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29/Abr/11 11:53
imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Estoy intentando enviar una declaración anual en donde un contribuyente persona fisica que primero presto servicios y ahora vende equipo de computo, estuvo tributando en las actividades profesionales y a medio año cambio régimen intermedio PERO NO SE HABILITAN AMBAS ACTIVIDADES no se que hacer con este contribuyentes para su declaración anual 2010.


Consejos, quejas, etc.

Saludos
 
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choco75
Teniente

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29/Abr/11 12:38
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

interemedio y actividad profesional son incompatibles, ahora... la solución es hacer la declaración de manera Manual...

pero antes que nada , infórmate sobre la procedencia de ese tipo de declaración
 
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bandido07
Capitán Primero

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29/Abr/11 13:25
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Es que los regímenes nunca convivieron el contribuyente fue a a hacienda le hicieron la baja de servicios profesionales y en la misma actualización le dieron de alta el régimen intermedio, este movimiento se hizo en junio de 2010.
 
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choco75
Teniente

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29/Abr/11 14:10
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Las contribuciones se causan por ejercicios fiscales, por lo que no puede existir regimen intermedio y actividad empresarial y profesional en el mismo ejercicio, fundamento:

Artículo 6o CFF.- Las contribuciones se causan conforme ..................................
Cuando las disposiciones fiscales establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variarla respecto al mismo ejercicio.


Artículo 134 LISR. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por
 
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elvin
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29/Abr/11 14:15
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Buena tarde:

Mi estimado, no pueden tributar en el mismo ejercicio dos régimenes incompatibles, como lo son servicios profesionales y régimen intermedio.

Así pues, te sugiero analizar lo que dispone el último párrafo del artículo 6 del Código Fiscal de la Federacion:

'Cuando las disposiciones fiscale establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variar respecto al mismo ejercicio.'

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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29/Abr/11 14:33
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Pero en la VIDA REAL....que pasa ?? Si el contribuyente se DEDICO a otra cosa partir del mes de JUNIO y tuvo que cambiar de REGIMEN FISCAL....que procedimiento sigue para calcular sus impuestos(Declaracion Anual)...ahora la gente del SAT fueron los que ACTIVARON LA OBLIGACION? o se hizo via internet ??
En lo personal me a tocado que siendo INTERMEDIO no puedes cambiarte a REPECO.

De alguna forma ya se dieron los hechos ...y ahora debe presentarse la Declaracion Anual
y que te comenta la gente del SAT? procede presentarla en Papel?
 
La ignorancia es temporal, la estupidez es para siempre
 
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JOEGON
Capitán Segundo

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29/Abr/11 15:46
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Los comentarios que me anteceden son correctos.

Sin embargo como comenta JOEGON.

La realidad es otra.

Te lo digo por experiencia, (año 2009).
Cambio de regimen: Honorarios Profesionales a intermedio (en Abril-2009).

La anual se efectuo, bajo regimen intermedio.

Por ser actividad vigente (consultamos en el SAT, y fue la sugerencia)..


Saludos



Todo puede pasar...............preguntame.......
 
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vabdo
General de Brigada

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29/Abr/11 18:27
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

Si de acuerdo hable al SAT tuve que hacer 4 llamadas por que siempre iban a consultarlo y me mantenían en la leana digo en la linea y 3 veces me cortaron hasta alguien me sugirió lo que vabdo llene el declarasat con el régimen vigente o sea régimen intermedio. No me satisfiso del todo la solución la verdad no encuentro fundamento legal para que esto no se pueda. Ni modo así se aprende a veces.

Conclusión no se puede tributar en actividades profesionales por que esta incluida con las empresariales y después cambiar al regimen intermedio. En la practica se puede pero en teoria esto esta impedido. El declarasat regula (¿o legisla?) esta situacion.

Saludos y Gracias por sus aportaciones





Editado: Abril 29, 2011 18:35:17
 
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choco75
Teniente

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29/Abr/11 23:25
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

El declarasat regula (¿o legisla?) esta situacion.


Hola,

El declarasat regula, porque la ley no es redactada por el SAT.

Es curioso, pero si tu en una declaración mensual de impuestos te equivocas y señalas un impuesto que no tienes señalado en tu constancia, después el SAT te manda un aviso de que como pagaste ese impuesto, te da de alta la obligación.

Mi punto es que realmente tú declaras, y lo que declares te lo deben tomar como bueno, salvo prueba en contrario (el SAT lo debe de probar), el régimen intermedio es parte del régimen de activs empresariales y profesionales y el impuesto que vas a pagar es el mismo que si lo pagaras por la otra opción de activs empresariales y profs.

Al final es una cuestión de forma y no de fondo.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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29/Abr/11 23:28
Re: imposible régimen intermedio y servicios profesionales en declarasat

El declarasat regula (¿o legisla?) esta situacion.


Hola,

El declarasat regula, porque la ley no es redactada por el SAT.

Es curioso, pero si tu en una declaración mensual de impuestos te equivocas y señalas un impuesto que no tienes señalado en tu constancia, después el SAT te manda un aviso de que como pagaste ese impuesto, te da de alta la obligación.

Mi punto es que realmente tú declaras, y lo que declares te lo deben tomar como bueno, salvo prueba en contrario (el SAT lo debe de probar), el régimen intermedio es parte del régimen de activs empresariales y profesionales y el impuesto que vas a pagar es el mismo que si lo pagaras por la otra opción de activs empresariales y profs.

Al final es una cuestión de forma y no de fondo.

Saludos

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migueljurado
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