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22/Dic/10 09:56
Requisitos de factura electronica

Hola buenos días,

Tengo una duda, me entregaron una factura electronica, pero en la razon social esta incompleta, me indica el proveedor que es por que su sistema de facturación electronica tiene un limite de caracteres y no cabe la razon social completa, incluso me dice que no es un requisito fiscal, ya que solo deberá de contener el rfc completo, alguien me puede indicar si esto es correcto.

Saludos y de antemano muchas gracias
 
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Ely-ponce
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22/Dic/10 10:47
Re: Requisitos de factura electronica

Ely: Te dejo el link de un artículo que publicó la Fiscalía al respecto...

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=3571&c=7
 
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CP_PACO
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22/Dic/10 10:49
Re: Requisitos de factura electronica

Hola


ya se trato el tema

el CPhugo aclaro el punto

y como referencia puede consultar el art 29-A CFF

SALUDOS

AQUI TIENE

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=41258&idCat=10&p=1
 
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LC.GONZALEZ
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22/Dic/10 10:51
Re: Requisitos de factura electronica

Gracias Víctor.


saludos
 
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CPhugoocejo
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27/Dic/10 15:19
Re: Requisitos de factura electronica

HOLA , BUENAS TARDES, MI DUDA ES CON RESPECTO A QUE SI EN LAS FACTURAS ELECTRONICAS, DEBEN APARECER EN EL CASO DE SUCURSAL, AMBOS DOMICILIOS, EL FISCAL Y EL LOCAL O ESTABLECIEMIENTO DE LA SUCURSAL, GRACIAS

Y SI ES AMBOS, QUE HACEMOS CUANDO NO NOS CABEN TODOS LOS CAMPOS, PERDON PERO EL LINK DEBIDO A QUE MI MEMBRESIA ES LIMITADA NO LO PUEDO CONSULTAR

GRACIAS

ATTE CP MARY
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mary2208
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27/Dic/10 15:37
Re: Requisitos de factura electronica

Espero te sirva ésto.

Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Sexta Época. Año III. No. 25. Enero 2010. p. 302

COMPROBANTES FISCALES. UNA ABREVIATURA EN EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL NO ACTUALIZA LA INFRACCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 83, FRACCIÓN VII Y SANCIONADA EN EL NUMERAL 84, FRACCIÓN IV, AMBOS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- El artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, prevé que son de aplicación estricta las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, lo cual se conoce como el principio de tipicidad en relación a la materia administrativa, ya que si cierta disposición establece una carga, excepción o sanción por alguna infracción, la conducta realizada por el particular debe ser idéntica a la previamente establecida en la hipótesis establecida en el precepto que se considere violado, sin que ésta pueda legalmente ampliarse por analogía o por mayoría de razón. Ahora bien, los artículos 29, 29-A, fracción I y 83, fracción VII, todos del Código Fiscal de la Federación al disponer, que los comprobantes deberán contener impreso el domicilio fiscal, entre otros datos, señalando que sin ese requisito el particular se hará acreedor a la sanción prevista en el artículo 84, fracción IV del ordenamiento antes citado, se vinculan con el principio de referencia. Por lo que, si en el comprobante fiscal aparece impresa la razón social de la contribuyente con alguna abreviatura, de ninguna manera se incurre en violación a la fracción I del artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación, ya que el dispositivo, señala que el comprobante fiscal, entre otros requisitos, debe contener impreso el nombre, denominación o razón social del contribuyente, por lo tanto la Ley no le prohíbe a la contribuyente utilizar abreviaturas en el nombre, denominación y razón social al consignarlo en los comprobantes fiscales, máxime cuando la abreviatura utilizada es plenamente conocida.

saludos
 
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CPhugoocejo
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27/Dic/10 15:54
Re: Requisitos de factura electronica

¿Qué requisitos debo verificar en los comprobantes impresos que reciba en 2011?
Lista comparativa de requisitos de comprobantes fiscales impresos para revisar en 2011.
Agregar a un compendio
Fiscalia - C.I.F.
Diciembre 22, 2010

En 2011 habrá tres tipos de comprobantes fiscales impresos que serán utilizados por los contribuyentes. Cada uno de estos tres tipos de comprobante dependerá de las características del contribuyente que los expide. Es muy importante conocer estos tipos, así como sus requisitos, para asegurarse de la validez de los documentos.

Cabe recordar que el comprobante es requisito indispensable para la deducción de erogaciones o para el acreditamiento de impuestos trasladados.

