02/May/11 14:48
Re: DECLARACIONES MENSUALES NO PRESENTADAS
Coincido con el compañero.
Son dos obligaciones distintas: 1 la de presentar pagos provisionales y otra la de la anual.
Si bien los pagos provisionales son a cuenta de la declaracion anual, el hecho que se presenten
Quizas ya no te corresponda pagar pagos provisionales, en cuyo caso, solo se cubran recargos en la anual por los pagos provisionales no pagados conforme a coeficiente de utilidad o como se generen su pago, pero que seria mejor poner un cero, pues de cubrirse resultaría un saldo a favor, por esta razon solo se cubririan recargos y ya no generar el saldo a favor de la declaracion anual. Pero las declaraciones de pagos provisionales deben de hacerse de cualquier modo aunque sea en ceros o en su defecto pagarse con los recargos correspondientes. Sin importar que la anual ya se haya presentado.
Y efectivamente, la LISR jamas expresa un motivo para no presentar pagos provisionales. asi que no podriamos considerarse de esta manera, la de no presentarse aun presentando la anual.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?