establecida en el artículo 8, cuarto párrafo de la citada Ley.
Lo anterior resulta aplicable en lo conducente a los mecanismos de acreditamiento, compensación y, en su caso, devolución a que se refiere el artículo 7 de la Ley del IDE. LIDE 7, 8, CFF 23
Devolución dictaminada
I.11.28. Para los efectos del artículo 8, cuarto párrafo de la Ley del IDE, se tendrá por cumplida la obligación de dictaminar la devolución mensual solicitada cuando el contribuyente se encuentre obligado a dictaminar sus estados financieros conforme al artículo 32-A del CFF.
LIDE 8, CFF 32-A
 
Perfil

taxfiscalistas
Subteniente

Mensajes: 162
Ingresó: Abril 08, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/11 12:39
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

Y q pasa con el decreto de facilidades administrativas del 30 de Junio de 2010 articulo cuarto? Dice q podran optar por no presentar el dictamen..................................................
...................

Salu2
 
Perfil

grupoimper
Capitán Primero

Mensajes: 809
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
09/May/11 16:29
Re: IDE EJERCICIO 2008, 2009, 2010, NO ACREDITADO Y NO COMPENSADO, SUJETO A DEVOLUCION?

BUENAS TARDES,


EXACTO......GRUPO IMPER, A DECIR VERDAD MIS SOLICITUDES DE SALDOS A FAVOR DE IDE HAN SIDO CON APEGO AL DECRETO, Y EN ESTE CASO EN PARTICULAR LA VOY A APLICAR, SI GUSTAN MAS ADELANTE COMENTARE LO QUE RESULTO.

SALUDOS,



Editado: Mayo 09, 2011 17:54:20
 
Perfil

jlchan
Teniente

Mensajes: 345
Ingresó: Julio 03, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2