Los tres tipos de comprobantes que circularán en 2011 son:

Representación impresa de una factura electrónica (versión 2.0 o 3.0)
Comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB), para operaciones menores a $2,000 pesos, y para contribuyentes cuyos ingresos no rebasen los $4 millones de pesos.
Comprobantes fiscales impresos de los que al 31 de diciembre de 2010 aún tienen los contribuyentes, y que podrán utilizar hasta el término de su vigencia.
El Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece los requisitos que, en general los comprobantes impresos deben cumplir. Adicional a esto, se tienen algunos requisitos establecidos mediante reglas misceláneas, en específico la Regla Miscelánea 2010 I.2.23.2.1. y I.2.23.2.2., así como el Artículo 32 de la Ley del IVA, Artículo 133 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y Artículo 39 del Reglamento del CFF.

A continuación se presenta una matriz comparativa donde se muestran los requisitos generales que cada comprobante debe reunir. Existen requisitos específicos para cierto tipo de operaciones, los cuales no son abarcados en el presente trabajo. Para consultar sobre dichos requisitos específicos, se sugiere la lectura del 'Manual para la Expedición de Comprobantes Fiscales 2006' publicado por Fiscalia.

Requisito Representación impresa de factura electrónica Comprobantes con CBB Comprobantes vigentes impresos antes de 2011
Nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del RFC de quien los expida. Para contribuyentes con más de un local o establecimiento, señalar el domicilio del lugar en que se expide. X X X
Número de folio. X X X
Lugar y fecha de expedición. X X X
Clave del RFC de la persona a favor de quien expida. X X X
Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen. X X X
Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra. X X X
Impuestos trasladados desglosado por tasa de impuesto, en su caso. X X X
Número y fecha del documento aduanero, y aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación. X X X
La cadena original con la que se generó el sello digital. X
Sello digital correspondiente al comprobante fiscal digital. X
Número de serie del certificado de sello digital. X
Número de referencia bancaria o número de cheque con el que se efectúe el pago (opcional). X
La leyenda 'Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital'. X
Número de serie de los folios, en su caso. X
Consignar RFC genérico: XAXX010101000 para operaciones con público en general. RFC genérico: XEXX010101000 para operaciones con extranjeros. X
Montos de los impuestos retenidos, en su caso. X X X
Unidad de medida. X
El número y año de aprobación de los folios. X
Tasa del impuesto trasladado. X X X
Hora, minuto y segundo de expedición. X
Señalar de forma expresa si el pago se hace en una sola exhibición o en parcialidades. En su caso, la parcialidad que ampara el comprobante. X X X
El CBB reproducido con un mínimo de 200/200 dpi en un área de impresión no menor a 2.75 x 2.75 cm. X
El número de aprobación del folio asignado por SICOFI. X
El número de folio asignado por el SAT y, en su caso la serie. X
La leyenda 'La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales', impresa con letra no menor de 5 puntos. X
Fecha de impresión, vigencia para la utilización y datos de identificación del impresor autorizado. X
La cédula de identificación fiscal o cédula de identificación fiscal provisional reproducida en 2.75 cm. por 5 cm., con una resolución de 133 líneas/1200 dpi, la cual deberá estar siempre legible . X
La leyenda: 'La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales'. X
La clave del Registro Federal de Contribuyentes y el nombre del impresor, así como la fecha de la autorización correspondiente. X
El número de aprobación asignado por el sistema informático autorizado por el SAT. X

Cabe recordar que existen algunas leyendas adicionales que se deben incorporar a los comprobantes fiscales en ciertos casos como lo son:

Efectos fiscales al pago (Para comprobantes de personas físicas actividades empresariales y profesionales)
Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Cuando exista retención de IVA)
Conviene tener a la mano esta lista de requisitos, ya que será una útil herramienta en la verificación de los comprobantes que se reciban en 2011.

No sobra mencionar que a esta lista se le pueden agregar consideraciones particulares o elementos adicionales que cada contribuyente pudiera considerar conveniente.
 
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CP_PACO
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27/Dic/10 16:02
Re: Requisitos de factura electronica

DEJEN 'HAGO AGUADA LA SOPA' UN POCO..........SOLO RECORDEMOS QUE A LA AUTORIDAD 'MENOR' NO LE ES OBLIGATORIO APLICAR LAS TESIS O JURISPRUDENCIAS........ESAS SON SOLO VALIDAS EN JUICIO

SALUDOS
 
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lobozac
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27/Dic/10 17:09
Re: Requisitos de factura electronica

En efecto Lobozac, sin embargo éstas nos sirven para observar lo ya interpretado.


saludos
 
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28/Dic/10 02:09
Re: Requisitos de factura electronica

Hola buenos dias:

Las Tesis y Jurisprudencias son criterios que ya fueron puestos a prueba y deliberados por expertos jurisconsultos.

Mas sin embargo, la autoridad no esta obligada a tomar algun criterio de estos, solamente el suyo.

Pero, si puede platicar con la autoridad del sentir de estas conjeturas vertidas en estas resoluciones y es accesible al cambio de postura. Que es mejor sin estos criterios.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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