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26/Mar/11 13:13
COSTO TERRENO Y CONSTRUCCION POR DEMOLER

Buenos días a todos.

Una Persona Moral adquiere un terreno que a su vez contiene una construcción por 1'400,000.
En el Contrato de Compraventa no se estipula que valor corresponde al terreno y que valor a la construcción, solamente un valor por ambos.
La construcción fué demolida a los pocos meses de que se cerró el trato.

Mis preguntas al respecto son:
*Al no estar separado el valor del terreno y de la construcción en el contrato de compra-venta, hay alguna resolución o regla que aplique para Personas Morales para separar el valor ?. Nota: El artículo 151 de la LISR dice que en el caso de Personas Físicas, se considera 20% para valor del terreno.
*Al ser demolida la construcción, ¿puedo considerar como una deducción en el ejercicio el valor de la construcción?, de ser así, ¿cómo lo puedo amparar?, ¿La factura por el trabajo de demolición sería suficiente?

De antemano, gracias por su atención.

Editado: Marzo 26, 2011 13:13:37
 
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danielk19
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26/Mar/11 14:42
Re: COSTO TERRENO Y CONSTRUCCION POR DEMOLER

El gasto que tuviste para demoler, deberia de formar parte del costo que va tener la construccion del nuevo inmueble.
Si seria una deduccion ese costo, pero hasta que vendas el inmueble...
Antes que nada, a que se dedica la empresa???


Saludos.
 
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cmvdominguez
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28/Mar/11 11:43
Re: COSTO TERRENO Y CONSTRUCCION POR DEMOLER

Se trata de un comercio que atiende al público en general.
La intención de la compra del terreno es construir y aperturar una nueva sucursal.
 
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danielk19
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28/Mar/11 13:12
Re: COSTO TERRENO Y CONSTRUCCION POR DEMOLER

Buen día.

Te hare algunas preguntas y me respondere yo mismo; espero te sea de utilidad:

1 Para una operación de este tipo (adq de inmuebles) se debió realizar un avaluo, investiga con el notario que dio fe de la operación, èl debe tener el avaluo autorizado y en este se debe describir el valor del terreno y el valor de la construcción. Forzosamente el notario debio apegarse al avalùo.

2 Al adquirir el terreno mas la construcción, se debió pagar el IVA que correspondia a la construcción, o ¿se trata de un bien destinado a casa habitación?, si es asì, no encontrarás la generación de IVA.

3 Sobre la demolición, esta es una deducción, pero funciona asì (cronológicamente con la operación que se realizó)

- Al comprar el bien, se considera como AF edificios la construcción.
- Al demoler, se da de baja el bien porque deja de ser útil (aplicando lo que LISR señala para estos casos).
- Tienes una deducción adicional por la demolición del edifiio, aunque en estos casos, sobran personas que lo demuelen 'gratis' solo acordando con ellos que les pertenece el acero reciclabe que logren rescatar (así no te cuesta demoler).



Editado: Marzo 28, 2011 13:13:22
 
 
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neonato
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19/Abr/11 14:37
Re: COSTO TERRENO Y CONSTRUCCION POR DEMOLER

Ni que mas decir, neonato a explicado...salu2
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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