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30/Mar/11 17:50
Datos del emisor equivocados

Buenas Tardes.
Cuando en una factura electronica los datos del emisor tiene equivocados el RFC Y LA DIRECCION, y los datos del receptor estan correctos, es deducible la factura? el problema de quien es? del emisor o del receptor?

Espero me haya entendido

Saludos
 
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jesuspablo
Sargento Primero

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30/Mar/11 18:29
Re: Datos del emisor equivocados

de los dos...
salvo que pudieras deducirlo con el edo de cta
 
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bandido07
Capitán Primero

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30/Mar/11 19:48
Re: Datos del emisor equivocados

Hola que tal jesuspablo:

Cuando en una factura electronica los datos del emisor tiene equivocados el RFC Y LA DIRECCION


A ver si te entendi, te lo comento con un ejemplo: juan perez lopez, RFC: LOPJ820508PY5, con direccion fiscal. av. de los reporteros # 505, te emite un CFD pero sus datos aparecen de esta manera: Juan Perez Lopez RFC: llop001598p89 dir. paraiso de los diputados #65465, y al respecto de tu duda de que si es deducible a mi particular punto de vista no, por lo siguiente:

Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Los comprobantes fiscales digitales deberán contener el sello digital del contribuyente que lo expida, el cual deberá estar amparado por un certificado expedido por el referido órgano desconcentrado, cuyo titular sea la persona física o moral que
expida los comprobantes. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce, o usen servicios deberán solicitar el comprobante fiscal digital respectivo.

Artículo 29-A.- Los comprobantes a que se refiere el Artículo 29 de este Código, además de los requisitos que el mismo establece, deberán reunir lo siguiente:

I.- Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del registro federal de contribuyente [color=blue]de quien los expida[/color]. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, deberán señalar en los mismos el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.
II. Contener el número de folio asignado por el Servicio de Administración Tributaria o por el proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales y el sello digital a que se refiere la fracción IV, incisos b) y c) del artículo 29 de este Código.
III.- Lugar y fecha de expedición.
IV.- Clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien expida.
V.- Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.........

La fracc.. I del 29-A te dice que deben de venir el RFC del Contribuyente que lo expidió lo cual no es asi ya que el rfc (tomado de mi ejemplo) no corresponderia al que legalmente esta dado de alta...

Espero te sirva.

saludos.
 
* Se el ser humano mas exigente para aprender, pero el mas paciente para enseñar'.. =)
 
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lsanchez
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