Buenas tardes.
tengo el siguiente caso.
Una Pm creada en Febrero 2010, no paga ISR todo el 2010 hasta la Anual que le resulta un ISR a cargo de 10,000.
El caso es que en Julio el banco le retuvo 3000 pesos de IDE,la pregunta del millon,
Se puede deducir este IDE del importe a pagar en la anual??
Se tuvo que declarar este IDE en Julio 2010?? bajo que concepto??
LIDE. Art. 7o. Acreditamiento del impuesto contra el ISR del ejercicio
Acreditamiento del IDE pagado contra el ISR a cargo del ejercicio [1]
El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, [b]será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros o compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o hubiese sido solicitado en devolución.[/b]