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12/Ene/11 15:58
DONACION PERSONA MORAL

Buena tarde colegas, les consulto lo siguiente

Entiendo que la donacion de bienes implica transmision de propiedad y seria enajenacion, sin embarago la donacion por parte de persona fisica no encuadraria en el supuesto, pero que pasa con las personas morales una empresa dona a otra activo fijo y acciones, tendria efecto fiscal en donante y donatario, no siendo la otra autorizada para recibir donativos?

Gracias de antemano saludos
 
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TAXISTA
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13/Ene/11 12:57
Re: DONACION PERSONA MORAL

Pues en los casos que plantea se da la enajenacion, sin embargo es el efecto fiscal es el que varia dependiendo de si sean o no PM o PF (padres hijos etc) o si sean donatarias autorizadas. Independientemente del bien donado.

salu2
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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13/Ene/11 15:55
Re: DONACION PERSONA MORAL

Gracias cjlopez si en persona fisica me queda claro las excepciones marcadas en el titulo IV en capitulo de enajenacion no dandole caracter de la misma a donacion, de igual forma para los adquirientes en algunos casos hay exenciones, pero que pasa si una persona moral dona a otra que n o es donataria, ahi no encuentro respuesta, para la que recibe es un ingreso? para la que dona debe se enajenacion?

saludos
 
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TAXISTA
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13/Ene/11 19:13
Re: DONACION PERSONA MORAL

Sin entrar en detalles veo por una parte un ingreso y por la otra un no deducible, un aspecto adicional a considerar sería la cuestión del valor de mercado del bien para efecto del valor de la enajenacion.

salu2
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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13/Ene/11 19:25
Re: DONACION PERSONA MORAL

Si cjlopez, asi a grandes rasgos, mi interpretacion era, el que dona transmite el dominio debe ser enajenacion, ahora para personas fisicas la donacion no se considera enajenacion, segun este capitulo pero en titulo II, no hace esa excepcion por lo tanto seria enajenacion y habria que determinar la utilidad en la venta en caso de acciones pues conforme al 24 LISR, ahora para la otra parte el adquiriente, pues esta recibiendo un ingreso en bienes, en personas fisicas como me comentas para padres e hijos hay exencion, etc pero en personas morales no veo exencion y no se trata de aportacion por lo que supuse que debia considerarlo ingreso. Me parece complejo esto pero es lo que se me ocurria, muchas gracias por tu apoyo.

Saludos
 
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TAXISTA
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14/Ene/11 01:54
Re: DONACION PERSONA MORAL

Hi TAXISTA:

El Art 14 CFF señala lo que representaria como ENAJENACION, entre ellas la donacion.

Mas sin embargo, para efectos de la LISR, en su art 109 se señalan partidas exentas, es decir, que no se cubriria el ISR, y se señalan que algunas donaciones quedaria sin gravarse el ISR. Pero deberan de cumplirse ciertos requisitos al respecto. Que para efectos de PM, los ingresos por donativos expresados, no les aplicarna tener que considerarse como exentos del ISR
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Ene/11 15:44
Re: DONACION PERSONA MORAL

Que tal Enrique , entonces en caso de personas fisicas hay casos en que no hay efectos, lei el 146 LISR, y exceptua a la donacion de considerarla enajenacion, igual como me comentas las exenciones del 109, entonces como bien me dices si la operacion es entre personas morales, se esta en los supuestos de enajenacion para quien transmite y de adquisicion para quien recibe, debiendo el primero calcular la utilidad por la enajenacion y el ultimo gravar la adquisicion? si es maso menos asi

saludos y muchas gracias
 
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TAXISTA
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