28/Dic/10 12:21
Comprobantes fiscales de agencias de viajes ( Vouchers )
I.2.10.4.
Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF y la regla I.2.10.22., las agencias de viajes se abstendrán de emitir comprobantes fiscales en los términos de dichos preceptos, respecto de las operaciones que realicen en calidad de comisionistas de prestadores de servicios y que vayan a ser prestados por estos últimos.
En este caso deberán emitir únicamente los llamados 'voucher de servicio'
que acrediten la contratación de tales servicios ante los prestadores de los mismos, cuando se requiera.
CFF 29, 29-A, RMF 2010 I.2.10.22.
Tercera RM 2010 DOF 28-12-10
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