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24/Feb/11 18:30
PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

HOLA QUE TAL SRE. FORISTAS:

TENGO DOS DUDAS:

PERSONA MORAL REGIMEN SIMPLIFICADO CON PAGOS SEMESTRALES QUE:

1. SI OPTO POR PRESENTAR LAS DIOT DE MANERA SEMESTRAL DEBO DE PRESENTAR EL AVSIO CORRESPONDIENTE ANTE EL SAT. ESTA PREGUNTA SURGE DEBIDO A QUE MI HOJA DE OBLIGACIONES ME OBLIGA A PRESENTARLA DE MANERA MENSUAL Y A FALTA DE ESTE, SAT PUEDE INTERPRETAR QUE EXISTE OMISION EN LA OBLIGACION DE LA DIOT.

2. EL AVISO SE PRESENTA MEDIANTE ESCRITO LIBRE NADA MAS FUNDAMENTANDO DICHO DOCUMENTO CON LA REGL 1.12 RFDV PARA EL EJERCICIO 2011 Y LISTO?

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS Y MAS POR TOMARCE UNOS SEGUNDOS PARA CONTESTAR A MIS PREGUNTAS..

Y SI, VOLVIO EL DE LOS AVISOS :D


Editado: Febrero 24, 2011 18:31:15
 
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lsanchez
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25/Feb/11 12:51
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

si eres agricultor, y optaste por presentar de manera mensual tus obligaciones fiscales, entonces el SAT te da el benenficio de que puedas solicitar devolucion de IVA (PUESTO QUE TUS ACTIVIDADES SON TASA 0%, y por lo tanto, ESTAS OBLIGADOA PRESENTAR DE MANERA MENSUAL LA DIOT


si optaste u optas por presentarla de manea SEMESTRAL, entonces NO PODRÁS SOLICITAR DEVOLUCION DE IVA, puesto que tus activiadaes no serán sujetas a este impuesto(TASA 0%), y como consecuencia, no hay manera de reportar la DIOT


Es importate señalar, que para cambiar de opción, tuviste hasta el 31/01/2011, en estos tiempos YA NO podrás cambiar de opción, sino hasta el siguiente año
 
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bandido07
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25/Feb/11 13:52
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

Hola que tal

SEGUNDA SECCION


SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2011.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.


RESOLUCION DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SECTORES DE CONTRIBUYENTES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2011.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción lII de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 85, segundo párrafo, 133, último párrafo y 136, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 77 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y 3o., fracción XX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y.....

Impuesto al valor agregado


1.12. Para los efectos del artículo 81 de la Ley del ISR.......

Información con proveedores del IVA


Para efectos de la obligación a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, la información podrá presentarse a más tardar en los mismos plazos en los que realicen los pagos provisionales del ISR, por cada mes del periodo de que se trate. Tratándose de personas morales que cumplan con las obligaciones fiscales por cuenta de sus integrantes presentarán la información a que se refiere este párrafo en forma global por sus operaciones y las de sus integrantes, por las actividades empresariales que se realicen a través de la persona moral.


ANEXO CONVERSACION CON UN ASESOR DEL SAT:

13:34 Gracias por esperar en la línea, al tener la obligación de presentar pagos semestrales tiene la obligación de presentar la DIOT de igual manera semestral ya que la regla 1.12 de Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2011 establece que se presente cada semestre pero debe enviar 6 archivos ya que debe presentarse por mes y por tal motivo no pierde la opción de solicitar devolución.
13:34 ¿Tiene alguna duda respecto de la información que le proporcioné?
13:35 ASI ESO SI LICENCIADA
13:35 SI ENTIEN DO QUE DEBEN DE SER MENSUALES PERO EN JULIO 2011, PRSENTARIA ENERO, FEB, MZO, ABR ETC
13:35 PERO AL HACER ESTO NO PIERDO EL BENEFICIO DEL ARTICULO 6 DE LA LEY DEL IVA
13:36 ??
13:36 AHORA BIEN DEBO DE PRESENTAR UN ESCRITO ANTE SU INSTITUCION DE QUE OPTO POR LA PRESENTACION SEMESTRAL DEL DIOT
13:37 YA QUE LA CIF DICE DE MANERA MENSUAL
13:37 No se pierde el beneficio de solicitar devolución compensación o acreditamiento, no dbe presentar algún aviso ya que usted esta cumpliendo con presentarlo de forma mensual pero las presenta cada semestre en viando 6 archivos. 13:38 ¿Le puedo ayudar en algo más respecto a su consulta inicial?
13:38 NO SRIA SERIA TODO
13:38 GRACIAS
13:38 Gracias a usted por utilizar este servicio, que tenga una excelente tarde.
Info: Asistencia realizada por Lic. Tania Romero Clique aquí para recibir la transcripción completa de la conversación

