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18/Feb/11 14:15
Impuesto sobre nominas

Alguien me puede ayudar sobre el impuesto sobre nominas, si las Sociedades Cooerativas deben de pagar este impuesto y cual seria su fundamentacion???

Gracias por su ayuda
 
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jocarangel95
Soldado

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18/Feb/11 14:37
Re: Impuesto sobre nominas

Hola Jocarcangel...

Tengo entendido que mientras exista una relacion obrero-patronal que derive el pago de sueldos, y siempre y cuando tu Estado en sus leyes asi lo diga (por aquello que no en todos los estados aplica el 2& sobre nóminas) si debe ser que tienes que pagarlo. No creo que tenga nada que ver el hecho que sea Cooperativa u otra figura, si estas en el supuesto de que pagas sueldos.... aplicas. Veo que eres de jalisco, y pues en jalisco si aplica a mi entender.

Te dejo una parte de la LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE JALISCO 2011, y te adjunto la liga para que puedas checar fundamento..

http://programas.jalisco.gob.mx/leyes/pdfLeyes/Ley_Hacienda_Estado_Jalisco.pdf

Saludos

Assile



CAPÍTULO QUINTO
Del Impuesto sobre Nóminas

Del objeto
Artículo 39. Son objeto de este impuesto, los pagos que en efectivo o en especie, realicen personas
físicas o jurídicas en el estado de Jalisco, por concepto de remuneración al trabajo personal prestado
bajo la subordinación de las mismas con carácter de patrón.
Quedan incluidas las personas físicas o jurídicas que sin estar domiciliadas en el Estado de Jalisco,
tengan personal subordinado en el territorio de este, en sucursales, bodegas, agencias, unidades
económicas, dependencias y cualquier ente o figura que permita tener personal subordinado dentro
del mismo.
Para efecto de este impuesto se consideran remuneraciones al trabajo personal subordinado, las
contraprestaciones, ordinarias o extraordinarias, que realicen los patrones en favor de sus empleados.
De los sujetos
Artículo 40. Son sujetos de este impuesto las personas físicas o jurídicas obligados a efectuar los
pagos a que se refiere el artículo anterior.
Serán responsables solidarios del pago de este impuesto las personas físicas o jurídicas que
contraten y reciban la prestación del trabajo personal subordinado, aun cuando el pago del salario se
realice por otra persona.
De la base
Artículo 41. Es base del impuesto sobre nóminas, el monto total de las erogaciones realizadas por
concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.
 
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assile
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19/Feb/11 15:48
Re: Impuesto sobre nominas

Gracias por tu ayuda, y aprovechando seria lo mismo para el D.F. y el EDo de Mex????
 
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jocarangel95
Soldado

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19/Feb/11 23:52
Re: Impuesto sobre nominas

Es comun pensar que las obligaciones fiscales o de cualquier otra indole, en ocasiones no debe ser cumplidas y que no se aplicarian a ciertas personalidades.

Pensamos que el padre, obispo tuviese mayores indultos por su incumplimiento de las normas. Algo parecido llegamos a pensar para con nosotros mismos.

El pago de nominas generaria obligaciones, bajo los estatos de una ley. Si en la misma no se señala el tipo de personalidades que no habran de sujetar, solo asi se obtendria la una mayor certeza.

Pero como Usdes representan una persona moral, misma que realiza pagos por nomina caeran en la causal por la obligacion del pago del impuesto sobre nomina. Consulte su ley relativa a su estado y ratifiquelo
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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20/Feb/11 22:48
Re: Impuesto sobre nominas

Hola Jocarangel95:

Siempre que una pesona física o moral tenga trabajadores a su servicio (obviamente dados de alta ante el imss) o asimilados, independientemente del régimen en que tribute, debe pagar el impuesto sobre nóminas, ya que este impuesto no esta relacionado con el régimen en que tributa el contribuyente sino con el hecho de que tenga o no trabajadores.

Ahora, cada Edo tiene su propia LEY DE HACIENDA, debes checar la Ley de Hacienda de los Estados que comentas para efecto de determinar la BASE DEL IMPUESTO, esto es, la base a la que le aplicarás la tasa del IMPUESTO SOBRE NÓMINAS.

Lo anterior debido a que puede ser que haya algunas diferencias en la integración de los conceptos que se consideran gravables para efectos del impuesto en comento.

Incluso, tal vez pueda ser que algunos Estados no consideren a los asimilados como gravados para efectos de este impuesto.


Saludos.
 
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ngm
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21/Feb/11 16:46
Re: Impuesto sobre nominas

Jocarangel: Ya verificaste en la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco si las cooperativas son sujetas de este impuesto?

http://www.congresojal.gob.mx
 
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CP_PACO
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