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02/Mar/11 13:32
Factura Deducible

Se pagó una factura en febrero pero la factura que me expidio mi proveedor no estaba bien ya que tenia mal el certificado digital, ahora me va a expedir otra pero con fecha de marzo ya que tambien tuvo unos problemas con su sistema y no puede facturarme con fecha de febrero, es deducible para mi esa compra pagada en febrero? Gracias.
 
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cplilly
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02/Mar/11 14:30
Re: Factura Deducible

Hola lilly:

es deducible para mi esa compra pagada en febrero?


En mi opinión si es deducible ya sea para IETU e IVA, porque acuerdate que ambos en sentido comun se manejan en base al flujo de efecitvo, efectivamente cobrado y efectivamente pagado.

Para efectos de IVA:

Artículo 5o.- Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes requisitos:

I...

III. Que el impuesto al valor agregado trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate;


Para efectos de IETU:

Artículo 6. Las deducciones autorizadas en esta Ley, deberán reunir los siguientes requisitos:

I...

III. Que hayan sido efectivamente pagadas al momento de su deducción, incluso para el caso de los pagos provisionales. Tratándose de pagos con cheque, se considera efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado. Igualmente, se consideran efectivamente pagadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente pagado cuando la obligación se extinga mediante compensación o dación en pago.
Se presume que la suscripción de títulos de crédito por el contribuyente, diversos al cheque, constituye garantía del pago del precio o de la contraprestación pactada. En estos casos, se entenderá efectuado el pago cuando éste efectivamente se realice o cuando la obligación quede satisfecha mediante cualquier forma de extinción.
Cuando el pago se realice a plazos, la deducción procederá por el monto de las parcialidades efectivamente pagadas en el mes o en el ejercicio que corresponda.

Ahora bien respecto a las fechas de la factura, en mi opión pide que te hagan una sustitución de factura que te corrigieron incialmente, y que en la nueva factura te indiquen (ademas de los articulos comprados) el numero de la factura cancelada y el mes al que corresponde, con la leyenda 'Esta factura sustituye a la factura número___, expedida con fecha___'.

Saludos.

Para efectos de ISR te comento lo siguiente, si se trata de PM, determinas pagos provisionales con CU (salvo casos especiales) por lo tanto esta factura no jugaria para efectos del pago provisional del mes de Febrero, pero si se trata de una persona física, te la deduces de la misma manera que para IVA e IETU.

LISR:

Artículo 125. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:

I. Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran
efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

Igualmente, se consideran efectivamente erogadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.

Espero te sean útlies mis comentarios.
SAULDOS
 
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lsanchez
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02/Mar/11 16:00
Re: Factura Deducible

simplificando las cosas, si es tasa 16% y aparece el RFC del proveedor en tu estado de cuenta.... no necesitas mas (claro.... registrarlo en tu contabiidad debidamente)
 
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bandido07
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02/Mar/11 16:12
Re: Factura Deducible

Estimado Luis....una precisión...No todo en IVA-IETU es flujo............revisa el 1-B LIVA.



CPlily, ......Y.............Todavía simplificando.........revisa si cumples con el 29-C CFF.


saludos
 
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CPhugoocejo
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02/Mar/11 17:25
Re: Factura Deducible

Que tal buenas tardes CPhugoocejo:

Para mi comentario partí por lo dicho por lilly [quote]Se pagó una factura en febrero pero la factura [/quote], pues asumí que hablaba de un pago con cheque...

Entiendo que el art. 1-b de la LIVA habla de cualquier extinción de la obligación, es decir no solo reconoce como pago en especie, si no tambien en bienes, en la prestación de un servicio.. es decir me fui por lo dicho por lilly ya que ella maneja pago con cheque.

Aunque analisando la oracion veo q jamas diche se pago con cheque vdd :D.


Anote los articulos, porque en un topico un sr. forista comento que habia que fundamentar lo dicho por uno, es por eso que hice el testamento, digo el comentario tan amplio. Con un simple si o un no habia bastado, pero luego vienen con la pregunta ¿y el fundamento?.

Saludos, que tengan un excelente inicio de mes.

Pdta. Comprendanme voy iniciando jejeje...
 
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lsanchez
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02/Mar/11 17:38
Re: Factura Deducible

Si, el pago fue realizado con cheque. Gracias por aclarar mi duda :)
 
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cplilly
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02/Mar/11 18:27
Re: Factura Deducible

Entiendo el tema mi estimado Luis.

Transcribo parte de lo que comentaste inicialmente.......


, porque acuerdate que ambos en sentido comun se manejan en base al flujo de efecitvo, efectivamente cobrado y efectivamente pagado.



Mira, despues de la ' coma ', mencionas......porque acuerdate que ambos en sentido comun se manejan en base al flujo de efecitvo, , es decir, generalizas el sentido de ambos gravamenes.....es decir, flujo.....he ahí la precisión que comentaba......

Pd-. Lo que pasa es que tu servidor ' no pasa ' los detalles....jejeje, saludos...
 
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CPhugoocejo
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02/Mar/11 19:16
Re: Factura Deducible

Se pagó una factura en febrero pero la factura que me expidio mi proveedor no estaba bien ya que tenia mal el certificado digital, ahora me va a expedir otra pero con fecha de marzo

HOLA, SI SI ES DEDUCIBLE.........HAZ TUS AJUSTES EN LIBROS Y PIDELE A TU PROVEEDOR QUE TE EXTIENDA UNA CARTA ACLARATORIA, ANEXALA A LA PAPELERIA DEL MES.....(LO QUE ABUNDAS, NO PERJUDICA)...Y PROCEDE CON LA DEDUCCION..........EN FEBRERO...QUE FUE CUANDO LA PAGASTE........Y ADIVINANDO ..QUE FUE CUANDO AL PROVEEDOR LE APARECIO DEPOSITADO EN SU CUENTA

SALUDOS
 
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lobozac
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02/Mar/11 19:28
Re: Factura Deducible

Y ADIVINANDO ..QUE FUE CUANDO AL PROVEEDOR LE APARECIO DEPOSITADO EN SU CUENTA


Es verdad, se debe de cuidar si efectivamente el proveedor cobro el cheque en el mes de febrero, porque una cosa es la fecha en la que le entregas el cheque y otra es cuando él efectivamente cobra el cheque.

Saludos.
 
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lsanchez
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