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25/Nov/10 19:17
Enajenacion de Bien Inmueble en efectivo

Buenas tardes. Una persona, vende un terreno rústico, y el pago se hace en efectivo, esta le retienen el ISR correspondiente del vendedor(el notario). Como esta persona tiene deudas, el proveedor hace que se le liquiden sus facturas, con el dinero de la venta. Lo cual el vendedor no registra en bancos dicho importe en efectivo, sino que lo entrega directamente al proveedor.

El vendedor, al ser esta una operación en efectivo, mayor de 100 mil pesos, esta obligado a hacer una declaración informativa ?...

Que otras obligaciones tiene, ?
 
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lorito
Capitán Segundo

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25/Nov/10 21:17
Re: Enajenacion de Bien Inmueble en efectivo

Buenas noches, 2 cosas:

1.- La compra-venta de bienes inmuebles en dinero (cash) o efectivo con billetes y monedas, no puede aplicarse la operacion. Tengo entendido que ya se movio la ley para evitar el lavado de dinero. El notario debera inspeccionar seguramente el pago mediante un cheque o transferencia electronica u otra forma de pago que no implique el pago prohibido.

2.- Si debe declarar, y eso que sea informativamente, quien sabe, todo depende si debe cubrir ISR o no. De ser ingresos casa habitacion o su exencion relativa, practicamente seria informativa. Fuera de estos casos, debera cubrir sus impuestos correspondientes.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Nov/10 21:30
Re: Enajenacion de Bien Inmueble en efectivo

Lorito:


...Una persona, vende un terreno rústico, y el pago se hace en efectivo, esta le retienen el ISR correspondiente del vendedor(el notario). Como esta persona tiene deudas, el proveedor hace que se le liquiden sus facturas, con el dinero de la venta. Lo cual el vendedor no registra en bancos dicho importe en efectivo, sino que lo entrega directamente al proveedor.

El vendedor, al ser esta una operación en efectivo, mayor de 100 mil pesos, esta obligado a hacer una declaración informativa ?...


Hola, Lorito: No entiendo muy bien su planteamiento...La declaración informativa que dice usted, se refiere a esta?

Art. 86 FXIX: INFORMACION A TRAVES DE MEDIOS Y FORMATOS ELECTRONICOS:

'Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el SAT mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien ml pesos. Las referidas reglas de carácter general podrán establecer supuestos en los que no sea necesrio presentar la información a que se refiere esta fracción'.


Real Academia española:

contraprestación.

1. f. Der. Prestación que debe una parte contratante por razón de la que ha recibido o debe recibir de la otra.






Salu2!!!
 
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memoli
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25/Nov/10 21:37
Re: Enajenacion de Bien Inmueble en efectivo

parece ser que si le atinaste memoli...

que buena adivinadora eres.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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