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20/Dic/10 17:08
Cierre del ejercicio personas morales

Hola, alguien podria darme el fundamento legal respecto a la deducibilidad para el cierre del año? Si somos persona moral debemos pagar todas las facturas que tenemos de una persona fisica antes del cierre del ejercicio? Muchas gracias
 
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Alejandraramos
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20/Dic/10 17:39
Re: Cierre del ejercicio personas morales

HOLA

Te refieres al 31 LISR

fracc IX

Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.



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Editado: Diciembre 20, 2010 17:46:42
 
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LC.GONZALEZ
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20/Dic/10 19:28
Re: Cierre del ejercicio personas morales

HOLA:
Alejandraramos.

1.- Art.31 fracción IX te indica que podrás deducir ciertas pagos hasta que hayan sido efectivamente erogados , pero ahora bien el Art.69-E RLISR. te dá opción, chécalo haber si el contribuyente está en la situación de ese supuesto señalado.
 
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FISCALDICT
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21/Dic/10 09:40
Re: Cierre del ejercicio personas morales

alguien podria darme el fundamento legal respecto a la deducibilidad para el cierre del año? Si somos persona moral debemos pagar todas las facturas que tenemos de una persona fisica antes del cierre del ejercicio? Muchas gracias


Los fundamentos ya estan dados, solo te sugiero analices en forma conjunta, no solo lo citado, sino todo el 31 LISR y sus correlacionados.


saludos
 
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21/Dic/10 11:43
Re: Cierre del ejercicio personas morales

Alejandra: También analiza el costo-beneficio de dejar pasivos a cierre de año para efectos de Impuestos, quizás en cuanto a flujo de efectivo no te pegue tanto el pagarlos y obtienes deducciones e IVA.
 
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CP_PACO
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