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23/Feb/11 14:59
Donativo deducible

Hola compañeros

Un donativo tambien debe seguir la regla del monto limite de $2,000MXN en efectivo?
Un colaborador realizó un donativo a nombre de la empresa, pero este fué en efectivo y por un monto de $10,000.00MXN, es decir, no fué con cheque nominativo ni transferencia.
Lo puedo considerar o seria 'no deducible'?

**Tengo en mi poder el recibo de donativo y la ficha de deposito**

Gracias por sus comentarios
 
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jssleon87
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24/Feb/11 10:44
Re: Donativo deducible

HOLA: jssleon87.
De conformidad con el primer párrafo del Art.31 de LISR las deducciones autorizadas deberán reunir los requisitos exigidos en sus fracciones citadas, de lo anterior se concluye que el pago de DONATIVOS al ser una DEDUCCION FISCAL autorizada, deberá cumplir lo exigido por la fracción III del citado Artículo cuando se trate de pagos mayores a $ 2,000.00.






Saludos

Editado: Febrero 24, 2011 10:45:56
 
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FISCALDICT
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24/Feb/11 11:47
Re: Donativo deducible

Duda resuelta

Muchas gracias!!!
 
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jssleon87
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24/Feb/11 12:02
Re: Donativo deducible

jssleon87:

¡¡ Bienvenido (a) !!

Un donativo tambien debe seguir la regla del monto limite de $2,000MXN en efectivo?

Puedes consultar en este artículo:


LISR

Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

IX. Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los
contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos
realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del
artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido
efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate
.

Sólo se entenderán como
efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo
, mediante traspasos de
cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de
crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha
en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a
un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que
es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier
forma de extinción de las obligaciones.



Saludos
 
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CHAVALON
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24/Feb/11 12:09
Re: Donativo deducible

HOLAAA:
Sr. CHAVALON.

Por favor podría ud dar su opinión PROFESIONAL en base a lo que pegó, sería muy interesante.


Saludos
 
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FISCALDICT
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