07/Dic/10 10:23
Buenos dias, alguien me podria decir si una persona Fisica ( dedicada al autotransporte, porsupuesto) puede pertener al regimen Simplificado, ya que la ley de ISR habla solo de Personas Morales.
Gracias
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torrefuerte
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07/Dic/10 10:30
Re: Regimen Simplificado
Hola, .....SI, SI PUEDE, .......SIEMPRE Y CUANDO PERTENEZCA O SE AGRUPE EN UN , POR EJEMPLO, COORDINADO
NO, POR SI SOLA COMO P.F. NO, SERIA OTRO REGIMEN, PERO SIMPLIFICADO, ....NO
SALUDOS
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lobozac
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07/Dic/10 10:35
Re: Regimen Simplificado
ok, mucha gracias lobozac, uchales, le eh estado aplicando facilidades administrativas que se refieren al regimen simplificado
Bueno, Gracias
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torrefuerte
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07/Dic/10 10:38
Re: Regimen Simplificado
QUIERO ENTENDER QUE TIENES FISICAS..........A LAS QUE LES HAS APLICADO FACILIDADES ?.......
SALUDOS
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lobozac
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07/Dic/10 10:48
Re: Regimen Simplificado
mmm
creo q anda muy enredado
no sera que se refiera a regimen intermedio?
por lo de las facilidades de comprobracion
y si claro que puede aplicar las facilidades administrativas
Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal
Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas
2.1. Los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VII o del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas, de acuerdo al convenio que tengan celebrado con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores, en cuyo caso, sólo deberán elaborar una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate.
salu2
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07/Dic/10 10:53
Re: Regimen Simplificado
QUE TE DICE EL ART 133 F-II , 2DO PARRAFO DE LISR, EN CONCATENACION CON EL 134 ?
SALUDOS
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lobozac
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07/Dic/10 11:26
Re: Regimen Simplificado
HOLA. CP VICTOR, efectivamente tiene ud razón:
Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal
Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas
2.1. Los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VII o del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas, de acuerdo al convenio que tengan celebrado con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores, en cuyo caso, sólo deberán elaborar una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate.
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07/Dic/10 11:35
Re: Regimen Simplificado
no en general el autor no menciono sus ingresos
si estos son menores al limite del art 134, entonces puede claramente tributar como regimen intermedio lo que el llama regimen simplificado , que ya tambien se aclaro,
pero ya sea que este en la seccion I o II del capitulo II, puede ademas tambien aplicar facilidades administrativas
SALU2
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LC.GONZALEZ
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07/Dic/10 11:40
Re: Regimen Simplificado
ok, mucha gracias lobozac, uchales, le eh estado aplicando facilidades administrativas que se refieren al regimen simplificado
GRACIAS A TI.............SIN PROBLEMA, ......PUEDES SEGUR APLICANDOLAS,.......LEE LOS ARTICULOS QUE TE MENCIONO Y VERAS QUE LA FISICA INCLUSO EN EL INTERMEDIO PUEDE APLICARLAS, OBVIO ES QUE CUMPLIENDO LOS REQUISITOS A CABALIDAD
SALUDOS
JEJEJEJEEJE......JUAR JUAR JUAR
Editado: Diciembre 07, 2010 12:04:55
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07/Dic/10 12:50
Re: Regimen Simplificado
Hola, .....SI, SI PUEDE, ....... SIEMPRE Y CUANDO PERTENEZCA O SE AGRUPE EN UN , POR EJEMPLO, COORDINADONO, POR SI SOLA COMO P.F. NO, SERIA OTRO REGIMEN, PERO SIMPLIFICADO, ....NO
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