Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
03/Feb/11 17:38
compensacion isr a pagar vs ide de periodos futuros

Buenas tardes:
Tengo este planteamiento, en los meses de Junio y Julio, por error se pago de menos el ISR sin embargo, en los meses de Agosto hasta Diciembre, tengo IDE que me retuvo el banco, aqui mi pregunta es: ¿Se puede efectuar un compensación en este caso? pregunto por que en la pagina del SAT, dice lo siguiente:
**El IDE pagado por el contribuyente a través de la recaudación que hacen las instituciones financieras se podrá acreditar (restar) contra el ISR a cargo del contribuyente y en el caso que exista remanente se podrá acreditar contra el ISR retenido a terceros, por lo que en estos dos casos el IDE no se aplica como compensación, cuando se trate del mismo periodo en el que se recaudó el IDE

Muchas gracias por su tiempo.

SALUDOS
 
Perfil

chuch02
Sargento Segundo

Mensajes: 78
Ingresó: Enero 16, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Feb/11 08:36
Re: compensacion isr a pagar vs ide de periodos futuros

q tal

en ves de corregir pagos provisionales podrias aplicar el art 7 LIDE

Acreditamiento del IDE pagado contra el ISR a cargo del ejercicio [1]

El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros o compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o hubiese sido solicitado en devolución.



Acreditamiento contra ISR retenido del ejercicio [2]

Cuando el impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio sea mayor que el impuesto sobre la renta del mismo ejercicio, el contribuyente podrá acreditar la diferencia contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros.



SALU2
 
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
 
Perfil

LC.GONZALEZ
Mayor

Mensajes: 1555
Ingresó: Febrero 06, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Feb/11 09:46
Re: compensacion isr a pagar vs ide de periodos futuros

HOLA: chuch 02.
Qué hiciste con el IDE de ago-dic ?., aclara por favor, para ver si hay posibilidad de lo siguiente;:


Claro que se puede compensar, Art. 12 RCFF segundo párrafo.
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Feb/11 11:01
Re: compensacion isr a pagar vs ide de periodos futuros

EL ART. 8 DE LA LEY DEL IDE NOS SEÑALA QUE PODREMOS ACREDITARLO CONTRA EL MONTO DEL PAGO PROVISIONAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE QUE SE TRATE.

SI EL IDE ES MAYOR, PODREMOS ACREDITAR LA DIFERENCIA CONTRA EL IMPUESTO RETENIDO A TERCEROS EN DICHO MES.

SI DESPUES DE EFECTUAR EL ACREDITAMIENTO EXISTE UNA DIFERENCIA, ESTA DIFERENCIA LA PODREMOS COMPENSAR CONTRA CONTRIBUCIONES FEDERALES A NUESTRO CARGO.


MI HUMILDE OPINION ES LA SIGUEINTE:

CUIDA LOS ACREDITAMIENTOS DE DICIEMBRE, OSEA, PRIMERO HAS TUS ACREDITAMIENTOS Y SI TE SOBRA REMANENTE LO PUEDES COMPENSAR CON LOS SALDOS A CARGO DE PERIODOS ANTERIORES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 12 DEL RCCF


APLICA CORRECTAMENTE EL PROCEDIMIENTO, PRIMERO ACREDITA Y SI SOBRA COMPENSAS,.

SALUDOS DESDE EL ESTADO DE YUCATAN.
 
Perfil

MANUEL79
Cabo

Mensajes: 28
Ingresó: Octubre 06, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Feb/11 15:00
Re: compensacion isr a pagar vs ide de periodos futuros

Hola que tal, Buenas tardes, abundando en este caso, les comento, que de septiembre a diciembre con los pagos provisionales que efectue de enero a agosto, no me da a pagar ISR, por otro lado, en esos mismos meses me quedaron remanentes de IDE despues de acreditarlo contra retenciones, ahora mi asunto se complico ya que me llego una invitación de Finanzas del Estado, (coordinacion fiscal) y me revisaron ISR y Renciones de ISR de mayo a septiembre, yo pensaba, presentar la Anual ahora y asi no tener que pagar esas diferencias de ISR provisionales, pero me comentan ellos que debido a que ya me lo detectaron, tengo que pagar primero, a pesar de que al final del año, en mi declaración anual me da ISR a favor, deribado de los pagos provisionales.

Ahora bien, regresando a mi duda original, si puedo compensar IDE de sept a dic, con pagos provisionales de los meses de junio y julio?


Saludos y nuevamente, gracias por su aportación.
 
Perfil

chuch02
Sargento Segundo

Mensajes: 78
Ingresó: Enero 16, 2008
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1