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07/May/11 10:47
Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Buenos días. Mi duda es la siguiente y quisiera saber la opinión de ustedes al respecto.

Se trata de una persona física del régimen de actividades empresariales, que realizó un gasto el día último de mes, 30 de abril. El monto de la operación fue bastante considerable, algo más de $50,000.00 Ese mismo día realizó la transferencia bancaria para pagarle a su proveedor, y éste le expidió la factura con la fecha de ese día.

El problema está que, aun siendo realizada la transferencia y la factura hecha el día 30 de abril, el retiro en el estado de cuenta del contribuyente aparece reflejada hasta el día 2 de mayo; y me entró la duda de que si la deducción aplica para los pagos provisionales del mes de abril o para los de mayo.

Por lo que interpreto del artículo 125, fracción I de la LISR, el momento de deducibilidad sería en el mes de abril; y que únicamente cuando el modo de pago sea en cheque este momento se posterga hasta el día en que sea cobrado. Espero tengan a bien expresar su opinión sobre si estoy en algún error o estoy en lo cierto. A lo mejor desconozco alguna otra disposición que reglamenta el momento de deducibilidad de las transferencias bancarias. Saludos y gracias de antemano.
 
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darvinronzon
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07/May/11 13:20
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Hoal mi estimado:

Para ISR, yo digo que si aplica la deducción..

Artículo 125 LISR. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:

frcc I Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate...

segun tu servidor para efectos de ISR, si se hace como dices, es decir lo aplicas en el mes de abril debido a que cuentas con el comprobante en original..

articulo en comento, utlima fraccion:

fcc VIII: Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio, se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose únicamente de la documentación comprobatoria a que se refiere el primer párrafo de la fracción III del artículo 31 de esta Ley, ésta se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción.

a mi interpretacion el articulo 125 no te maneja flujo de efectivo, de ser así lo aplicarias en mayo.

los requisitos para la deduccion de esta seccion Act empresarial estan en el 31 LISR, checate el penultimo parrafo del articulo 125.

ahora para:

art 6 LIETU....

frcc I Que hayan sido efectivamente pagadas al momento de su deducción, [u]incluso para el caso de los pagos provisionales[/u]...

aqui para mi parecer ya no aplica porq la ley del ietu ya te limita a un pago provisional, y en el mes de abril no fue efectivamente pagada. aun cuando se tenga el comprobante de la transferencia, pk segun yo con checaria con los movimientos del estado de cuenta...

mismo caso para el acreditamiento del IVA, que IVA e IETU se manejan mediante flujo de efectivo.

lo efctivamente pagado,,,, me lo dedusco... lo efectivamente cobrado me lo acumulo...

Saludos.

espero te sirva un poco lo que comento...
 
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lsanchez
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07/May/11 13:22
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Dale una vista al tercer párrafo del numeral 17 CFF.


Haber si aplica o no.....

saludos
 
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CPhugoocejo
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07/May/11 13:26
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria
Dale una vista al tercer párrafo del numeral 17 CFF.


Haber si aplica o no.....

saludos


Exactamente mi estimado Hugo, por ahi esta la respuesta, ademas de buscar otra opcion de extincion de la obligacion en el Codigo Civil.

Saludos.
 
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El_Juez_de_Hierro
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08/May/11 04:06
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Gracias por sus opiniones, lsanchez, CPhugoocejo y El_Juez_de_Hierro. Me han sido de gran ayuda para dilucidar mi interrogante. Eché una leída a cada uno de los artículos que han mencionado y me ha parecido bastante propicio lo expresado en el tercer párrafo del artículo 17 del CFF, citado por CPhugoocejo; en donde se establece que, cuando el medio de pago sea transferencia electrónica, las contraprestaciones se considerarán efectivamente cobradas en el momento en que se realice dicha transferencia.

Lo anterior me brinda muchas razones para suponer (empleando la simetría fiscal) que para, el que paga por transferencia, su deducción ha sido efectivamente pagada en el momento en que realiza dicha transferencia, a pesar de que la transacción se refleje en el estado de cuenta en un momento posterior. Bueno, al menos, a esa conclusión llegué.

Nuevamente. gracias por sus respuestas. Un cordial saludo.
 
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darvinronzon
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08/May/11 11:01
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Buenos dias darvinronzon

Aunque ya tienes respuesta, te comento lo siguiente:

Un caso exactamente igual.
Se hace la transferncia el 30-Abril.......En el estado de cuenta de abril NO aparece aplicado.
Pero en consulta de movimientos de Mayo.... aparece con fecha 30 Abril.

Es en Banorte

Saludos
 
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vabdo
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09/May/11 10:24
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Si, pero para efectos de poder deducir hay que cumplir los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales.



Saludos a todas
 
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taxfiscalistas
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09/May/11 10:32
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

Hola taxfiscalistas

Cual es tu opinion.

Se puede o no se puede.

En el caso especifico que tengo de ejemplo.


Saludos
 
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vabdo
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09/May/11 10:50
Re: Momento de deducibilidad de gastos pagados mediante transferencia bancaria

vabdo.

Para efecto de deducción efectivamente erogada si se puede, en lo personal veo que podemos optar por deducir siempre y cuando se cumpla con lo establecido por el Art.29-C del CFF.

Editado: Mayo 09, 2011 10:51:07
 
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taxfiscalistas
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