Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1 2 3

Mensaje Autor

Arriba
01/Dic/10 12:51
Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Cuando dan la incapacidad de maternidad dan 42 dias antes y 42 dias despues son las que paga el imss donde ya incluye el aguinaldo por q se pagan con el salario integrado pero cuando regresa a trabajar antes de terminar su incapacidad, si de descanso solo tubo 60 dias, por que su parto se adelanto de los otros 24 dias que trabajo, patron le puede pagar el aguinaldo de esos 24 dias que trabajo ?
 
Perfil

GOCCI
Cabo

Mensajes: 31
Ingresó: Febrero 07, 2006
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 13:36
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

HOLA........SALUDE GOCCI......Y AGRADEZCA CUANDO ALGUIEN LE AYUDE.........CONSERVEMOS MINIMO ESTOS VALORES,..........AQUI NO ME PAGAN PARA RESPONDER........PERO LO HAGO CON GUSTO,..........LO MINIMO QUE DESEO ES NO ENCONTRARME CON ESTE TIPO DE TOPICOS 'EXIGENTES'.....EL SALUDAR CUANDO SE LLEGA Y DESPEDIRSE Y AGRADECER CUANDO SE VA.......ES DE BUENA CUNA, NO SE LE OLVIDE

, patron le puede pagar el aguinaldo de esos 24 dias que trabajo ?

LE DEBE PAGAR........ asi de entrada, porque no nos dices que tipo de trabajador es

GRACIAS POR CONTINUAR CON TUS RESPUESTAS EL TOPICO


Saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 14:04
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Perdon por no saludar . Gracias por la observacion lo tomare muy en cuenta.
El trabajador es permente no se si a eso es a lo que se refiere con el tipo de trabajador.
Mi duda de los 24 dias es por que el imss esos dias ya los pago en la incapacidad de 42 y 42, por poner un ejemplo ala empleada se le termina su incacidad el 24 de febrero pero regresa a trabajar el 1 de febrero a esos dias son a los que me refiere no se si me de a entender.
Muchas Gracias de antemano.
Saludos
 
Perfil

GOCCI
Cabo

Mensajes: 31
Ingresó: Febrero 07, 2006
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 15:03
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Mi duda de los 24 dias es por que el imss esos dias ya los pago en la incapacidad de 42 y 42,

NO, YA NO LOS PAGARIA EL PATRON......SI ES QUE CLARAMENTE SE ESPECIFICA QUE EL IMSS, LOS PAGO......AHORA SI ES MUY BUENA GENTE, PUES ADELANTE

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 16:10
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Perdon otra duda pero si el patron decide pagar los 24 dias tendria que presentar modificacion al salario como variable
Gracias por su ayuda
 
Perfil

GOCCI
Cabo

Mensajes: 31
Ingresó: Febrero 07, 2006
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 16:46
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

te voy a motivar a que le busques a la ley..............YA TE DI UN PESCADO...........LOS OTROS TU LOS OBTIENES

saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 17:13
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Buenas tardes.

Me parece que estan mal los 2, al patron debe pagar el aguinaldo por el año completo, aunque haya tenido la incapacidad por maternidad.
42 LFT.

Saludos, busquen bien los pescados.
 
La admiración es el sentimiento más opuesto a la comprensión. Aizen
 
Perfil

javi9923
Teniente

Mensajes: 291
Ingresó: Diciembre 07, 2009
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 17:22
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Buenas tardes:

El patron no tan solo podria, DEBE pagarle al trabajador(a) todo el tiempo que labore, bien o mal por su trabajo
Si laboro esos 24 dias son a cargo del patron y de nadie mas

El IMSS no le cubrira (por estos 24 dias) la indemnizacion a la trabajadora puesto no fue tiempo que efectivamente hubiese perdido a consecuencia del parto. Es decir, no estuvo incapacitada o mas bien no requirio totalmente de ese certificado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 18:23
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Buenas tardes, estoy de acuerdo en que una trabajadora incapacitada por maternidad debe ser incluida en el pago de aguinaldo.

Estuve leyendo la LFT, y si encuentro que se relacionan el articulo 42 y el 87, me parece que habla de que debe ser incluida tambien en el reparto de utilidades.

con esto me refiero a que el tiempo de incapacida por maternidad, debe ser tomado en cuenta como tiempo activo.

saludos
 
Saludos Cordiales
 
Perfil

gym
Sargento Primero

Mensajes: 82
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Dic/10 21:39
Re: Aguinaldo por de incapacidad por maternidad

Hola buenas noches:

Nunca me referi al aguinaldo, solamente por los días que se laboró durante la incapacidad prenatal por enfermedad. Por cierto, no se ha expresado persona todavia, que su criterio de que no le corresponde liquidarle el aguinaldo, sin considerar los dias de incapacidad por maternidad.

Con respecto al 42 LFT, no le aplica del todo a este caso, pues la maternidad no puede equiparse a una enfermedad o algun accidente.

Es decir, no habría suspensión laboral y es que no hay alguna fracción que se le pueda considerarse con este fin.

Por lo tanto, los días incapacitados no laborados, aunque el patrón no los cubriría porque no iría a laborar la trabajadora al centro de trabajo, si debiesen considerarse para el cómputo del aguinaldo o de alguna otra prestación laboral que tenga que ver con la antiguedad del tiempo por estar otorgandose los servicios independientes (entregar trabajo), sin importar que en la indemnizacion que el IMSS debiesen de cubrirle esta indemnización con un SBC que ya incluye una proporción de aguinaldo. En otras palabras los dias no laborados por causa de estas incapacidades pre y post natales, no deberan considerarse como faltas o ausencias laborales para los calculos de las prestaciones laborales que consagraria el contrato laboral o en su defecto la LFT.

Este criterio concuerda con el descrito en el Art 170 LFT que se expresa como sigue:

Artículo 170 LFT.- Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

...

VII. A que se computen en su antigüedad los períodos pre y postnatales.

Un criterio similar se refiere en la LFT con respecto a la PTU, como sigue:

Artículo 127 LFT.- El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes
...

IV. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo;
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3