Tengo que presentar pagos de IETU del ejercicio 2008, con actualización y recargos.
Tengo un saldo a favor de IVA de enero 2007, mi duda radica en lo siguiente, puedo compensar el saldo a favor contra el impuesto causado asi como contra la actualizacion y recargos generados por este.
leyendo el art. 3 y 23 del cff, dedujo que si puedo aplicar compensacion contra el impuesto y los recargos pero no dice nada sobre la actualización, es correcta mi apreciación.
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28/Feb/11 17:36
Re: duda en compensación
rogerSR:
...puedo compensar el saldo a favor contra el impuesto causado asi como contra la actualizacion y recargos generados por este.
Si, los Recargos y la actualización son objeto de Compensación.
..pero no dice nada sobre la actualización,
CFF
Artículo 17-A.-……..
Las cantidades actualizadas conservan la naturaleza jurídica que tenían antes de la actualización. El monto de ésta, determinado en los pagos provisionales, definitivos y del ejercicio, no será deducible ni acreditable.
Saludos
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'