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15/Abr/11 16:30
IVA EN FLETES PRESTADOS A UN EXTRANJERO

Hola una duda, tengo una empresa Mexicana que presta servicios de flete a una extranjera, pero el flete se presta en su totalidad en territorio nacional, en principio entiendo que deberia de estar gravado al 16% de IVA porque no se cumple con lo establecido en el art. 29 LIVA y 60 RIVA, sin embargo pienso que se podria considerar una exportacion de servicios a tasa 0% considerando que el art. 14 LIVA señala que se considera prestacion de servicios independientes ' el transporte de bienes y personas' y el ultimo parrafo del art. 29 LIVA menciona que aplicara la tasa del 0% a los residentes en el pais que presten servicios personales independientes que sean aprovechados por residentes en el extranjero sin establecimiento en el pais.

A mi me paga directamente el extranjero y por ello considero que el servicio se aprovecha en el extranjero. Ademas si estuviera gravado al 16% que haria el extranjero en su pais con ese pago de IVA, que no es un impuesto acreditable para el, puesto que no es un ISR?
 
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juventus
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15/Abr/11 19:18
Re: IVA EN FLETES PRESTADOS A UN EXTRANJERO

Buena tarde:

Disculpa,retire el comentario, no aplicaba.... no se borrarlos..

Saludos

Editado: Abril 15, 2011 19:21:46
 

 
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a_cano
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15/Abr/11 22:49
Re: IVA EN FLETES PRESTADOS A UN EXTRANJERO

LIVA

Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

ACTUALIZAS DENTRO DE ESTE SUPUESTO ?

SALUDOS
 
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lobozac
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15/Abr/11 22:55
Re: IVA EN FLETES PRESTADOS A UN EXTRANJERO

LIVA

Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I...

II.- Presten servicios independientes.




Artículo 14.- Para los efectos de esta Ley se considera prestación de servicios independientes:

...

II.- El transporte de personas o bienes.



Artículo 16.- Para los efectos de esta Ley, se entiende que se presta el servicio en territorio nacional cuando en el mismo se lleva a cabo, total o parcialmente, por un residente en el país.

En el caso de transporte internacional, se considera que el servicio se presta en territorio nacional independientemente de la residencia del porteador, cuando EN EL MISMO SE INICIE el viaje, incluso si éste es de ida y vuelta.


CREO QUE LOS ARTICULOS EN MENCION TE SEÑALAN DE MANERA MUY CLARA QUE.........DEBERAS DE AFECTAR LAS OPERACIONES AL 16 % DEL IVA



...y el ultimo parrafo del art. 29 LIVA menciona que aplicara la tasa del 0% a los residentes en el pais que presten servicios personales independientes que sean aprovechados por residentes en el extranjero sin establecimiento en el pais...

NO TE CONFUNDAS............UNOS SON, LA prestación de servicios independientes

Y OTROS; LA prestación de servicios personales independientes...........ÉSTE..........NO ES TU CASO

COMENTAS ?

GRACIAS



SALUDOS

Editado: Abril 15, 2011 23:02:02
 
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lobozac
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15/Abr/11 22:59
Re: IVA EN FLETES PRESTADOS A UN EXTRANJERO

No crees que te contradices dejame expresarte donde:

...el flete se presta en su totalidad en territorio nacional, en principio entiendo que deberia de estar gravado al 16% de IVA porque no se cumple con lo establecido en el art. 29 LIVA y 60 RIVA, sin embargo pienso que se podria considerar una exportacion de servicios a tasa 0% considerando que el art. 14 LIVA señala que se considera prestacion de servicios independientes ' el transporte de bienes y personas' y el ultimo parrafo del art. 29 LIVA menciona que aplicara la tasa del 0% a los residentes en el pais que presten servicios personales independientes que sean aprovechados por residentes en el extranjero sin establecimiento en el pais...


Como pudiese considerarse exportacion si el servicio es nacional. Porque crees que no se cumple lo del art 29 LIVA y 60 RIVA. De ser una exportacion, entonces precisamente ya se habria cumplido lo referido en dichos articulos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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15/Abr/11 23:02
Re: IVA EN FLETES PRESTADOS A UN EXTRANJERO

¿existe un RFC a quien le retienes?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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