Optas por presentar la DIOT no se pierde el beneficio del art 6 LIVA ya que si presento la DIOT de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio pero de acuerdo a la relga en comento 1.12, osea no me estoy optando por no presentar DIOT, simplemente hasta en el mes de Julio presento todas y cada una de ellas.

Art. 32 del IVA me obliga a presentar las declaraciones de manera mensual, a mas tardar el dia 17 del mes siguiente......

Estoy cumpliendo con el art 32, mis diot son mensuales, pero la regla 1.12 RFD me otorga el beneficio de que el periodo de presentación sea hasta al mes de julio, a la par de los pagos semestrales del art. 81 LISR. del IETU y del propio IVA.

Ustedes que opinan.
 
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lsanchez
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25/Feb/11 17:22
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

Luis


En el numeral 32 F-VIII LIVA especifica que debes presentar mensualmente en los medios/formatos etc etc...



Sin embargo dentro de las facilidades administrativas existe el beneficio de poder cumplir con dicha obligación en lo siguiente........


1.12. Para los efectos del artículo 81 de la Ley del ISR.......

Información con proveedores del IVA


Para efectos de la obligación a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA, la información podrá presentarse a más tardar en los mismos plazos en los que realicen los pagos provisionales del ISR, por cada mes del periodo de que se trate. Tratándose de personas morales que cumplan con las obligaciones fiscales por cuenta de sus integrantes presentarán la información a que se refiere este párrafo en forma global por sus operaciones y las de sus integrantes, por las actividades empresariales que se realicen a través de la persona moral.

Logicamente si tus pagos provisionales son semestrales.......puedes presentar la DIOT en el mismo plazo...........NO pierdes derecho alguno, simplemente aplicas dicha facilidad...


saludos
 
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CPhugoocejo
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25/Feb/11 17:28
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

muchas gracias contador Hugo:

Entonces voy por el buen camino, se siente bien el ir aprendiendo dia a dia, no sabia que fuera tan divertido.

Gracias por su tiempo.

Saludos.
 
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lsanchez
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26/Feb/11 12:42
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

hola buenas...

'si eres agricultor, y optaste por presentar de manera mensual tus obligaciones fiscales, entonces el SAT te da el benenficio de que puedas solicitar devolucion de IVA (PUESTO QUE TUS ACTIVIDADES SON TASA 0%, y por lo tanto, ESTAS OBLIGADOA PRESENTAR DE MANERA MENSUAL LA DIOT


si optaste u optas por presentarla de manea SEMESTRAL, entonces NO PODRÁS SOLICITAR DEVOLUCION DE IVA, puesto que tus activiadaes no serán sujetas a este impuesto(TASA 0%), y como consecuencia, no hay manera de reportar la DIOT'

me surge la duda al comentario que esta subrayado....me parece incongruente o acaso existe algo que yo no sepa., cuestion de buscar y leer un poco mas...


saludos
gerardo ornelas

p.d. al iniciador del topico es correcto los fundamentos que señalaron los compañeros
 
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DINAFISC
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26/Feb/11 19:17
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

DINAFISC

HOLA QUE TAL:

EN MI CIF ME TIENE COMO OBLIGACION LOS PAGOS PROVISIONALES SEMESTRALES, PERO EL DE PRESENTAR LA DIOT DE MANERA MENSUAL, EL HECHO DE OPTAR POR PRESENTAR LA DIOT DE MANERA SEMESTRAL ES EN VIRTUD DEL PERIDODO, ES DECIR EN EL MES DE JULIO VOY A PRESENTAR LAS DIOT DEL MES DE ENER, FEB, MARZO, ABRIL, MAY Y JUN.. ES DECIR MENSUALMENTE PERO EN EL MES DE JULIO.. YA UQ ELA REGLA 1.12 DICE QUE SE PUEDEN PRESENTAR EN PERIODO SEMESTRAL PERO POR CADA UNO DE LOS MESES.. TENGO ENTERADO QUE SI PUEDES SOLICITAR DEVOLCION , LO DIGO PORQ EN EL SAT CUATRO LICENCIADOS LES HE HECHO EL COMENTARIO D Q PRESENTARIA LAS DIOT DE MANERA SEMESTRAL Y NO ME HAN DICHO NADA.. BUENO YA LES DIRÉ CUANDO SOLICITE DICHA DEVOLUCION...

