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23/Dic/10 20:49
factur aelectronica

hola quisiera que me ayuden soy una persona fisica en regimen intermefio quisiera saber si tengo que dar facturas digitales mis ingresos rebasan los 4 millones
gracias por su ayuda
 
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EESTRADA
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23/Dic/10 21:45
Re: factur aelectronica

No.


Consulta el decimo transitorio del CFF.



saludos
 
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CPhugoocejo
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26/Dic/10 14:37
Re: factur aelectronica

NO..........

SALUDOS Y EXCELENTE 2011 !!!!!!!!!!!!
 
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lobozac
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27/Dic/10 12:22
Re: factur aelectronica

EESTRADA:
.....si tengo que dar facturas digitales mis ingresos rebasan los 4 millones

Si, si te encuentras obligado a expedir Facturas digitales.

La opción para seguir expidiendo Facturas Impresas 'convencionales', aplica solamente para aquellos contribuyentres que no excedieron o que estiman que no excederán sus ingresos de $ 4,000,000.00 anuales:

1a. Modif. RMF 2010-2011


Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos

I.2.23.2.2. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de 2009, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, que hayan consignado en la misma para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citada cantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa, sin importar el monto que amparen, siempre y cuando además de reunir los requisitos precisados en el artículo 29-A del CFF, con excepción de los previstos en las fracciones II y IX del citado precepto legal, cumplan con lo siguiente:

.................



Saludos







Editado: Diciembre 27, 2010 12:30:45
 
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CHAVALON
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27/Dic/10 12:43
Re: factur aelectronica

quisiera que me ayuden soy una persona fisica en regimen intermefio quisiera saber si tengo que dar facturas digitales mis ingresos rebasan los 4 millones



Como te mencioné en mi anterior respuesta, no aplica., conforme al décimo transitorio F-II.

II. Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, por lo que éstos podrán ser utilizados por el adquirente de los bienes o servicios que amparen, en la deducción o acreditamiento, a que tengan derecho conforme a las disposiciones fiscales. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del propio Código.


Esto es, que si tienes comprobantes impresos, independientemente si excedes o no de los 4 millones, ya que si observas la fracción aludida NUNCA TE IMPONE TOPE/LIMITE ALGUNO, RESPECTO A LOS 4 MILLONES. puedes seguir utilizando comprobantes en FORMA IMPRESA....claro, si es que aún tienes comprobantes, a contrario sensu, automaticamente si estarías obligado a entrar en las disposiciones para 2011....


en fin, tu decides.


saludos
 
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27/Dic/10 13:14
Re: factur aelectronica

REGRESEMOS LA CINTA.........ESTRADA, PODRIAS REPLANTEAR ?

TIENES ACTUALMENTE FACTURAS IMPRESAS ?

YA SE TE TERMINARON ?

SALUDOS
 
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lobozac
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