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04/Mar/11 11:19
Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

De acuerdo con los Arts. 65 de la Ley del Seguro Social 1973, y Art. 58 de la ley vigente, a los pensionados por Incapacidad permanente parcial, se les otorgará un aguinaldo anual de 15 dias (en casos con mas del 50% de incapacidad). Sin embargo, tengo entendido que el IMSS estáotorgando 30 dias de aguinaldo, basado en un Acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS. Si alguno de ustedes lo tiene les agradeceria me compartieran la referencia, es decir numero, fecha y la transcripcion del párrafo sustantivo o el envio del documento. Gracias anticipadas por su apoyo.
 
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EpiHC
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04/Mar/11 12:52
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

Epifanio...ya hablo usted al imss...al depto. de auditoria a patrones ???


saludos
 
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JOEGON
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08/Abr/11 23:01
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

Gracias JOEGON Teniente, por tu interes y respuesta. Acudi al IMSS y ya obtuve la referencia del Acuerdo de Consejo Tecnico, pero no en Auditoria a Patrones sino en Prestaciones Económicas.
 
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EpiHC
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09/Abr/11 02:13
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

Hi, buenas noches:

¿Nos puede compartir ese acuerdo tecnico?

Nos pone la duda, ahora se quedo la duda en el foro. Aunque Usted ya lo soluciono. Afortunadamente y que bueno.

Aunque sea un pequeñito resumen... Le agradeceriamos enormemente, su generocidad. Gracias anticipadamente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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11/Abr/11 10:30
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

Les comparto la referencia, que es lo que logré obtener en el IMSS: Se trata del Acuerdo No. 334 del 21 de septiembre de 1994, emitido por el H. Consejo Tecnico del IMSS, que en su parte sustantiva dice que 'se autoriza el pago de una mensualidad del importe que reciban'; no obstante, logré averiguar que el propio Instituto está pagando un mes de aguinaldo con base en dicho Acuerdo, en vez de los 15 dias que al efecto señala la Ley del Seguro Social.
Espero que les sea de utilidad, y si alguno de ustedes tiene el documento completo, tambien les agradeceríamos nos lo compartan.
 
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EpiHC
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11/Abr/11 21:35
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

Oiga Epifanio, se me hace que ha pifiado por partida doble. Los 15 dias no los señala la LSS, sino la LFT.

Y me parece que tampoco el acuerdo señala tal obligacion. Sino mas bien cualquier otra disposicion de la ley o en su defecto algun contrato laboral. Los acuerdo no generan nuevas, menores o mayores obligaciones, simplemente expresan un criterio de accion sobre un punto en especifico. Es decir, el IMSS como figura revisora y verificadora, emiteria un criterio por escrito, pero siempre en base a fundamentaciones legales que habrian estudiado por su cuenta.
 
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enrique9727
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13/Abr/11 23:21
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

:neutral: Buenas noches. El articulo 58 fraccion IV nos dice:

Code:
IV. El Instituto otorgará a los pensionados por incapacidad permanente total y parcial con un mínimo de más del cincuenta por ciento de incapacidad, un aguinaldo anual equivalente a quince días del importe de la pensión que perciban.


Si los 15 dias resultan menores a la mensualidad que recomienda el acuerdo, hay que reconocer el esfuerzo y el trabajador, claro que no respingará.

El Lic.

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pepesoto
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14/Abr/11 14:01
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

Amigo Enrique 9727 me parece importante hacer la precisión de que estamos hablando del aguinaldo DE UN PENSIONADO POR EL IMSS QUE YA NO LABORA para un patrón, no de un trabajador en activo, por tanto la disposicion legal que le aplica si se encuentra establecida en la Ley del Seguro Social y no en la Ley Federal del Trabajo, ya que quien le está pagando el referido aguinaldo es precisamente el IMSS y no un patrón.
Tal vez no hice el planteamiento con toda claridad.
Agradezco al Lic. su comentario
 
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EpiHC
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15/Abr/11 17:18
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

El Acuerdo siempre deberá estar fundamentado por LSS. Sino no pega el chicle.

Ya le pasaron el fundamento. Por eso le solicitaba el acuerdo con el fin de observarlo.

El Consejo Tecnico no tiene facultades para estar legislando egresos superiores a los que ya se formularon en las leyes de la materia.
 
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enrique9727
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15/Abr/11 22:02
Re: Aguinaldo en IPP por Acuerdo del H. Consejo Tecnico

:neutral: BUenas noches. Es raro ese acuerdo. Ya me picó la curiosidad. Voy a ver si lo encuentro. Al acuerdo, x supuesto.

El Lic.

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pepesoto
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