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24/Mar/11 16:08
ALTA POR HORAS POR SEMANA

Hola buenas tardes, quisiera saber su opinión en relación a la afiliación de trabajadores
por horas, especificamente son maestros y trabajan por horas a la semana, pero hay maestros que solo dan 5 horas por semana, el costo por hora varia desde $50 hasta $60
si yo divido lo que ganan por semana entre 7 días, no alcanza ni el minimo por día.
No se si alguien ya haya llevado casos similares y pudiera auxiliarme en como o bajo que lineamientos doy de alta ante el IMSS a mis maestros que trabajan x horas, gracias.
 
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veromamp
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24/Mar/11 16:23
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Hola buenas tardes:

Se sigue un procedimiento similar al que especificado, según el REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN léase su Art, 62.

Pero, si le resulta inferior al SMG del area geográfica, deberá de ajustarlo al mismo, para efectos de la alta correspondiente, incluyéndose con las prestaciones laborales mínimas aplicables.


Artículo 62. El patrón o sujeto obligado, al presentar el aviso afiliatorio deberá:

I. Si el trabajador labora jornada reducida, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que dicho trabajador perciba por cada unidad de tiempo en una semana y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región deberá ajustarse a éste;

II. Si el trabajador labora semana reducida y su salario es fijado por día, determinar el salario base de cotización sumando los salarios que perciba por los días trabajados en una semana, más el importe de las prestaciones que lo integran y la parte proporcional del séptimo día y los dividirá entre siete; el cociente será el salario base de cotización. Si el salario así calculado resultara inferior al mínimo de la región respectiva deberá ajustarse a éste, y

III. Si el trabajador labora jornada y semana reducidas, determinar el salario base de cotización, según sea que el salario se estipule por día o por unidad de tiempo, empleando la fórmula que corresponda de las señaladas en las dos fracciones anteriores.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Mar/11 16:33
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Tienne que estar asegurados, como minimo el mismo salario minimo integrado
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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24/Mar/11 16:33
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Tienne que estar asegurados, como minimo el mismo salario minimo integrado
 
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vabdo
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24/Mar/11 16:39
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Hola muchas gracias por su ayuda, según comprendi el salario diario con el que se asegure el trabajador nunca podra ser inferior al minimo.?
Pero si puedo darlo de alta por 3 o 5 días según los días que trabaje el maestro?
 
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veromamp
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24/Mar/11 16:50
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Nop, debe considerar el mes completo, excepto si deseara incluir días por ausentismos en las determinaciones de las COP, por las cuales el SUA solamente le deben considerar como aptos únicamente hasta 7 días.
 
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enrique9727
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24/Mar/11 16:57
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Desgraciadamente, en el Congreso nunca han querido destrabar la iniciativa de considerar salarios diarios, en lugar de SMG por día. Pocas veces se ponen de acuerdo en el Congreso.

Considero que con esta medida, mejoraría en parte la productividad e incluso la la microeconomía, pues se realizarian acuerdos o contrataciones en base a horas, buscándose medidas productivas y además en función a esto, se pagarían las contribuciones correspondientes.

Pero si seguimos igual, los patrones continuarán pagando a río revuelto.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Mar/11 23:29
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Hola vero buenas noches

¿Que le parecen las opiniones de los expertos?

Permítame participar, sólo unas pequeñas precisiones:

a) ¿Está segura de la afiliación obligatoria? Hay un acuerdo del Instituto para el caso específico de prestadores de servicios como los maestros, le recomiendo su lectura

b) Si la afiliación es un hecho entonces, como bien se lo comentaron ya, deberá optar por la semana o jornada reducida.
La semana reducida se configura cuando el trabajador labora número de días inferior al establecido como una semana por la Ley Federal del Trabajo, pero esos días son completos.
La jornada reducida se actualiza cuando el tiempo que labora el trabajador es inferior a los máximos establecidos por la misma LFT, y en el cual el salario se determina por unidad de tiempo.
Le sugiero apegarse al procedimiento señalado en el reglamento de afiliación para determinar el correcto SBC
Al registrar al trabajador con este tipo de pagos tiene la ventaja de una cuantía menor en los cuotas pero ojo , mucho ojo, deberá indicarlo así al momento del alta, tanto en IDSE como en SUA

c) Me llama la atención lo que le paga a su gente por hora ,,,,,,,, muy barato. Perdón por mi atrevimiento pero, ni un maistro albañil

Discúlpeme Ud

Le mando un cordial saludo y si desea mayor información estoy a sus órdenes

vcaspe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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25/Mar/11 10:06
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

Muy buenos días a todos en el foro gracias por sus aportaciones, y en relación al compañero que hace mención de un acuerdo, me gustaria si alguien tiene conocimiento
de tal convenio me lo pudiera hacer llegar, o alguna información para ver donde lo puedo consultar?
Buen día..
 
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veromamp
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25/Mar/11 22:18
Re: ALTA POR HORAS POR SEMANA

No existe tal convenio, puesto no lo ha negociado ni lo ha firmado por su cuenta con la autoridad. A lo que se han referido es a un acuerdo emitido por el consejo tecnico del IMSS. El detalle que los acuerdos deben apegarse a la LSS actual, algunos de los acuerdos habrian quedado en el aire con la implementacion de la LSS actual, y en el mejor de los casos adecuarse a las disposiciones o el articulado que tendrian su equivalencia. Pero todo patron de alguna manera de proporcionales seguridad social a sus trabajadores de planta o eventuales y esto en ocasiones mediante el acuerdo pudiesen aplicarlo, pero el patron debe contar con las posibilidades de que no exista la sustitucion solidaria por parte del IMSS. El patron actuaria directo.

Ahora ese tipo de acuerdo practicamente se aplicarian a Instituciones educativas que cuentan con sus propio sindicato y que bajo el mismo se les asigna o mantinen bajo su tutela una institucion de seguridad social o de salud. El detalle por LFT el patron debe otorgar la seguridad social y por medio de la LSS, el IMSS en sustitucion del patron ejerce el proporcionarle a sus trabajadores la seguridad social, pero esa instucion de salud tambien tendria injerencia el patron, precisamente de manera exclusiva a sus trabajadores, teniendo trabajadores eventuales, no quedarian desamparados, pero como serian profesores muy eventuales o de pocas horas ya no cubririan el seguro social, pero de cualquier manera el patron no se escapa de entregarle la seguridad social a su trabajador, no importando que labore tan solo 1 hora al mes.
 
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enrique9727
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