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22/Nov/10 12:13
plazo para interponer demanda

Buenas tardes colegas, cual es el plazo para interponer una demanda laboral por despido injustificado, no hay contrato, solo recibos de nomina. es en contra de un municipio

Editado: Noviembre 22, 2010 12:23:17
 
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garcyasocp
Capitán Segundo

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22/Nov/10 16:25
Re: plazo para interpones demanda

Hola, DEFINITIVAMENTE SUGIERO COORDINACION CON UN ABOGADO, ..........DESDE AHORITA TE DIGO, .....SI HAY CONTRATO........Y NO SE INTERPONE ANTE LA JUNTA

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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22/Nov/10 16:50
Re: plazo para interpones demanda

Hola buenas tardes:


Tengo entendido que depedende de a cuál derecho corresponderia defenderse. Dejo las fundamentaciones correspondientes:



Artículo 518 LFT.- Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo.

La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha de la separación.


Artículo 517.- Prescriben en un mes:
I. Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios; y

II. Las acciones de los trabajadores para separarse del trabajo.

En los casos de la fracción I, la prescripción corre a partir, respectivamente, del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de la separación o de la falta, desde el momento en que se comprueben los errores cometidos, o las pérdidas o averías imputables al trabajador, o desde la fecha en que la deuda sea exigible.

En los casos de la fracción II, la prescripción corre a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de separación.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Nov/10 16:54
Re: plazo para interpones demanda

Hola buenas tardes:

Lo siento, estos articulos que señale previamente, no le corresponderian aplicarse. Pues la LFT es para trabajadores que laboran en la iniciativa privada.

Mas sin embargo, en las reglamentaciones laborales para trabajadores del Estado (para burocratas), deben venir disposiciones similares a las señaladas.

Siento mucho, no poderle proporcionar las disposiciones apropiadas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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22/Nov/10 17:34
Re: plazo para interpones demanda

bueno en realidad nunca me hicieron contrato laboral , trabaje de febrero a abril en mayo me dijeron que ya no me necesitaban sin ninguna explicacion y que gracias por participar , en el mes de marzo me bajaron el sueldo sin explicacion alguna y segui trabajando, en mayo ya no me depositaron nada. la razon de mi expulsion se debe a que no era de su equipo de trabajo y trajeron a su gente(parienntes)
 
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garcyasocp
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22/Nov/10 18:52
Re: plazo para interpones demanda

Desde Mayo lo despidieron y apenas esta buscando asesoria??? cuidado con los tiempos y de momento no tengo a la mano las disposiciones aplicables a su caso; pero realizaré una buscadita.

Saludos
 
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juancarm
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22/Nov/10 22:31
Re: plazo para interpones demanda

:neutral: Buenas noches. Cada municipio debe tener un código administrativo o que la normatividad venga desde el estado (codigo municipal del estado de...). Cuando las relaciones laborales no estén especificadas en alguna disposicion, se aplicaría en forma supletoria la LFT.

Salu2,
El Lic.

.

Editado: Noviembre 22, 2010 22:31:39
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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22/Nov/10 22:50
Re: plazo para interpones demanda

Hola buenas noches:

Bueno, si mantiene pruebas de sus salarios pagados. Pudiese interponer una demanda. Sin antes que la autoridad competente le promueva una conciliacion con la contraparte

El no contar con contrato laboral por escrito, perjudica mas al patron que al trabajador, pues este ultimo pudiese inventar prestaciones laborales mayores a las de la realidad y esto pondria en grandes desventajas al patron, pues este debe probar 'sus verdades' con hechos y no con palabras. Lo que le dará la oportunidad de ser verdaderas lo que el trabajador señale.

Por si fuera poco, el bajar el salario el cambiar el salario sin justificacion alguna pudiese ser causal de despido imputable al patron, es decir, podrian indemnizarlo. Pues para el cambio de salario primero lo debe de finiquitar y luego recontratar con el salario nuevo. Tal parece esto jamas paso. Y asi poder respetar el art 85 LFT. (Pero en su caso, no le aplica esta disposicion, pero seguramente alguna similar debe venir en la legislacion legal que le corresponda a su dependencia gubernamental que lo mantiene como colaborador.
 
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enrique9727
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22/Nov/10 22:54
Re: plazo para interpones demanda

Si son del df, pues son muy distintas a las de los demas estados de la republica. Distintas a que son mas benefactoras para los burocratas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Nov/10 08:50
Re: plazo para interpones demanda

fue en el estado de México ,tendre que demandar cuanto antes y buscar un viejo lobo de mar , para sacar esta demanda avante, o buscar la reinstalación y el finiquito, sueldos caidos.
Esfactible pedir el pago de daño moral o médico
 
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garcyasocp
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