Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
17/Dic/10 14:29
PARA GASOLINERIAS

9. Para el caso de una gasolinera ¿Cuál será el método viable de facturación?

Las disposiciones legales del Código Fiscal de la Federación y las administrativas de la 1ª RMF para 2010, vigentes ambas a partir del 1 de enero de 2011, no hacen distingo entre los contribuyentes en general y los que tengan por giro el de “gasolineras”, por ende les aplican las mismas obligaciones y facilidades; esto sin menoscabo de las disposiciones especificas para pago de consumo de gasolina y uso del estado de cuenta de las tarjetas de crédito, debido, monederos electrónicos, etc., que contemplan los artículos 31, fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en relación con el 29-C del Código Fiscal de la Federación.

FUENTE: SAT

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Dic/10 11:28
Re: PARA GASOLINERIAS

DONDE LA LEY NO DISTINGUE......TANPOCO DEBEMOS DISTINGUIR.


Esto biene a colacion,

'todos coludos o tdos rabones'



Saludos cordiales
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Dic/10 13:57
Re: PARA GASOLINERIAS

Es correcto

Saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1