entonces NO PODRÁS SOLICITAR DEVOLUCION DE IVA, puesto que tus activiadaes no serán sujetas a este impuesto(TASA 0%), y como consecuencia, no hay manera de reportar la DIOT[/u]'


Mis ingresos son a tasa cero de acuerdo al art. 2-a del IVA (creo no tengo la ley a la mano y todavia no me la se de memoria) o porque cambiaria le %... me puidera ayudar con un fundamento..

Gracias por tomarse un poco de su valioso tiempo en atender mi duda.
 
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lsanchez
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27/Feb/11 10:31
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

Debe imprimir su CIF cedula de indentificacion fiscal. Porque asi es como se ha autoobligado el propio contribyente, en su forma de ir controlando su RFC en el padron

Cuando el contribuyente da de alta sus obligaciones fiscales y ahi tendra la periocidad de cuando proceden presentarse cada una de esta

En la LIVA solo se prevee la posibilidad mensual, de incio. Pudiendose aplicarse otra. Pero debe promoverse por parte del contribuyente otra periocidad distinta, siempre que la ley lo permita.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Feb/11 11:42
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

lsanchez:

PRESENTACION DIOT SEMESTRAL


Puedes leer lo siguiente y ver si cumples con los requisitos y/o en su caso seguir el procedimiento establecido en esta Regla:

Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2011, publicada el 2 de Febrero de 2011.

Pagos Provisionales semestrales para el IETU

1.14. Los contribuyentes a que se refiere la regla 1.2. de esta Resolución, que opten por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral, deberán presentar en el mismo plazo la declaración correspondiente al IETU. Para estos efectos, las personas físicas y morales que por el ejercicio fiscal de 2011 opten por realizar pagos provisionales en forma semestral, deberán presentar su aviso de opción ante las autoridades fiscales a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la presente Resolución, en términos de lo establecido en el artículo 26, fracción V del Reglamento del Código y en la ficha 60/CFF del Anexo 1-A de la RMF. Los contribuyentes que por ejercicios fiscales anteriores ya hubieran presentado su aviso de opción para presentar sus pagos provisionales de ISR en forma semestral, ya no deberán presentar el aviso correspondiente hasta en tanto no cambien la opción elegida.

Para los efectos del párrafo anterior, los citados contribuyentes determinarán los pagos provisionales restando de la totalidad de los ingresos percibidos a que se refiere la Ley del IETU en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio fiscal y hasta el último día del semestre al que corresponda el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo.

Lo dispuesto en la presente regla no será aplicable tratándose de contribuyentes que por el ejercicio fiscal de 2011 ya hubieran presentado al menos una declaración o pago provisional del IETU o ISR en forma mensual.

Transitorias

Primera. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, se aplicará por las obligaciones fiscales correspondientes al ejercicio fiscal de 2011 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011.




Saludos









Editado: Febrero 27, 2011 12:02:03
 
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CHAVALON
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27/Feb/11 20:49
Re: PRESENTACION DIOT SEMESTRAL

No encuentro la manera de aplicar la regla 1.14 del IETU para DIOT

Es cierto que seria una facilidad, pero como hacerla extensiva a la DIOT. De ser asi, la CIF debe cambiarse la obligacion en cuanto a periodicidad de vencimientos. Pero, los cambios de obligaciones no se dan por la nada juridica. Debe de solicitarse bajo al apego de alguna disposicion.

La ofrecida, viene especificada para IETU demasido clara, lo cual hace entre ver que se encuentra delimitada a un tipo de impuesto y no se encuentra abierta. De ser asi, pues tambien ISR salarios, IMSS y demas contribuciones pudiese aplicarse una regla similar.

Lo digo por que en DIOT aunque los pagos por IVA cambien de forma mensual a otra forma distinta, la DIOT prosigueria su presentacion de manera mensual, por que asi lo especifica la propia LIVA





Editado: Febrero 27, 2011 20:53:52
 
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